El municipio constituye la unidad política primaria
de la organización nacional de la República Bolivariana de Venezuela, goza de
personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución
Nacional y de las leyes. La autonomía municipal comprende la elección de sus
autoridades, la gestión de las materias de su competencia y la creación,
recaudación e inversión de sus ingresos. (CRBV, artículo 168).
El municipio es la
instancia más específica dentro de la actuación y distribución espacial del
Estado. La cercanía entre el municipio (como representación estatal más próxima
a los ciudadanos) y la población permitiría aprovechar sus características y
potencialidades para impulsar de una manera sostenible y sustentable el
desarrollo local y la calidad de vida. Sus competencias
están consagradas en el artículo 178 de la CRBV. Según nuestra Carta Magna, las
competencias del municipio deben desarrollarse en el marco de la participación
ciudadana. La Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) dedica a la
participación de los ciudadanos en la gestión municipal, el 40% de sus
artículos.
Según la LOPPM (artículo 75), el poder público municipal
se ejerce a través de cuatro funciones: la función ejecutiva, desarrollada por
el alcalde o alcaldesa a quien corresponde el gobierno y administración, la
función deliberante que corresponde al concejo municipal, integrado por los
concejales y concejalas. La función de control fiscal corresponderá a la
Contraloría Municipal en los términos establecidos en la ley y la ordenanza. Y
la función de planificación que será ejercida en corresponsabilidad con el
Consejo Local de Planificación Pública (CLPP).
Ese mismo artículo 75 también establece que, los
órganos del poder público municipal, en el ejercicio de sus funciones
incorporarán la participación ciudadana en el proceso de definición y ejecución
de la gestión pública y, en el control y evaluación de sus resultados, en forma
efectiva, suficiente y oportuna; para lo cual deberán crear los mecanismos que
lo garanticen.
El municipio cuenta con un conjunto de mecanismos de
participación que resumidamente mencionaremos:
Cabildos
Abiertos: sesión
abierta de la Cámara Municipal organizada con el propósito de buscar soluciones
a problemas que afecten a una comunidad determinada.
Asambleas
Ciudadanas:
son deliberativas en el que pueden participar todos los ciudadanos vinculados a
la comunidad o al tema específico considerado. Sus decisiones son de carácter
vinculante.
Referendos: de diverso tipo, como
consultivos de carácter revocatorio, abrogatorio o aprobatorio deberán cumplir
con los requisitos establecidos por el CNE.
Consultas
Públicas:
ciudadanos, comunidades organizadas y colectivos sociales tienen derecho a
formular observaciones y propuestas a los proyectos de ordenanzas en discusión;
en especial a aquellos referidos el desarrollo urbano y la conservación
ambiental.
Iniciativa Popular: vecinos y comunidades organizadas emprenden de manera
autónoma, decisiones para alcanzar ciertos objetivos en función de mejorar su
calidad de vida.
Iniciativa
Legislativa:
los habitantes de un municipio en un porcentaje no menor del 0,1 de sus electores
pueden presentar proyectos de ordenanzas o modificaciones a las vigentes, para
la consideración del respectivo concejo municipal.
Medios de
Comunicación Alternativos: de naturaleza independiente y sin fines de lucro, con el propósito de
generar espacios para el fortalecimiento de la confianza, la solidaridad y la
cooperación mutua, en función de mejorar su calidad de vida.
Autogestión y
Cogestión:
expresiones de gestión asociativa de carácter corresponsable, descentralizado,
desconcentrado y democrático que se producen bajo la figura de convenios entre
el municipio y las comunidades organizadas o los colectivos sociales o entre
estos dos últimos, para la prestación de servicios públicos o la gestión de
programas sociales.
Presupuesto Participativo: ciudadanos y colectivos comunitarios y sociales
de cada municipio propongan, deliberen, y decidan en los procesos de
formulación, ejecución y control del plan de inversión anual municipal.
Contraloría Social: herramienta en el
ejercicio de la participación y control y de la evaluación popular; tanto en la
gestión de gobierno como en la actividad de las propias organizaciones del
denominado poder popular.