lunes, octubre 21, 2013

Dudas económicas en consejos comunales

MARÍA MAS HERRERA |  EL UNIVERSAL
lunes 21 de octubre de 2013  12:00 AM
Los consejos comunales son instancias de agrupación poblacional que tienen en común la necesidad de alcanzar el desarrollo de forma autónoma y sustentable en el tiempo. Sin la organización comunitaria, es imposible que Venezuela logre el desarrollo pues, el epicentro de la mejora integral está en la organización de la gente y de sus instituciones.

Pero padecemos de malos entendidos con respecto a estas formas de agrupación. Resumo sucintamente: 1. No es el gobierno quien lidera el Consejo; 2. Ninguna agrupación política debe tener el control del Consejo; 3. No es posible actuar sin plan, y sin control de gestión; 4. El dinero recibido (no bajado, la gente no está abajo por no tener los millardos del gobierno) no se utilizan para sustituir las competencias de las Alcaldías, gobernaciones e instituciones públicas. Hay muchas otras debilidades en estos consejos, pero en esta última está el gran malentendido, es decir, en el destino del dinero que el Consejo recibe del gobierno.

Los estudios realizados indican que el 97% de los fondos otorgados por el gobierno en los consejos comunales se han destinado a vialidad, reparaciones de obras, y mejoras en infraestructura de diversa índole. Sólo un 3% logra un destino distinto, mayormente en salud y educación. De forma tal, que el consejo comunal viene a resolver las debilidades que son responsabilidad de las Alcaldías, Gobernaciones, Ministerios y demás entes del gobierno. ¿La población atendiendo los problemas del gobierno? Los Consejos Comunales no nacen para sustituir la responsabilidad de los gobiernos en distintas esferas, sino para desarrollar acciones que les permita su propio desarrollo y esta misión aún espera un buen final en Venezuela.

Hay que darle un parao a estos desatinos económicos comunales. Con la hiperinflación existente será conveniente que el centro del consejo comunal atienda la producción económica. Qué y cómo producir son el centro del consejo comunal para el "gran arranque". Luego, ¿cómo distribuir las utilidades y cómo reinvertirlas en beneficio comunal? Esta parte es un tema de economía política, pues nadie trabaja sin un beneficio propio (sueldos, salarios, utilidades) y se requiere de un beneficio colectivo (inversión, reinversión, depreciación, reposición de stocs).

La actividad económica propia y participativa es el motor del Consejo Comunal, no es andar de conserjes asumiendo respuestas que son de otros. Ocuparse de la mejora personal, individual y colectiva supone un desarrollo endógeno. Mientras la comunidad le haga el trabajo a los burócratas y no hacen el propio seguirán dependiendo de otros y en pobreza. Cada quien que se ocupe y cumpla con su rol y su trabajo, que cumpla con lo suyo para que no tengamos malentendidos comunales.

Economista y profesora universitaria

www.mariajosefinamas.com

domingo, octubre 13, 2013

LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO



El municipio es el espacio territorial que ofrece posibilidades institucionales óptimas para desarrollar programas de formación ciudadana enfocados en la paz, la convivencia y la cultura democrática entre los ciudadanos y ciudadanas. La Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública establecen como obligación de los poderes públicos locales emprender programas de formación ciudadana.

Algunos temas importantes para el desarrollo de estos programas educativos son: la participación ciudadana, la contraloría social, el diagnóstico y el presupuesto participativo. Además, las alcaldías en cumplimiento de su función de agentes de promoción del desarrollo económico pueden ofrecer capacitación para el emprendimiento popular y la economía social y cooperativa.

Por otra parte, las alcaldías pueden establecer alianzas con organizaciones no gubernamentales y el sector empresarial para fomentar -mediante la educación-, valores como la justicia de paz, la defensa de los derechos humanos y el cuido al medio ambiente. La formación cívica en las alcaldías contribuye sin lugar a dudas a conformación de una cultura democrática.

Un compromiso ético e ineludible de los nuevos alcaldes y concejales debe ser impulsar y contribuir de manera efectiva, es decir con inversión presupuestaria real para el desarrollo de programas de formación ciudadana. La construcción de ciudadanía debe dejar de ser una consigna propagandística para convertirse en una realidad democrática.

domingo, octubre 06, 2013

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y MUNICIPIO



La gestión institucional del municipio está ligada -de manera directa-, a la participación ciudadana. Valga la pena recordar que, la participación del pueblo en la formación, gestión y control de los asuntos públicos se encuentra contemplada como un derecho en la Constitución Nacional vigente, en su artículo 62. También que, el 37% de los artículos de nuestra Carta Magna se refiere a los derechos de los ciudadanos a participar en la gestión pública en sus distintos sectores y mediante una diversidad de formas.

Siguiendo con el marco legal, cabe mencionar que el 40% de los artículos de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM), que rige a los municipios está centrado en el tema de la participación, que incluyen medios y procedimientos específicos dirigidos a garantizar la participación del pueblo en el gobierno local.  La misma LOPPM contiene un artículo referido a la descentralización de programas y servicios hacia comunidades y grupos vecinales organizados. La Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública establece a estas instancias, como centros para el protagonismo ciudadano.

En tal sentido, la participación es un asunto que atraviesa la gestión de los asuntos públicos locales. Así, la participación se ejerce en cada una de las cuatro funciones básicas en que se haya dividido el poder municipal: ejecutiva, legislativa, contralora y de planificación. Veamos.

En la función ejecutiva; por ejemplo, vecinos y comunidades pueden ejecutar programas educativos, culturales, deportivos y sociales, mediante la firma de convenios de gestión establecidos con las alcaldías. Las comunidades y vecinos tienen derecho a presentar propuestas de ordenanzas o de reforma de las mismas, ante el Concejo Municipal. También en la función contralora los ciudadanos tienen derecho a participar, proponiendo candidatos al cargo del contralor municipal (cuando corresponda elegirlo) y, por supuesto, los vecinos tienen el derecho de ejercer la contraloría social. Por último, la función de planificación es ejercida de manera corresponsable entre el alcalde y los vecinos; por medio del Consejo Local de Planificación Pública para construir con la participación de todos los sectores, el municipio que se desea.