lunes, diciembre 26, 2022

Sobre la eliminación del Gobierno Interino

 EL BLOQUE CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA

A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL

ANTE LA INCONSTITUCIONAL PRETENSIÓN DE ELIMINAR EL CARGO DE PRESIDENTE ENCARGADO DE LA REPÚBLICA POR PARTE DE UN GRUPO DE PARLAMENTARIOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Caracas, 24 de diciembre de 2022

CONSIDERANDO

1.- Que el próximo 6 de enero de 2023, vence el período legislativo 2022-2023 de la Asamblea Nacional, electa el 15 de diciembre de 2015; por lo que se ha abierto nuevamente el debate público sobre su prórroga constitucional; la de las instituciones creadas para hacer frente a la situación de excepción constitucional existente sobre el país; así como de la propia vigencia de las normas estatutarias que, frente a la usurpación que se mantiene en la Presidencia de la República, rigen la transición hacia la democracia desde el 5 de enero del 2019.

2.- Que el pasado 22 de diciembre de 2022, la legítima Asamblea Nacional, aprobó en primera discusión, una reforma de la Ley de Estatuto que rige la Transición a la Democracia para Restablecer la Vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acordándose preliminarmente con ella, una ilegítima modificación del precitado Estatuto, por constituir de hecho una mutación del Gobierno interino, al pretender sustituir la figura del Presidente Encargado de la República (art. 233 CN) por un gobierno parlamentario, figura contraria a nuestra historia republicana, que presuntamente tendría como objetivos: (i) sentar las bases para iniciar el proceso de reconciliación nacional; (ii) la defensa por la restitución de la democracia en Venezuela, y plena vigencia de la Constitución; y, (iii) la protección de los activos pertenecientes a la nación en el extranjero, a través de la creación de un atípico Consejo de Administración y Protección de Activos.

3.- Que, con la eliminación de la figura de la presidencia encargada de la República, se produciría el cese del actual estado de excepción constitucional que pesa sobre el país, el cual, fue formalmente declarado de conformidad con el estatuto que se pretende reformar y con ocasión a la usurpación que, de la presidencia, mantiene fraudulentamente Nicolás Maduro Moros, a la fecha.

4.- Que, con la reforma aprobada en primera discusión, no solo se elimina la Presidencia Interina de la República que encarna el diputado Juan Guaidó y la representación designada por el interinato ante organismos multilaterales, gobiernos aliados, empresas venezolanas trasnacionales e instancias judiciales ante jurisdicciones en el extranjero; sino que se debilita la fundamentación constitucional que sostiene la transición democrática iniciada en febrero del 2019, frente al régimen usurpador, a tal grado que, provoca una grave desconexión de la figura planteada como sustituta, la Comisión de Administración y Protección de Activos, con el contenido de los artículos 233 y 333 constitucionales; lográndose un efecto contrario, no solo para los proponentes de la reforma, sino para la ciudadanía democrática del país, como lo es, la rehabilitación constitucional del régimen usurpador que encarna Nicolás Maduro.

5.- Que la desaparición del gobierno interino ante instancias jurisdiccionales en el exterior, implica un grave riesgo para importantes procesos judiciales de protección de activos e intereses patrimoniales de la Nación; así como la iniciativa del “SEGUNDO ACUERDO PARCIAL PARA LA PROTECCION SOCIAL DEL PUEBLO VENEZOLANO”, de crear un Fondo Fiduciario para la Atención Comunitaria al más alto nivel de la ONU, a los fines de la gestión de dichos activos; poniendo en peligro además, la ejecución de medidas de contraloría destinadas a evitar actos de corrupción y de dispendio, cuyas consecuencias afectarían solo a los ciudadanos venezolanos, quienes ya padecen los graves efectos de un modelo político de vocación totalitaria que solo ha generado caos, violación a DDHH y miseria a la población.

6.- Que, no pudiendo los diputados que conforman la Asamblea Nacional legítima subrogarse en las funciones ejecutivas, exclusivas y excluyentes, del Presidente Interino de la República y sus representantes; perderán el reconocimiento internacional en el extranjero, pues, las relaciones y representaciones políticas y diplomáticas, en el ámbito internacional, se mantienen a nivel de gobiernos. Asimismo, huelga recordar que numerosos gobiernos, instancias multilaterales (OEA) y jurisdiccionales (especialmente en EEUU y el Reino Unido), han mantenido intacto su reconocimiento exclusivo al gobierno interino y a sus representantes; de manera específica valga recordar que, el Departamento del Tesoro de EEUU, conforme a su sección 25 de la Ley de Reserva Federal, precisó que la autoridad legítima para para administrar los fondos del Gobierno venezolano o del Banco Central de Venezuela, retenidos en el Banco de la Reserva Federal de Nueva York, es solo el Presidente Interino de la República y no la Asamblea Nacional.

7.- Que la Asamblea Nacional, es por definición un órgano legislativo y de control y en tal sentido, habiendo sido establecidas sus competencias constitucionales, exclusivas y excluyentes, en el artículo 187 de la Constitución de 1999, en su desempeño debe sujetarse a los limites establecidos en la Constitución; por lo que, resulta incongruente que, como órgano contralor, ejerza las mismas atribuciones de los órganos sujetos a su control parlamentario.

8.- Que, no siendo el parlamento venezolano un órgano soberano sino derivado de la voluntad ciudadana, donde reside la soberanía, es concluyente que la Asamblea Nacional carece de poder constituyente originario; en tal sentido, sus potestades están limitadas a lo que la Constitución establezca. En consecuencia, si por necesidad política o circunstancias excepcionales, requiriera de poderes extraordinarios, estos estarían limitados al orden político constitucional preestablecido; no pudiendo ir contra la tradición constitucional de Venezuela; ni de sus compromisos internacionales en materia de democracia representativa, previstos estos en la Carta Democrática Interamericana; por lo que, no puede modificar las bases de la institucionalidad democrática, expresamente previstas tanto en el Título I y en los artículos 136 al 140 de la Constitución de 1999; así como tampoco, contrariar la esencia del Estatuto que rige la Transición a la Democracia, acto político éste de ejecución inmediata de la constitución, donde se estableció el régimen excepcional del interinato.

ACUERDA,

PRIMERO: Advertir a las organizaciones políticas y diputados opositores que impulsan, de manera ilegítima, la mutación del Estatuto que Rige la Transición a la Democracia para Restablecer la Vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a renunciar a dicha pretensión debido a las gravosas consecuencias institucionales, políticas, económicas y sociales antes señaladas.

SEGUNDO: Solicitar a todas las organizaciones políticas de oposición a iniciar un urgente proceso de dialogo, con miras a solventar todas las diferencias que les separan en esta difícil coyuntura, teniendo siempre presente el mejor interés de los venezolanos.

TERCERO: Comunicar a los gobiernos aliados, a las instancias multilaterales y a los órganos jurisdiccionales en los que se gestionan intereses de Venezuela, incluyéndose de manera especial al Tribunal Supremo de Justicia que legítimamente y por razones de fuerza, se instaló en la sede de la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 13 de octubre de 2017, así como al actual Procurador General de la República Especial designado por el Gobierno Interino, sobre el contenido y alcance de este Pronunciamiento.

Coordinación Nacional: Cecilia Sosa Gómez, Román Duque Corredor, Alberto Arteaga Sánchez, Jorge Rosell Senhen, Pedro Rondón Haaz, Blanca Rosa Mármol de León, Rubén Pérez Silva y René Molina Galicia. Coordinación Ejecutiva: Perkins Rocha. Magistrados, Académicos, Profesores: Aníbal Rueda, Humberto Romero Muci; María Concepción Mulino, Julio Elías Mayaudón, Ramón Escovar León, Carlos Ayala Corao, Rafael Badell Madrid, Juan Carlos Apitz, Ana María Ruggeri, Luis Beltrán Guerra,Salvador Yanuzzi, Alvaro Badell Madrid, Rodrigo Rivera Morales, Alejandro Canónico, Franklin Hoet, Fernando Peláez Pier, Gustavo Linares Benzo, Nelly del Valle Mata, José Francisco Comte, Marcos Solís Saldivia, Mariana León Mármol, Flor Zambrano, Rafael Chavero Gazdik, Eustoquio Martínez, Carlos Camero, Alejandro González Valenzuela, María Luisa Acuña López, Gustavo Tarre Briceño, María Amparo Grau Togores, Gerardo Fernández, Gonzalo Pérez Salazar, Víctor Rodríguez Cedeño, Milagros Betancourt C., Joaquín Núñez Landáez, Iván Pérez Rueda, Moisés Troconis Villareal, Henry Henríquez Machado, Juan Manuel Raffali, Maibí Rondón, Luis Petit, Fernando M. Fernández, Génesis Dávila, Oscar Arnal, Jesus María Casal, Ramsis Ghazzaoui, Judith Medina, Noemí Del Valle Andrade, Liliana Fasciani, Juan Carlos Torcat, y Nilson Guerra. Federación de Colegios de Abogados de Venezuela: Marlene Robles (Presidente), Norma Delgado Aceituno, Clara Inés Valecillo, y; Jesús Vergara Peña. Presidentes de Colegios de Abogados de Venezuela: Olnar Ortiz (Amazonas), Luis Beltrán Calderón Mejías (Anzoátegui), Rosalino Medina (Aragua), Roldan Torres (Apure), Lucia Quintero Ramírez (Barinas), Nelson Riedi (Carabobo), Roberto Andery (Cojedes), Omer Figueredo (Delta Amacuro), Yvett Lugo (Distrito Capital), Wilmer Pereira A. (Falcón), Mary Hurtado de Muguesa (Guárico), Vanessa Contreras (Mérida, Delegación Tovar), Letty Piedrahita (Miranda), Jesús Ramos (Monagas), Pedro Arévalo (Nueva Esparta), Zoila Calderón Oraa (Portuguesa), Orlando Velásquez (Sucre), Henry Flores (Táchira), Mario Torres (Zulia). Bloque Constitucional. Capítulo España. Coordinador Carlos Sarmiento Sosa.

domingo, diciembre 04, 2022

El fracaso del Estado comunal

 


En días recientes Nicolás Maduro planteó a los miembros de su partido y a sus aliados en la Asamblea Nacional (2020), la urgente necesidad de reformar las leyes que otorgan soporte al Estado comunal (hasta ahora fallido). La reforma legal planteada comprendería la modificación parcial de hasta catorce leyes[1] con el propósito de recuperar el terreno perdido. Como es sabido, el Estado comunal comprende la sustitución la estructura del Estado democrático federal y descentralizado por un modelo territorialmente estatizado, de planificación centralizada y con participación tutelada.  

En esta oportunidad, el oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) promueve la sustitución marco estatal constitucional bajo el sofisma que presume la democratización del poder político enfrentando a consejos comunales, comunas y distritos motores contra las juntas parroquiales (ya eliminadas; por cierto), los municipios y los estados.  

La aspiración de implantar el aparato comunal o socialista tiene variados precedentes, incluso exitosos. El caso más claro y categórico lo representan los consejos comunales creados en el año 2006[2]. Estas instancias se han consolidado como el mecanismo territorial hegemónico para la organización vecinal en Venezuela, que incluso fueron adoptados también por sectores comunitarios de la oposición democrática, impidiendo de esta manera un control absoluto por parte del PSUV sobre esas figuras.

Otro precedente fue la creación de Ciudad Caribia (2006), que se constituye en un urbanismo socialista que aún se mantiene en el estado La Guaira[3]. Un antecedente importante fue la propuesta de los Cinco Motores[4] presentados por Chávez en enero de 2007, luego de ser reelecto en los comicios del año anterior. Pero fue la reforma constitucional[5] de 2007 la que constituyó el núcleo central por sustituir la estructura estatal de 1999. Sin embargo, la propuesta de reforma fue derrotada electoralmente ese mismo año, recibiendo un duro revés el proyecto comunal del chavismo.

A pesar de la derrota sufrida, el chavismo no ha cedido en sus propósitos. Por una parte, comenzó desde la primera magistratura una campaña en favor del modelo comunal promocionando las comunas y las ciudades comunales (o socialistas)[6] y por la otra, hacia finales de 2010 se aprobó un paquete de leyes del Poder Popular[7] y, por ende, del Estado comunal. Otro ataque directo desde la Asamblea Nacional contra la Constitución de 1999 y el municipio se perpetró en 2010 mediante la reforma de la Ley del Poder Público Municipal.

Con esa reforma: i) se supeditó la gestión municipal a una planificación central, ii) se incorporó a las comunas como un nuevo componente territorial del municipio, pero sin subordinación alguna al ordenamiento jurídico municipal y, iii) se eliminó de manera inconstitucional el derecho a elegir mediante el voto popular (directo, universal y secreto) a los miembros de las Juntas Parroquiales[8].

Cabe agregar que, con el mismo propósito el chavismo en el año 2015 pretendió infructuosamente sustituir a la propia Asamblea Nacional por un Parlamento Comunal[9] luego de sufrir una significativa y aparatosa derrota en esas elecciones parlamentarias de ese año. Dicho Parlamento Comunal se diluyó, sin trascendencia alguna. En 2017, hubo una nueva aventura mediante la elección de una Asamblea Constituyente[10] para redactar una nueva constitución.

¿Pero cuál podría ser la causa para que el chavismo quiera desmantelar el Estado democrático, federal y descentralizado de la CRBV?

En realidad, el imaginario chavista es de naturaleza totalitaria que se justifica bajo la idea de la construcción del socialismo. Un socialismo fundamentado en forma clara en el control hegemónico del Estado sobre las distintas esferas de actividad de la sociedad. En la propuesta socialista el consejo comunal, la comuna, la ciudad comunal, el distrito motor o el eje territorial son espacios con un fin ideológico: la construcción del socialismo del siglo XXI. En tal sentido, cualquier otro modo de pensar termina siendo segregado por antagónico. Lo que constituye un verdadero drama.

El llamado de Maduro a la reforma de las leyes comunales significa un reconocimiento al fracaso. Al día de hoy, no hay un Estado comunal, el poder popular sigue siendo una ficción y todavía el PSUV no logró cooptar a todos los consejos comunales, mientras las comunas apenas inciden de manera precaria en la vida social y comunitaria del país. Lo que es cierto es que la Constitución Bolivariana, sí esa de 1999 y que fuera ratificada en el año 2007 sigue siendo el mayor obstáculo para el avance del totalitarismo en Venezuela. Y ese elemento no debe ser olvidado (jamás) tanto por los partidos políticos como por todos aquellos sectores sociales y comunitarios de naturaleza democrática, si en realidad aspiran a ganar la lucha por la libertad y la democracia, que sigue sobre la mesa. Esto aún no termina.

 

@migonzalezm

 

 



[1] Ley Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Ley Orgánica de Contraloría Social, Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Ley Orgánica de las Comunas, Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley de Contrataciones Públicas, Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, Ley de Jurisdicción de la Justicia de Paz, Ley de Transferencias de Competencias y otras Atribuciones del Poder Popular, Ley de Comunicación Alternativa y Popular, Ley Orgánica del Parlamento Comunal Nacional, Ley de Producción Social para Vivienda y Hábitat, Ley de Cooperativas.

[2] Los consejos comunales fueron creados como la parte micro comunitaria de los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) y adscritos al municipio según ley de 2002. Esa disposición fue ratificada por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2005. En el año 2006, según la Ley de los Consejos Comunales (Gaceta Oficial Extraordinaria 5.806 del 10-04-2006) fueron separados del CLPP y del contexto municipal y adscritos a una Comisión Presidencial del Poder Popular. De esta forma, el asalto a la constitución había comenzado.

[3] Ciudad Caribia, fue fundada por Hugo Chávez en 2006, como un futuro ejemplo de una ciudad socialista capaz de alcanzar su propia sustentabilidad y autogobierno. En el año 2014 fue reconvertida en un Distrito Motor de Desarrollo, otra forma organizativa del Estado comunal, según Decreto 304, Gaceta Oficial 40.227, año 2014.

[4] Los Cinco Motores fue una propuesta político-programática enunciada por Chávez para avanzar hacia el socialismo del siglo XXI y que comprendía: el motor Moral y Luces referido a la formación ideológica de la población; el motor Habilitante que contenía un conjunto de leyes a ser dictadas por el mismo presidente y que facilitarían el tránsito hacia el socialismo; el motor Constituyente que implicaría los cambios en la constitución de 1999; la Nueva Geometría del Poder que anunciaba justamente una división político-territorial en la República y, por último, la Explosión del Poder Comunal referido a la incorporación de toda la estructura comunal a la estructura del Estado Venezolano.

[5] De la propuesta reforma constitucional quedó muy claro su orientación centralista y concentradora del poder y de la toma decisiones. Una nueva geometría del poder donde el presidente tendría la potestad de eliminar y crear nuevos entidades, regiones y territorios de acuerdo a su discrecionalidad. Y cuyas autoridades serían designadas también por dedo presidencial.  

[6] Al respecto, es muy recomendable escuchar o leer (los resúmenes) del Programa Aló Presidente N°1 de 2009 en el que Chávez explica con claridad las comunas, como bases del futuro Estado socialista.

[7] En efecto, una saliente Asamblea Nacional (con su período cumplido) aprobó la Ley Orgánica de Contraloría Social, la Ley Orgánica del Poder Popular; la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, la Ley Orgánica de la Comunas y la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, todas publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.011 del 21-12-2010.

[8] Reforma a la Ley Orgánica del Poder Público Municipal publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.015 de fecha 8 de diciembre de 2010.

[9] El parlamento comunal promocionado por el PSUV en 2015 carecía legalidad y legitimidad. Al no estar contemplado en la Constitución de la República de Venezuela no tuvo personalidad jurídica ni para legislar ni recibir recursos.

[10] La Asamblea Constituyente electa por el PSUV en 2017 funcionó hasta 2020 sin cumplir su cometido fundamental como era el de redactar un nuevo proyecto de constitución.  

lunes, noviembre 28, 2022

El Futuro del Movimiento Vecinal

 El libro "El Futuro del Movimiento Vecinal" recoge visiones de destacados líderes sociales y comunitarios como José Gregorio Delgado, Milagro Gómez de Blavia, Olga Guedez, Alfredo Padilla y Francisco Coello que permiten revalorizar los aportes del movimiento vecinal en Venezuela.



domingo, noviembre 20, 2022

El poder público más cercano


Es ampliamente reconocido que, el municipio es valorado como el nivel más cercano del poder estatal, más inmediato a la ciudadanía y a sus comunidades. Y en efecto, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que el territorio nacional se organiza en municipios (artículo 16) y, que tendrán autonomía para elegir sus autoridades, gestionar sus competencias y crear, recaudar e invertir sus posibles ingresos (artículo 168). Sus competencias están contempladas en el constitucional 178.

El origen de las municipalidades llegó a nuestro continente de la mano de la conquista española que trajo consigo un modelo de organización de centros poblados (ordenamiento político-territorial) que incluía al ayuntamiento y/o el cabildo. Con el tiempo y, como era natural surgieron tensiones entre los cabildos locales y la corona de España; es decir, entre la representación de la periferia y aquella del poder central. Temas como el ejercicio del gobierno ante la muerte de un gobernador, resultaban cruciales. Al respecto, puede consultarse la reunión de Municipalidades en Nueva Segovia de Barquisimeto en al año 1560.

Así que, las entidades locales siempre han sido partícipes de la conformación de la institucionalidad de nuestra República. Podemos recordar el histórico episodio de la Declaración de Independencia por el Cabildo de Caracas en el año 1810 o el papel de entidades provinciales en el Primer Congreso de Venezuela en 1811 y, posteriormente en el proceso de emancipación. También las municipalidades tuvieron participación en el proceso de separación de la República de Colombia: 1826-1830.

Los municipios han sido objeto del interés de los gobiernos centrales y han gravitado sobre su desarrollo institucional. Por ejemplo, podemos mencionar la Primera Convención de Municipios de 1911 bajo el gobierno de Juan Vicente Gómez, también su inclusión en el “Programa de Febrero” de 1936 con el gobierno de Eleazar López Contreras o la intervención de que fueron objeto en la dictadura de Marcos Pérez Jiménez. En el año 1960 -durante el gobierno de Rómulo Betancourt-, se realizó la II Convención de Municipios y se creó FUNDACOMÚN.

La institucionalidad municipal avanzó con la aprobación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y su Reglamento N°1 en 1978 y 1979; respectivamente. Dicha ley sería reformada en 1989. Finalmente, el Proceso Constituyente de 1999 y la nueva Ley Orgánica del Poder Público Municipal del año 2005 crean una nueva municipalidad fundamentada en la división funcional de su poder en cuatro áreas: la ejecutiva, la deliberante, la de planificación y la de control. Dicho modelo municipal se encuentra ahora sometido a la presión gubernamental y oficialista de su sustitución por el modelo comunal.

Hoy, en Venezuela, el poder público más cercano al ciudadano está amenazado y debilitado y requiere la formulación de un proyecto destinado a su fortalecimiento y, por ende, al rescate de la democracia liberal y participativa como paradigma para vivir en paz, en libertad y en progreso. Por ello, pienso que debemos repensar al municipio con base a su gestión basada en derechos, a lograr un municipio sostenible, al establecimiento de una nueva gobernanza democrática y a una gestión municipal basada en la transparencia y la rendición de cuentas. Sobre esto volveremos.

@migonzalezm

miércoles, octubre 12, 2022

¿Aplicación Ven-App ayuda a solucionar problemas en comunidades? Los expertos y la gente responden

 

POLÍTICA · 8 OCTUBRE, 2022 09:00

El pasado 20 de mayo el gobierno de Nicolás Maduro lanzó oficialmente la aplicación VenApp como nueva plataforma del «gobierno digital», con la promesa de «acercar» su gestión a la gente para resolver los problemas más inmediatos de las comunidades.

Desde portales oficiales se invita a los ciudadanos a descargar la aplicación en sus teléfonos inteligentes, para, después de introducir datos personales requeridos por la plataforma, reportar los problemas de servicios públicos, salud, entre otros, que lo aqueja individualmente o la comunidad donde vive.

Expertos consultados por Efecto Cocuyo señalan que al centralizar la comunicación a través de la aplicación se aleja al ciudadano de las instancias de gobierno más cercanas como las Alcaldías, que deben recibir los recursos necesarios para atender las necesidades de las comunidades de su competencia. También resaltan la intención de «controlar» detrás de la iniciativa tecnológica.

Ciudadanos, por su parte, se dividen entre quienes aseguran les atendieron una denuncia en un tiempo razonable, quienes reclaman que llevan semanas o un mes sin recibir respuesta, los que no conocen la aplicación y quienes sí pero no les genera confianza descargarla en su móvil.

Distanciamiento con autoridades cercanas

«Este tipo de planes socavan a las estructuras más cercanas de gobierno como lo son las Alcaldías porque los problemas puntuales, dentro de las comunidades son su responsabilidad. De una manera centraliza la comunicación porque lleva a que la gente no pase por las autoridades de su municipio y se burocratizan las soluciones», sostuvo Alexander Campos del Centro de Investigaciones Populares Alejandro Moreno.

A través de Ven-App las personas pueden reportar fallas en servicios públicos como gas, luz, telefonía e internet

El investigador social advirtió además que la posibilidad de reportar problemas a través de Ven-App y que la persona reciba un mensaje o una llamada, genera un efecto placebo en las personas, pero en el fondo el problema no recibe una solución definitiva.

Es decir, alguien recibe una medicina o logra ser atendido en un centro de salud como consecuencia de hacer el reclamo, pero seguirá la crisis en dicho sector y tarde o temprano volverá a padecerla.

Maduro señaló como áreas prioritarias para el reporte de necesidades las de agua, infraestructura de salud y educación. Luego agregó gas, electricidad y telecomunicaciones. Y es que a su vez, Ven-App es una de las plataformas del plan 1×10 del Buen Gobierno para «mejorar la gestión pública», como también lo es el Sistema Patria, en el que también las personas pueden reportar fallas en distintos servicios públicos.

El experto en Políticas Públicas Locales del Instituto de Estudios Parlamentarios Fermín Toro, Miguel González Marregot, recordó que los gobiernos municipales disponen de mecanismos legales para recibir las denuncias y solicitudes de las comunidades sin necesidad de levantar un registro con los datos personales de los ciudadanos.

Negocio y política

González Marregot enfatizó que legalmente, todos los organismos públicos, desde los gobiernos locales, los regionales hasta las instituciones del Estado y de todas las ramas del Poder Público, tienen la obligación de abrir oficinas de atención al ciudadano para recibir reclamos, denuncias y canalizar sus soluciones.

«El buen gobierno, si bien necesita tecnología, no es para controlar a la gente a través de una base de datos, sino aquel que mejora su gestión a través de políticas públicas eficientes para resolver problemas. Detrás de esa aplicación puede haber un negocio pero también un tema político, de control como por ejemplo dónde están ubicados los ciudadanos que critican más o menos», advirtió.

Además, es partidario de que la tecnología se utilice para una modalidad de «gobierno abierto» en el que la gestión pública muestra transparencia, al brindar a la ciudadanía acceso a la información a través de todos los canales digitales en temas sobre el manejo presupuestario, la distribución de recursos, metas alcanzadas y no logradas con sus motivos, contrataciones públicas (términos y empresas involucradas).

«Un buen gobierno es el que está abierto al ciudadano. El gobierno abierto está siendo implementado por 115 países y en Venezuela por 17 municipios, a través de ordenanzas para garantizar ese acceso a la información pública, que los gobiernos proporcionen datos a los ciudadanos, no que se los pidan», recalcó.

Controlar la vulnerabilidad

Para Campos, el gobierno de Maduro podría tener como objetivo «controlar la vulnerabilidad» de los venezolanos, bajo la lógica del control, puesto que la aplicación tiene acceso a la ubicación de las personas, información que aseguró, le será útil de cara las elecciones presidenciales de 2024 y los comicios parlamentarios y regionales de 2025.

«Si en un sector hay deslizamientos de tierras, el gobierno prometerá cemento para esa zona porque sabe que hace falta. Saber vulnerabilidades es un poder muy grande, los gobiernos totalitarios intervienen teléfonos para entre otras cosas manipular la vulnerabilidad de la gente», dijo.

Ambos agregaron el elemento de la segregación social, es decir, quien por desconfianza o por ser adverso al gobierno de Maduro, rechaza descargar la aplicación Ven-App no puede reportar el problema que requiere solucionar ni recibirá atención prioritaria.

Una situación similar, acotaron, ocurre con la Plataforma Patria en la que la asignación de beneficios como bonos no llegan a todos los que se supone deberían ser tomados en cuenta, especialmente los jubilados y pensionados.

Advirtieron además que a la larga ese sistema solo traerá más decepción, como ha ocurido con otros programas como los Clap que solo promueven una cultura clientelar, mientras los problemas seguirán en aumento, puesto que requieren soluciones estructurales.


¿La aplicación sirve?

Tuberías de aguas blancas reparadas, preescolar La Libertad rehabilitado, líneas telefónicas restablecidas y fallas de luz solventadas, son algunas soluciones que llegaron a la parroquia San Juan de Caracas, luego de hacerse los reportes a través de Ven-App, según aseguró Jesús López, dirigente parroquial del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv).

«Mi hermano que es quien tiene la aplicación en su teléfono planteó mi caso, que en el Hospital Pérez Carreño no me habían atendido y lo llamaron como a los dos días. Finalmente me atendieron como 15 días después y lo volvieron a llamar para verificar que era cierto», dijo Yenny Guerrero, paciente oncológica de 45 años, residente de Los Ruices, municipio Sucre del estado Miranda.

Su hermano, Javier Guerrero de 47 años, vive en la avenida Morán del oeste caraqueño. Mencionó que una oportunidad reportó una alcantarilla en mal estado y a los dos días la repararon.

Francisco Malavé de 50 años, habitante de Cúa en el estado Miranda, dijo a Efecto Cocuyo que un día después de usar la aplicación para solicitar ayuda para una operación de columna, un mensaje le informó que había sido referido al Hospital Militar de Caracas.

Allí se le realizaron exámenes como rayos X y fue evaluado por un traumatólogo. Primero debe cumplir un tratamiento por hernias detectadas en la columna y luego evaluarán operar, comentó.

Incluso los mismos trabajadores de la estatal Cantv están recomendando a las personas reportar averías a través de Ven-App, puesto que por ser telecomunicaciones una de las áreas priorizadas, están dando respuestas rápidas, según aseguran, con plazos entre una semana y un mes.

Entre la falta de respuesta y la desconfianza

Yrali Díaz Rodríguez ha indicado varias veces a través de sus redes sociales que el 20 de junio de este año reportó a través de Ven-App que llevaba cinco meses sin línea telefónica Cantv, sin que a la fecha haya recibido respuesta.

A Sugeilma Ruiz y Liz Karin Rivas, de Caracas y Mérida, les genera desconfianza el hecho de tener que descargar «una aplicación del gobierno», puesto que no saben para qué serán usados sus datos. Ni el hecho de tener meses sin línea telefónica ni internet en su laboratorio clínico de San Martín, llevan a Ruiz a querer usar la aplicación. Ha hecho reportes a Cantv por otras vías, sin éxito.

«Ni loca», respondió Rivas al preguntársele si alguna vez había usado Ven-App.

Otras personas consultadas como Verónica Sandoval de la avenida Baralt de Caracas, manifestaron no saber de la existencia de la aplicación ni para qué servía.

lunes, mayo 30, 2022

Retomando el blog...!

Estimado amigos, reaparezco por este medio: CIUDADANOLIBRE. 

A veces hay rupturas involuntarias entre lo que se hace a diario y lo que se escribe o no se escribe a diario.
Lamento mucho en realidad no haber tenido la capacidad para difundir por CIUDADANOLIBRE la actividades que ando haciendo. Quizás la opción de twitter haya influido en este repliegue. De paso les invito a seguir mi cuenta: @migonzalezm

Desde el pasado año 2021 estamos trabajando full en la formación política e institucional de equipos políticos y ahora de concejales y legisladores estadales que fueron electos en las pasadas elecciones regionales y locales (justo en 2021); en una experiencia formidable pero complicada que comprende todo el país. Hasta hora hemos atendido a 60 municipios en un esfuerzo formidable. 

Este proyecto lo venimos coordinando desde el Instituto de Estudios Parlamentarios Fermín Toro, que preside Ramón Guillermo Aveledo. El proyecto pretende potenciar las capacidades de gestión operativa y sobre todo legislativa de los concejales y legisladores estadales identificados con la democracia, la libertad y la construcción de ciudadanía. 

Retomando los espacios...!