martes, enero 19, 2016

LA NUEVA ASAMBLEA NACIONAL, DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN



Una gran expectativa de cambio popular y democrático envuelve a la nueva mayoría democrática que asume la conducción del Poder Legislativo, en nuestro país. Esa expectativa de cambio contiene aspiraciones y demandas legítimas de distintos sectores sociales basadas en sus necesidades e intereses más urgentes, sobre las cuales se construiría una agenda parlamentaria. Como es natural, la agenda parlamentaria de la nueva Asamblea Nacional será muy diversa y su gestión legislativa se desarrollará en medio de la mayor crisis institucional, económica y social que ha atravesado Venezuela. 

En ese contexto, me atrevo a destacar un par de temas legislativos de particular trascendencia. En primer lugar, la descentralización político-territorial y, en segundo lugar, la participación ciudadana en los asuntos públicos. No cabe duda que, el marco legal aprobado durante los últimos cinco años (por la anterior Asamblea Nacional) tendría que ser revisado para resarcir los daños ocasionados a la institucionalidad democrática de Venezuela. Pero ¿cómo abordar el rescate de ambos principios constitucionales, que son determinantes en la conformación del modelo de organización político-territorial del Estado venezolano?  

A mi modo de ver, ese rescate debe abordarse como un proyecto de corto mediano y largo plazo, bien estructurado con unas metas claras y, por supuesto, con unas acciones definidas con precisión. Reimpulsar la institucionalidad descentralizada y participativa del Estado venezolano desde la Asamblea Nacional supone una reforma legislativa de vasto alcance con incidencia directa e indefectible en las administraciones públicas y sus procesos técnicos de los tres niveles políticos –territoriales de la República. En tal sentido, esta reforma no debe ser asumida con un enfoque meramente legalista; sino por el contrario, bajo una visión política y además incluyente; pues este asunto involucra una diversidad temática vinculada a la pluralidad de actores. 

En las actuales circunstancias, un proyecto de reforma legislativa vinculado a descentralización supone entender que el mismo afectará un conjunto de intereses opuestos y, que por lo tanto, se hace necesario -para garantizar viabilidad-, ganar apoyos de amplios sectores sociales y de actores potencialmente aliados mediante la negociación, la consulta y la inclusión. Es decir, y en otras palabras, el proyecto de reforma legislativa que aludimos tendría que ser visualizado y realizado de manera transparente, descentralizada y participativa. 

Se deberían distinguir algunos asuntos implícitos en el tema de la descentralización político-territorial que exigen especial atención. Algunos de esos casos serían: 1) el ordenamiento territorial que constituye la base físico-espacial sobre la cual se asienta la estructura institucional de las entidades federales menores y la definición de los lineamientos generales para la regionalización; 2) el tratamiento de las competencias y atribuciones de esas entidades y su relación con el gobierno central, así como entre ellas y de ellas con la ciudadanía; 3) la conformación institucional de los órganos político-territoriales responsabilizados de impulsar y coordinar las políticas y estrategias de descentralización; 4) el aspecto económico-financiero de las entidades federales que reclama la Ley de Hacienda Pública Estadal y el adecuado cálculo del situado constitucional y 5) el rescate de las autonomías de los gobiernos nacionales, como lo son los estados y municipios.     

En cuanto al principio constitucional de la participación ciudadana hay que comenzar puntualizando que, un 37% de los artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela están referidos a la participación ciudadana en diversos aspectos de la vida republicana, y en cual el tema de la participación en la gestión de programas y servicios públicos es determinante. Un claro ejemplo de la relación operativa de la participación con la descentralización lo ubicamos en el artículo 184 de la Carta Magna que establece que los estados y municipios descentralizarán y transferirán a las comunidades y grupos vecinales, los servicios previa demostración de su capacidad para prestarlos.

En realidad, el tema de la participación ha sido deformado por la gestión gubernamental de los últimos 16 años. Durante el lapso 1999-2006 el discurso oficial se basó en el uso de la democracia participativa como emblema. A partir del año 2007 esa propuesta  de la democracia participativa se sustituyó por la del socialismo del siglo XXI y, más exactamente por la del Estado comunal que trajo consigo una redefinición y tutelaje de la participación, generando la exclusión de amplios sectores sociales y comunitarios.

El derecho a la participación debe ser reivindicado y abierto al ejercicio pleno de todos los ciudadanos del país. En el proyecto de reforma legislativa creo deben considerarse los siguientes aspectos: 1) su tratamiento como derecho humano y su transversalidad y presencia en los procesos de formación, ejecución y control de los asuntos públicos en los tres niveles de gobierno; 2) su independencia plena de criterios ideológicos ajenos y no considerados en la Constitución Nacional; 3) la fijación de lineamientos para la transparencia en los procesos de elección y gestión de las vocerías de la sociedad civil en las distintas instancias de participación político-territorial; 4) la democratización y rendición de cuentas en el acceso y gestión de los recursos públicos y 5) la revisión y ajuste constitucional al bloque de leyes referidas al denominado “poder popular”.

Finalmente, emprender el rescate de los principios y mandatos constitucionales de descentralización y participación como proyecto de reforma legislativa de estas dimensiones, supone el establecimiento de instancias de apoyo y coordinación al trabajo parlamentario que recién se inicia. 

@migonzalezm

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