domingo, junio 26, 2011

SOBRE LA AUSENCIA PRESIDENCIAL

La inesperada y prolongada ausencia del Presidente Chávez por razones de salud, ha traído –como es natural-, una serie de comentarios y especulaciones en todos los círculos de la sociedad venezolana; así como también en el ámbito internacional. En realidad, no podía ser de otra manera, en atención al peso que ejerce la figura del Primer Mandatario, en el país. Así pues, que el tema de la ausencia presidencial se ha tratado en los medios de comunicación social, en las redes sociales y, por supuesto, en la opinión del público en general, con distinta discrecionalidad e intensidad.

Ahora bien, la ausencia del Presidente venezolano no es un simple tema político-comunicacional. Su trascendencia va mucho más allá del mero cálculo situacional anticipado, en aras de obtener alguna ventaja en la actual coyuntura política del país; previa a la realización de un proceso electoral múltiple y complejo el próximo año. La ausencia presidencial representa un “asunto de Estado”, por las consecuencias que pudiera propiciar institucionalmente en el país.

En ese contexto, un primer aspecto a considerar viene dado por la poca transparencia y la escasa e inadecuada información que sobre el tema ha fluido desde el propio Gobierno Nacional. En efecto, desde su intervención quirúrgica, hace más de quince días, el Gobierno Nacional ha sido incapaz de informar de manera precisa y oficial, cuál es el verdadero estado de salud del Presidente. Esa opacidad informativa ha hecho que se genere toda una serie de rumores (de distinto tenor y calibre), sin que la población en general pueda conocer con alguna precisión lo que ocurre.

Por otra parte y, en atención a la pública y notoria ausencia temporal del Presidente Chávez, el manejo del gobierno recae en el actual Vicepresidente Elías Jagua, quien constitucionalmente tendría esa potestad por noventa días, prorrogables por noventa días más por la Asamblea Nacional, donde por cierto, -valga la pena recordar- el bloque oficialista tiene una mayoría relativa que le permitiría cierta capacidad de maniobra política, frente a la presente situación. Lo que sí debe quedar claro es que, ante la actual ausencia del Primer Mandatario, corresponde al Vicepresidente Ejecutivo el control del Gobierno Nacional.

En tercer lugar, es importante apuntar que el tratamiento del tema de las ausencias temporales o absolutas de un Presidente de la República es contemplado en la Constitución Bolivariana con precisión en sus artículos 233, 234 y 235. Por lo tanto es allí, en la fuente constitucional, donde los distintos actores políticos deben fijar su atención para desarrollar sus acciones políticas posteriores. Constituiría un craso e imperdonable error estratégico comenzar a “improvisar políticamente”, sobre un asunto extremadamente delicado.

Venezuela continúa su dinámica diaria, su vida. La reciente explosión de la crisis penal-penitenciaria o las crecientes dificultades en el sector eléctrico y su tratamiento ineficaz por parte del gobierno son una clara demostración de ello. De la misma manera, el acosamiento a líderes opositores como el caso del diputado William Ojeda y de las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa de los derechos humanos, constituyen otra demostración que la estrategia del bloque oficialista no ha cambiado –por la coyuntura-; sino que sigue su desarrollo inalterable.

En tal sentido, las fuerzas democráticas del país no deben perder la perspectiva en sus esfuerzos por lograr la restitución plena del equilibrio democrático en nuestro país. En el caso de la ausencia presidencial debe ser tratado de acuerdo a las normas constitucionales y bajo la exigencia de la transparencia informativa y la estricta rendición de cuentas. Jugar a “desenlaces rápidos” resulta una verdadera necedad. No cabe duda que, el tema de la ausencia presidencial será convertido por el oficialismo en un asunto propagandístico electoral. Hay una agenda social y popular, que tiene que ser atendida, apoyada y avanzada por los factores democráticos de manera franca y sistemática. Esa es la ausencia importante que hay que cubrir.

@migonzalezm

miércoles, junio 01, 2011

Retos de la organización comunitaria para el fortalecimiento de una sociedad democrática

Introducción

La sociedad venezolana se encuentra sumergida en un amplio proceso de debate y redefinición del paradigma socio-político, que la han venido sustentando en búsqueda de un nuevo modelo de organización política para el país. En realidad, han entrado en serio cuestionamiento los partidos, los mecanismos tradicionales de representación popular y los modelos tradicionales de gobierno. En ese contexto y, como consecuencia de ello, las organizaciones comunitarias y sociales han venido cobrando mayor relevancia durante los últimos años; llenando espacios que incluso correspondían a otros actores tradicionales. De la misma manera, se han hecho presentes tendencias hacia la cooptación y el clientelismo de los movimientos sociales y comunitarios; bajo una visión hegemónica de las relaciones entre el binomio Estado-sociedad.

La presente nota nos describe en forma resumida algunos de los temas (que consideramos) relacionados con los retos de las organizaciones comunitarias para el fortalecimiento de una sociedad democrática. Se consideran su concepto, sus rasgos distintivos fundamentales y las principales relaciones que se pueden establecer; tanto con las entidades estatales como con aquellas privadas de carácter empresarial y de naturaleza no lucrativa. Se valora a las organizaciones comunitarias y sus posibilidades de “empoderamiento ciudadano”; así como también se apuntarán debilidades y fortalezas que pueden caracterizar su rendimiento institucional, en este momento crucial para la democracia venezolana.

Las organizaciones comunitarias

Las organizaciones comunitarias son asociaciones voluntarias de ciudadanos y ciudadanas de carácter no estatal con autonomía de gestión y de carácter diverso y plural. Las organizaciones comunitarias implican actividad e interés social en manifestación de apoyo o no, a un tema de manera temporal o permanente. Surgen debido a la pérdida de eficacia del sistema político, para procesar las demandas sociales. En términos generales, las organizaciones comunitarias desarrollan su actividad social en ámbitos territoriales específicos (tales como; el barrio, el caserío y las parroquias); aunque también y según su área temática, su gestión puede trascender a nivel nacional.

Las organizaciones comunitarias son expresiones de organización y participación ciudadana; por lo tanto son parte de la sociedad civil. En su actividad diaria establecen relaciones con su propia comunidad, con otras organizaciones de su entorno inmediato o área temática, con entidades estatales y con organizaciones empresariales. Además, las organizaciones comunitarias se encuentran reguladas; tanto por el marco constitucional como por leyes especiales y ordinarias específicas, además de sus propias normas.

Las organizaciones comunitarias son también expresión del ejercicio legítimo de los derechos humanos a la libre asociación y participación. De allí que, se constituyen al margen del Estado y de los partidos políticos; adoptando en algunos casos relaciones conflictivas con ellos, por la defensa de sus intereses específicos. La acción de estas organizaciones ciudadanas alcanza la promoción e implementación de reformas dentro del sistema político; utilizando para ello instrumentos legales y medios de movilización compatibles con su propósito.


Organizaciones Comunitarias y Empoderamiento

El empoderamiento ciudadano -en términos sencillos y útiles-, es el proceso a través del cual tanto individuos como comunidades obtienen conciencia y control sobre los procesos que inciden o pueden incidir en su calidad de vida inmediata. En los procesos de empoderamiento ciudadano, individuos y comunidades se movilizan en los ámbitos político y social, para obtener beneficios que redunden en sus condiciones de existencia. El empoderamiento popular requiere de comunidades y colectivos fuertes mediante, al menos:

el desarrollo de modelos de organización interna de naturaleza democrática,

la capacidad para emprender procesos de diagnóstico y planificación, autónomos y participativos,

la capacidad de negociación y concertación con otros colectivos y con las autoridades públicas y,

el desarrollo de la corresponsabilidad y de control social de la gestión gubernamental y de su propia operatividad.

El empoderamiento ciudadano es una actitud reivindicativa que persigue la inclusión de aquellas comunidades menos favorecidas en la construcción de una sociedad más democrática, equitativa y justa. Aquellas organizaciones comunitarias capaces de desarrollar las características señaladas en áreas tales como: la educación comunitaria, la cultura, el tratamiento del medio ambiente, la salud, la defensa de los derechos humanos de sectores poblacionales específicos (adolescencia y niñez, discapacitados, mujeres, tercera edad; entre otras), se convertirán en referentes legítimos de sus integrantes, de sus comunidades (territoriales o temáticas) y de todos aquellos que no tienen voz.

Necesidad de fortalecimiento y reconocimiento institucional entre la sociedad civil y el Estado

La actividad de las organizaciones comunitarias es una expresión sustantiva de la relación Estado-sociedad. En el caso venezolano, la Constitución Bolivariana contiene en su texto mandatos precisos en la relación que debe existir entre las comunidades organizadas y el Estado. El llamado protagonismo, la participación en la formación y ejecución de los asuntos públicos, la corresponsabilidad y el control de la gestión pública, son algunos de los aspectos que están establecidos como derechos en nuestra Carta Magna.

Sobre el protagonismo en la gestión de gobierno de las organizaciones comunitarias y sociales, el artículo 184 de la CRBV, establece las siguientes oportunidades:

Descentralización y transferencia de programas a comunidades y grupos vecinales organizados.

Participación de comunidades y ciudadanos (as), asociaciones vecinales y organizaciones sociales en la formulación de propuestas de inversión, en los planes de inversión y el control de obras y programas sociales.

Impulso de nuevas formas de organización popular (cooperativas, empresas comunitarias, cajas de ahorro).

Nuevos sujetos de descentralización en parroquias, comunidades, barrios y vecindades.

La autogestión y la cogestión.

En ese contexto, las relaciones entre las organizaciones comunitarias (de diversa índole temática y distinto alcance territorial) y, las diferentes expresiones y componentes político-territoriales del Estado venezolano no necesariamente se desarrollan de manera consensuada. Por el contrario, son un tanto complicadas por la diferencia de enfoques que suelen tener las autoridades públicas y los ciudadanos organizados, frente a asuntos de interés colectivo.

Y es que no cabe duda que, con las atribuciones constitucionales y legales y las nuevas realidades político-sociales hay un aumento de las responsabilidades de la sociedad civil (y por lo tanto, de las organizaciones comunitarias) en la gestión pública. Esto supone una mayor descentralización en la gestión de políticas públicas y también una redefinición del rol social del Estado. Por último, las organizaciones comunitarias emergen como sujetos de contraloría social, cualidad que potencia su actuación y su responsabilidad en función de velar por el adecuado desarrollo de las políticas públicas.

La alianza imprescindible de las organizaciones comunitarias con el sector privado empresarial

La responsabilidad social es un valor, una postura ética, contributiva y dinámica orientada hacia el compromiso activo y libre para alcanzar el bien común en la sociedad. La responsabilidad social se expresa en tres actitudes: respeto, justicia y solidaridad. Desde el año 2002, existe el Pacto Mundial por la Responsabilidad Social; que establece los siguientes principios:

Las empresas deben apoyar y respetar los derechos humanos.

Las empresas deben asegurarse de no ser cómplices en la vulneración de los derechos humanos.

Las empresas deben apoyar la libertad de negociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

Las empresas deben eliminar toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción.

Las empresas deben apoyar la erradicación del trabajo infantil.

Las empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación.

Las empresas deben mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente.

Las empresas deben fomentar las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.

Las empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas del medio ambiente.

Las empresas deben trabajar contra la corrupción, en todas sus formas; incluidas la extorsión y el soborno.

En nuestro país, la Constitución Bolivariana recoge y establece importancia extrema al tema de la responsabilidad social. En efecto, el artículo Nº 2 establece que: “Venezuela constituye un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo”.

De la misma manera, la CRBV nos dice que “las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los particulares; según su capacidad. La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley (artículo 135).

El movimiento empresarial venezolano desde su propio nacimiento ha emprendido una serie de iniciativas con el propósito de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de comunidades y vecindades, desde hace años, complementarias y paralelas a su actividad natural y de los mandatos legislativos. Tanto organizaciones comunitarias y entidades privadas con fines de lucro pertenecen al ámbito de lo “no gubernamental” y por ende, guardan intereses y visiones cercanas; que en algún momento pueden ser incentivos o factores de acuerdo o desacuerdo. El intercambio de experiencias y saberes, el apoyo institucional mediante recursos financieros y no financieros, el ejercicio de distribución y control de calidad de bienes y servicios son campos naturales para el establecimiento de relaciones de cooperación y solidaridad.

Una alianza entre estos factores sociales permitiría su posicionamiento como una red; tanto de organizaciones no gubernamentales como de entidades privadas cooperantes con el Estado en el diseño, ejecución y control de ciertos programas públicos de naturaleza social; lo cual puede ser ampliamente positivo para la población. Por último, una condición indispensable en estos acercamientos entre la sociedad civil y el sector empresarial supone el mantenimiento de la identidad y autonomía de cada una de los componentes de estas entidades.

Organizaciones comunitarias y el Estado comunal

La relación entre las organizaciones comunitarias y la propuesta del Estado comunal constituye un crucial a considerar dentro de su actividad institucional y está directamente relacionado con el debate sobre la forma de organizar la sociedad venezolana. El Estado comunal supone: un nuevo ordenamiento territorial, basado en la comuna; un modelo económico basado en la propiedad social y la planificación centralizada y, una nueva forma de participación ciudadana tutelada en la gestión de gobierno. Las comunas serían espacios socialistas, que como entidades locales, son definidas por la integración de comunidades para construir el Estado comunal (artículo 5, Ley Orgánica de Las Comunas). Las comunas son nuevos espacios territoriales donde las organizaciones comunitarias podrían tropezar con muchas más restricciones para su normal desarrollo debido a que su gestión obligatoriamente tendría que responder a las orientaciones impuestas desde el gobierno central.

La economía social se fundamentaría en la propiedad social entendida como el derecho que tiene la sociedad de poseer medios y factores de producción o entidades con posibilidades de convertirse en tales, esenciales para el desarrollo de una vida plena o la producción de obras, bienes o servicios, que por condición y naturaleza propia son del dominio del Estado (artículo 5 LOSEC).

La participación tutelada en la gestión pública se fundamenta en la dependencia de las organizaciones del denominado poder popular como los consejos comunales y los parlamentos comunales a autoridades del poder central (ministerios); así como la implantación de mecanismos de elección semi-directa (segundo y tercer grado) en los organismos de gobierno de tales instancias.

Fortalezas y debilidades de las organizaciones comunitarias

Hemos considerado de manera general y muy resumida, algunas características las organizaciones comunitarias y sus relaciones con distintos actores de su medio ambiente inmediato y más general. A continuación, se presentan puntualmente ciertos aspectos que podrían ser fortalezas y debilidades de estas entidades de la sociedad civil:

Posibles fortalezas de las organizaciones comunitarias

Reactivaron el debate sobre la importancia y vigencia de la organización de las comunidades, en torno a temas específicos de interés colectivo.

Se han consolidado como medios de inclusión popular en los asuntos públicos locales y temáticos.

Han contribuido de manera notable para la “democratización” del conocimiento de la gestión de proyectos entre las comunidades organizadas.

Potencian la presión vecinal sobre los agentes gubernamentales en el cumplimiento de sus objetivos.

Están contribuyendo a la renovación del liderazgo social y comunitario.

Son elementos que promueven y propician la creación de redes sociales de solidaridad y cooperación.

Posibles debilidades de las organizaciones comunitarias

Dificultades en su organización, gestión financiera y rendición de cuentas.

Desaprovechamiento de las oportunidades para el establecimiento de convenios con el sector privado y/o público.

Incomunicación con las autoridades públicas locales, estadales y nacionales.

Alta dependencia de fuentes de financiamiento externo.

Priva el partidismo y la ideologización en algunas organizaciones comunitarias.

La excesiva especialización por áreas de intereses -a veces- impide que se establezcan vínculos con otras organizaciones.

Su desarrollo organizacional es desigual y muy concentrado a nivel geográfico.


Los retos de las organizaciones comunitarias para el fortalecimiento de una sociedad democrática

En la Venezuela de hoy, las organizaciones comunitarias y sociales poseen una serie de retos (tanto internos como externos) cuyo alcance se constituirá en una sólida contribución al fortalecimiento de una sociedad mucho más democrática:

Aplicar en el ejercicio diario de sus actividades una ética basada en la democracia, la honestidad, el respeto a los derechos humanos, la rendición de cuentas y la tolerancia.

Las organizaciones comunitarias deben rescatar la naturaleza plural, diversa e incluyente de la participación comunitaria, social y política e impulsar la defensa del marco constitucional vigente; mediante prácticas democráticas.

Impulsar una auténtica descentralización y la transferencia de programas y servicios basada en la corresponsabilidad y la transparencia en las relaciones con el sector público en sus distintos niveles político-territoriales.

Redefinir las relaciones de las organizaciones de la sociedad civil, con los espacios públicos de participación local y sectorial (tales como consejos comunales, consejos locales de planificación pública, consejos estadales de coordinación y planificación de políticas públicas y consejo federal de gobierno).

Contribuir desde su ámbito de actuación específico a la formación de las personas y las comunidades en el disfrute responsable y sustentable de los bienes materiales y no materiales asociados a su calidad de vida.

La conducción del Estado en el marco de valores y prácticas democráticas, que se base en el respeto por el derecho a la libre asociación y la libre participación de los ciudadanos puede ser viable, si desde las organizaciones comunitarias y desde las organizaciones de la sociedad civil, se asume el reto de alcanzar ese sueño.