lunes, diciembre 31, 2012

2013: LA POLÍTICA NACIONAL Y EL PSUV EN CUENTA REGRESIVA


 

Luego del anuncio público del Presidente Chávez; mediante el cual reconociera que quizás no podría ejercer el período presidencial 2013-2019, el acontecer político venezolano ha entrado en una fase de cuenta regresiva de cara a dos fechas del próximo mes de enero de 2013. La primera de ellas es el 5-E, vinculada a la instalación de la Asamblea Nacional y, por lo tanto, a la ratificación o no de la actual Junta Directiva. La segunda fecha, el 10-E aún más trascendente; pues supone la juramentación del Presidente reelecto, ahora en condición  de entredicho por su estado de salud.

 

El Presidente Chávez, en la cadena nacional realizada el pasado 8 de Diciembre de 2012, asentó con claridad la ruta constitucional a seguir en caso que él no pudiera asumir el mandato para el cual fuera elegido el Domingo 7 de Octubre de 2012. Y con mayor claridad aún, señaló el Presidente Chávez, al Vicepresidente Nicolás Maduro como su sucesor dentro de las filas del proceso revolucionario; postulándolo de paso como candidato presidencial en el caso que hubiera necesidad de convocar a un nuevo proceso electoral, de acuerdo a lo establecido en la Carta Magna.

 

El 8-D quedó establecida (por el propio Presidente Chávez), una hoja de ruta constitucional y por lo tanto, democrática y electoral para afrontar las consecuencias de la imposibilidad de su juramentación. En tal sentido, todas las fuerzas sociales y políticas venezolanas (y en especial el PSUV) se encuentran comprometidas a cumplir con la ruta constitucional demarcada el 8-D.    Sobre la instalación de la Asamblea Nacional se tejen especulaciones, en torno a la continuidad de Diosdado Cabello (del ala radical del chavismo), al frente de su Junta Directiva y de la delicada función que le correspondería cumplir en el hipotético caso de que se tuvieran que activar los procedimientos previstos en la Constitución.

 

Desde nuestro punto de vista, el “ala militar del chavismo” cometería un error estratégico y ocasionaría un daño irreparable al país, si tratara de ignorar las reglas de juego reconocidas desde la Primera Magistratura, el pasado 8-D. Con la designación de Nicolás Maduro como sucesor dentro del bloque oficial y, como posible aspirante presidencial se establecieron un par de precedentes: uno de ellos, fue sin duda alguna la consolidación de una “opción civilista” no extremista al frente del liderazgo de la revolución bolivariana y, en segundo término, quedó muy claro que tanto el Diputado Cabello como Elías Jua (del ala marxista-leninista del PSUV) les tocará asumir roles de estricto apoyo a la línea trazada por el Presidente Chávez y, ahora bajo el liderazgo de Maduro; so pena de colocarse al margen de la misma con las consecuencias políticas previsibles.

 

Por supuesto, el mejor escenario sería aquel en el cual el Presidente de la República pudiera asumir el 10 de Enero sin limitaciones físicas las responsabilidades gubernamentales que le otorgó el pueblo mediante el sufragio directo, universal y directo. De ocurrir las cosas así, todo habría sido un simple susto; sin embargo, en ese contexto quedaría igualmente definido y determinado el liderazgo del Vicepresidente Ejecutivo Nicolás Maduro como la opción más cercana y más confiable para el líder del proceso. En otras palabras, la sucesión de Maduro sentencia el destino de otros liderazgos dentro del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

 

Aparte de las jugadas políticas de las distintas tendencias del bloque oficialista se encuentran las bases populares en actitud reflexiva, vigilante y expectante. Ya esas bases dieron una clara muestra de su “fidelidad” en las pasadas elecciones regionales del Domingo 16 de Diciembre cuando dieron el soporte electoral suficiente para que el PSUV obtuviera el triunfo en 20 de las 23 entidades federales del país. Sin embargo, ahora las condiciones son otras y, aunque no dudamos de su “lealtad al proceso revolucionario” su apego al nuevo liderato pudiera variar favoreciendo o no, la gestión de un eventual nuevo gobierno.

 

Venezuela inicia el año 2013 en unas condiciones políticas inéditas y llenas de incertidumbre. Para el PSUV, una inexorable cuenta regresiva ha comenzado para asumir -en caso que sea necesario-, los mandatos constitucionales reconocidos por el Presidente Chávez el pasado 8-D. Los factores democráticos tienen mucha responsabilidad en todo este rompecabezas; pero de ellos nos ocuparemos en nuestra próxima entrega. Por ahora, Feliz Año 2013.

 

jueves, diciembre 13, 2012

Relatoría conversatorio: ESTADO COMUNAL Y DEMOCRACIA (30-11-12)


CONVERSATORIO: ESTADO COMUNAL Y DEMOCRACIA

Relatoría-Resumen
Dr. José G. Delgado H.


I.- La instalación y la presentación de los objetivos de este conversatorio, a cargo del Lic. Miguel González Marregot, Director de la AC "Gestión de Cambio" establecidos como lineamientos generales de los objetivos propuestos:

1.    El intercambiar informaciones y experiencias entre los participantes sobre el modelo del estado comunal y los elementos de la democracia.

2.    El compartir los elementos teóricos y las acciones relacionadas con el Estado comunal y sus consecuencias sobre la democracia.

3.    El delimitar algunas propuestas y acciones que fortalezcan los aspectos de la democracia y las respuestas de los participantes ante la iniciativa del Estado comunal.

II.- Las Intervenciones de los invitados especiales:

Dr. Carlos Mascareño, profesor del Centro de Estudios para el Desarrollo (Cendes)

Estamos frente a un proyecto político complejo que afecta las bases de la democracia y la descentralización en Venezuela. Que requiere respuesta desde el liderazgo nacional y exige de nosotros formación.

Qué hacer? En el contexto de la dispersión de la sociedad civil y el papel de los partidos políticos en la democracia, aunque se tienen logros y responsabilidades que se pueden compartir en este encuentro

Es un modelo de autoritarismo electoral que afecta nuestros derechos al voto y la propiedad, elimina nuestra ciudadanía, con objetivos y medios claros para instaurarse

Dr. Rafael Macqhuae, profesor de la Universidad Metropolitana (UNIMET)

En la noción del Estado comunal y el poder popular el aspecto constitucional no es el foco, dado que tiene como experiencia previa el socialismo real, que en los años 80 existía en 82 países y hoy solo hay uno Cuba.

Desde la perspectiva económica, no es un sistema `para que funcione, dado que se fundamenta y lesiona algunos artículos constitucionales, para establecer una estructura de poder alternativa con un régimen de propiedad colectiva del Estado y un sistema de votación en el cual se expresa la voluntad de la mayoría que vote y concrete su participación, de alguna manera siempre tiene un referente constitucional, artículos 2, 5, 136, 174, 228 y 308.

Se manifiesta es aspectos como control de la participación, reducción de las ONGs, asociaciones, pocas decisiones y un elemento conceptual que pasa de comunidad a comuna y se sustenta en las necesidades.

Disuelve la sociedad en el Estado y establece la relación pueblo / gobierno / partido con incentivos. Se delimitan contenidos económicos de la propuesta del Estado comunal para avanzar en sus limitaciones y sus eelemntos organizativos a partir de las referencias legales y los discursos o eventos donde se muentran sus antecedentes o su desarrollo.

Dr. José Luis López, Presidente de FUNDASUCRE, Municipio Sucre, Miranda

Este proyecto nace a partir de una discusión histórica pendiente para generar un proyecto estado céntrico.

Desde el mundo político las propuestas se orientan a la descentralización y una ruptura del diálogo entre los movimientos sociales y los partidos políticos, sin valorar experiencias y propuestas desde el sistema de partidos.

Las organizaciones son creadas desde el Estado, la diferencia ahora está en la presencia de los militares y el tutelaje, sin valorar experiencias autogestionarias y de participación que se conocen desde antes o durante el período de la democracia.

Encontramos un cambio en la figura del presupuesto participativo, aunque siempre hay más proyectos que recursos. Se promueven instancias de cooperación y la promoción de desembolsos fraccionados y separados.

Promoción de la separación entre la sociedad y el estado nacional tomando en cuenta las necesidades de la sociedad y las soluciones que se aportan desde la misma sociedad o median6e los recursos del Estado.

Estas anotaciones sobre los aspectos tratados son referenciales pues la versión de las presentaciones, se pueden consultar para mayor detalle o las versiones grabadas que se obtendrán luego.

III.- Preguntas y comentarios

Terminadas las presentaciones se deja un tiempo para las preguntas, los comentarios y las propuestas en plenaria desde la perspectiva de los participantes, así como los aportes de los ponentes invitados. Entre los aspectos señalados se destacan:

·         Las preguntas o reflexiones sobre la constitucionalidad y legalidad de la propuesta del Estado comunal.

·         Las iniciativas de participación o involucramiento en la organización de los consejos comunales y las comunas.

·         Las consideraciones sociológicas y políticas sobre la democracia o la implementación del Estado comunal.

·         La importancia de establecer las diferencias entre la comunidad, los consejos comunales y las comunas.

·         Se pide aclaratoria sobre los recursos e ingresos que se disponen para llevar adelante la propuesta del Estado comunal.

·         Entendiendo que es un proyecto político en marcha, cualquier oposición o alternativa ante sus contenidos requiere de liderazgo y organización.

·         Se indica la necesidad de tener en cuenta en el esquema de los contenidos propuestos a la figura de los Distritos Motores de Desarrollo y el papel que cumple el CFG en los aspectos de planificación y financiamiento de los proyectos.

·         Se considera que la propuesta del estado comunal atenta contra la participación democrática en la medida en que limita o elimina dos de las características fundamentales de la participación: la espontaneidad de las comunidades y sus líderes y la autonomía en las decisiones y acciones.

·         Se solicita tener en cuenta que el modelo planteado delimita la diferencia entre la democracia y el autoritarismo.

·         Es importante el enlace que se hace entre el acceso a los recursos y la presentación de proyectos, a partir del reconocimiento y la integración de los consejos de planificación.

·         Tener presentes las diferencias entre las organizaciones comunitarias, las asambleas de ciudadanos y los consejos comunales.

·         Recordar el proceso de legitimación que ha tenido la propuesta a través de sucesivas votaciones.

·         Recordar que la situación actual viene precedida de los errores, las equivocaciones y las propuestas no resueltas durante varios años de nuestra democracia.

·         El tema del estado comunal se plantea en un contexto de polarización, donde la oposición no acaba de plantear una alternativa o las limitaciones reales de la implementación propuesta de las comunas o el Estado comunal.

·         Se plantea la necesidad de informar a la población, mediante un cuadro explicativo los mecanismos y las condiciones de la propuesta de las comunas y los consejos comunales.

·         Igualmente se insiste en la necesidad de informar sobre las diferentes áreas que conforman legalmente al poder popular o el estado comunal.

·         Al plantear las referencias a la democracia y sus contradicciones con el socialismo del siglo XXI, tener presente que existe un socialismo democrático reconocido internacionalmente.

·         Hay que delimitar o construir propuestas que se sobrepongan a la polarización y permita el reconocimiento de nuevos liderazgos y organizaciones.

·         Insistir en la necesidad de recuperar fuerzas y espacios para los planteamientos democráticos.

·         Resaltar que en el proyecto planteado se le da importancia o mayor interés al funcionamiento colectivo que a los aportes individuales de los ciudadanos y las comunidades particulares.

·         ¿Cómo hacer resistencia desde la sociedad? Tener en cuenta el capital político de la oposición y la diversidad de expresiones organizativas de la sociedad.

·         En relación a los liderazgos insistir en que esta no es una verdadera participación, pues se anula la existencia de los ciudadanos y las comunidades organizadas.

·         Hacer un esfuerzo en explicar las leyes aprobadas desde la AN o mediante la aplicación de las leyes habilitantes. En el contexto de la necesaria educación ciudadana.

·         Tener en cuenta el tema de los imaginarios desde la oposición y desde el chavismo.

·         Recordar que muchos de los aspectos expuestos se perciben como parte de un proceso de luchas populares por el acceso a recursos o expresiones de participación.

·         El reto está en cómo cambiar la minusvalía ciudadana.

·         Definir las ideas y el mensaje a comunicar

·         Insistir en que la propiedad y la libertad están en peligro y como se manifiestan estos conceptos en la vida diaria de la gente.

·         Realizar mesas de trabajo para el análisis, la discusión y las propuestas alternativas.

·         Rescatar la validez de la democracia representativa y los límites de la democracia directa.

·         Enfrentar la propuesta desde las elecciones y las gestiones positivas.

·         Definir el proyecto de país y de estado que queremos.

·         La alternativa está entre trabajar desde abajo (la base social) o desde las estructuras del gobierno.

·         Rechazar las comunas a partir de los modelos históricos que se conocen.

·         Insistir en que estamos frente a un proyecto político personalista o de grupo, que expresa un capitalismo de Estado y no un socialismo.

·         Buscar la manera y los temas para integrarnos como personas y organizaciones. Pensar a mediano y largo plazo y en acciones inmediatas.

·         Aprovechar las oportunidades para hacer oír nuestra propia voz y tener presentes los riesgos que se corren en el contexto de un mayor control del Estado sobre la sociedad.

·         Definir quiénes son nuestros aliados.

·         Aclarar mensaje, objetivos y estrategias

·         Valorar lo que estamos haciendo.

·         Al buscar un proyecto de país tener presente los contenidos del Programa de gobierno y los valores constitucionales.

·         Partir de las coincidencias entre los diferentes actores.

·         Establecer una red de redes a partir de los diferentes temas.

·         Diferenciar los argumentos de las emociones.

·         Considerar y hacerle seguimiento a la discusión del Plan Socialista II

·         Fortalecer el tejido social y los espacios que tenemos.

·         Tener en cuenta que existen redes de consejos comunales y de comunas.

·         Construir ciudadanía a partir de los principios y valores democráticos,

·         En nuestras respuestas considerar los planes y recursos

·         Reconocer a los otros. Identificar los discursos e imaginarios.

·         Discutir e informar. Organizar y participar.

·         Asociar las propuestas a proyectos.

·         Tener en cuenta las alianzas y los liderazgos.

·         Tener presente: organización, participación y educación.

·         Tener en cuenta que si bien las propuestas se consideran inviables, como una ingeniería social tiene un costo muy alto su aplicación

·         Los proyectos deben estar orientados a todos los poderes públicos.

·         Evaluar los elementos de la democracia liberal y de la democracia parlamentaria. Diferenciar los discursos y las gestiones de gobierno.

·         Valorar las iniciativas en red para la construcción de alternativas.

·         Tener en cuenta que en la democracia representativa se pueden hacer mejoras y se permite la alternabilidad.

·         Acompañar las protestas desde la sociedad y los partidos políticos.

·         Evaluar y mostrar la gestión de gobierno a partir de los programas presentados.

El Foro del IESA: "El Reto del Estado Comunal"




Con Ramón Piñango, Claudia Curiel y Jesús "Chuo" Torrealba

martes, diciembre 04, 2012

RETOS DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FRENTE AL ESTADO COMUNAL


Introducción

 
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que, el Estado venezolano es federal descentralizado y que está regido por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad (artículo 4). Por otra parte, también queda determinado en la Carta Magna, que el gobierno de la República y de las entidades políticas que lo componen es y será siempre democrático participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables (artículo 6).

Además, Venezuela como República adopta la participación como un rasgo distintivo transversal de su marco constitucional (un 37% de los artículos de  la CRBV refieren a la participación ciudadana). Así la participación pasa a constituirse en una cualidad estratégica para la gestión del poder público a nivel nacional, estadual y municipal. En tal sentido, federación, descentralización y la participación de los ciudadanos organizados -de manera libre y voluntaria-, conforman el pivote para un modelo orientado al menos formalmente a profundizar una democracia plural, incluyente y socialmente responsable.

A partir de 2006, el bloque socialista oficial actualmente en el gobierno, comenzó a impulsar un modelo de organización político y social alternativo o por lo menos ajeno al contenido de la Constitución Bolivariana; aún vigente en el país denominado “Socialismo del XXI”. En efecto, y luego de su reelección en el año 2006, el Presidente Chávez inició un proceso de aceleración para la implantación de ese modelo, mediante la estrategia central conocida como “Los Cinco Motores Socialistas”; a saber: i) la Reforma Constitucional; ii) la Ley Habilitante; iii) la Nueva Geometría del Poder; iv) Moral y Luces y v) la Explosión del Poder Comunal.

Los “Cinco Motores Socialistas” ofrecieron resultados diversos y relativos. La Reforma Constitucional fue derrotada política y electoralmente, la Ley Habilitante sirvió; sin embargo, para reimpulsar los objetivos socialistas; mientras la propuesta de la Moral y Luces pasaba desapercibida. Por último, la “Explosión del Poder Comunal” no ofreció los resultados esperados; pero la propuesta de la “Nueva Geometría del Poder” sirvió como basamento conceptual para la futura imposición del socialismo bolivariano; mediante el Estado Comunal. Y el  Estado Comunal se ha constituido en el principal reto a afrontar por el pueblo venezolano, que aún cree en la sociedad democrática como modelo de vida.


La base legal del Estado Comunal

El bloque parlamentario oficialista ha tratado de dar una base legal a la propuesta del Estado Comunal. Por ejemplo, a partir de 2008 y en el período de la Ley Habilitante, se promulgaron la Ley Orgánica de Administración Pública y la Ley Orgánica de la Comisión Central de Planificación que determinan condiciones institucionales para implantar el Estado Comunal. En  el año 2009; por otra parte se aprobó la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, mediante la cual se coopta estas instancias para la construcción del socialismo.

En el 2010 se promulgaron la Ley y el Reglamento del Consejo Federal de Gobierno que desvirtúan el marco constitucional de la Nación y tratan de legalizar una institucionalidad político-territorial centralista y de tendencia segregacionista para toda manifestación popular y comunitaria que no suscriban el “socialismo oficial” que trata de imponer el régimen. En la Ley y el Reglamento del CFG destacan los ejes y los distritos motores de desarrollo como nueva expresión territorial. Ese mismo año -desde una Asamblea Nacional saliente-, se impulsan un conjunto de leyes destinadas; según los ideólogos oficiales a la consolidación del “poder popular” como génesis del Estado Comunal.

En este sentido, se aprobaron casi de manera simultánea la Ley Orgánica del Poder Popular como “paragua” al entramado comunal, la Ley Orgánica de Las Comunas para dar organicidad a la célula básica del Estado comunal, la Ley Orgánica del Sistema de Economía Comunal como brazo articulador de la economía socialista, la Ley Orgánica de Contraloría Social dirigida a ejercer el control sobre la gestión económica de los recursos en los órganos del poder público, la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular que consagra el sistema de nacional de planificación desde una óptica centralista, la Reforma de la Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación, la Reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública y la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en la que se somete a los dos órganos de participación mencionados y al propio municipio, a lineamientos de gestión centralizada. Pero en concreto: ¿qué es el Estado Comunal?

El Estado Comunal

El Estado Comunal sería una forma de organización político-social en el cual, el poder es ejercido directamente por el pueblo; a través de los autogobiernos comunales, con un modelo económico de propiedad social y de desarrollo endógeno y  sustentable que permita alcanzar la suprema felicidad a las venezolanas y los venezolanos en la sociedad socialista. La célula fundamental en la conformación del Estado Comunal es la Comuna. (Ley Orgánica de Las Comunas, artículo 4).

 
En el Estado Comunal se visualiza el socialismo que propone el actual gobierno para Venezuela. El cual supone: un nuevo ordenamiento territorial basado en la comuna; un modelo económico basado en la propiedad social y la planificación centralizada y una nueva forma de participación “ciudadana tutelada” en la gestión de gobierno. El Estado Comunal posee una base técnica en el Plan 2007-2013 (Proyecto Nacional Simón Bolívar).

El Estado Comunal supone un nuevo ordenamiento territorial para la construcción del socialismo, que comprende los Ejes Estratégicos, los Distritos Motores de Desarrollo y las Comunas. Y también el progresivo “traspaso” de las atribuciones y de sus recursos financieros de los estados y municipios a las nuevas entidades territoriales. En este contexto, cabe destacar el concepto de “distrito motor”; que se entiende como la unidad territorial decretada por el Ejecutivo Nacional; cuyos límites podrán coincidir o no con los límites político-territoriales de los estados, municipios o dependencias federales. Cabe agregar que, por cada Distrito Motor de Desarrollo, el Ejecutivo Nacional designará una Autoridad Única Distrital (véase Reglamento del CFG) que se convertiría en el verdadero jefe de gobierno regional, estadal e incluso municipal al margen de cualquier proceso de elección popular.

El otro componente territorial del Estado Comunal es la Comuna. Técnicamente, la Comuna es un espacio socialista definido como la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno, sustentable y socialista contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo. Pero la Comuna además está dentro del municipio como una entidad local especial y, que por lo tanto, en nuestra opinión debería responder a los lineamientos de desarrollo del Poder Público Municipal pero no lo hace; aunque se pretende que reciba recursos presupuestarios de los ingresos propios de esa instancia.

De la misma manera, la Comuna carece de atribuciones y competencias específicas; salvo aquellas referidas a la edificación de un modelo determinado y finalista de sociedad y, las otras vinculadas a la construcción del poder popular. Un elemento a destacar es la precariedad del mecanismo de constitución y definición territorial de una Comuna que depende de una mayoría circunstancial de votantes de un registro electoral y no oficial, como sería el proveniente de sumatoria de los registros electorales de los consejos comunales involucrados en su conformación.

En el plano económico, la Comuna posee su manifestación organizativa y operativa. En principio, la Comuna, parte de un concepto central como es el de la “propiedad social”. La propiedad social se entiende como el derecho que tiene la sociedad de poseer medios y factores de producción o entidades con posibilidades de convertirse en tales, esenciales para el desarrollo de un vida plena o la producción de obras, bienes o servicios, que por condición y naturaleza propia son del dominio del Estado; bien por su condición estratégica para la soberanía y el desarrollo humano integral nacional o porque su aprovechamiento garantiza el bienestar general, la satisfacción de las necesidades humanas, el Desarrollo Humano Integral y el logro de la Suprema Felicidad Social (LOSEC, artículo 6).

En otras palabras, en la Comuna y, por ende en el Estado Comunal la “propiedad privada” y el libre emprendimiento se encuentran muy limitados o casi no existen; pues el gran propietario es el Estado como garante de la soberanía y la felicidad social; entre otros aspectos. Además, el Estado Comunal propiciaría solamente la constitución de las organizaciones socio-productivas de carácter colectivo (y comunal) dependientes por cierto de los recursos financieros del poder nacional y de los lineamientos de la planificación centralizada.  

 
La Comuna; por otra parte, posee  una estructura de gobierno muy complicada y burocratizada (Consejo Ejecutivo, Parlamento Comunal, Comités de Gestión) que al igual que los Distritos Motores de Desarrollo tampoco responden a los principios constitucionales vigentes de elección directa, universal y secreta. Un comentario adicional al respecto es que, los componentes de una Comuna -con capacidad de decisión sobre la vida del colectivo-, como el Consejo de Economía Comunal, los Consejos de Planificación Comunal o la Justicia Comunal responden a criterios de cooptación y, en todo caso, a mecanismos de elección de segundo y tercer grado.  En otras palabras, la participación política en la Comuna es “tutelada” y dependiente de las decisiones (u orientaciones) del Ejecutivo Nacional; por medio de la gestión de los Ministerios del Poder Popular.

Estrategias implementadas para imponer el Estado Comunal

Existen un conjunto de estrategias ejecutadas por el bloque oficial socialista para implantar el proyecto del Estado Comunal. Por ejemplo: i) en el campo económico se ha venido avanzando en la estatización de distintos sectores de la economía nacional; ii) en el sector social se busca directamente la imposición de un modelo único de organización comunitaria y social y la limitación a los derechos de libre asociación; mediante la exclusión de los registros de reconocimiento jurisdiccional de las organizaciones independientes; iii) en la esfera política, la estrategia se ha basado en la polarización, la restricción a las libertades democráticas y al derecho al sufragio y el debilitamiento institucional; iv) en materia legal se ha realizado una aprobación discrecional de leyes al margen del marco institucional para tratar de darle un “piso legal” al modelo y v) por último, en el ámbito territorial la reversión de la descentralización, el debilitamiento financiero de estados y municipios y el impulso del “mal denominado” poder popular.

¿Qué proponemos?

Proponemos para la discusión, las siguientes líneas de acción: i) defender estados y municipios. Reformar la Ley del Consejo Federal de Gobierno, su Reglamento y la Ley Orgánica de Las Comunas, ii) impulsar el proceso de descentralización del poder nacional hacia estados y municipios, iii) impulsar la transferencia de programas y servicios de las entidades federales hacia las comunidades y grupos vecinales organizados, iv) garantizar el acceso de los recursos presupuestarios de estados y municipios. Incorporar a los consejos comunales al proceso de transferencia de programas y servicios y re-vincularlos al municipio y, v) rescatar las Juntas Parroquiales y cualquier otro mecanismo de participación democrática, plural y diversa.

lunes, diciembre 03, 2012

¿ESTADO COMUNAL O DEMOCRACIA?



Con éxito la Asociación Civil "Gestión de Cambio" realizó el pasado viernes 30 de Noviembre, en la Universidad Católcia Andrés Bello (UCAB), Montalbán ; Caracas, el conversatorio "Estado Comunal o Democracia" con participación de  académicos y dirigentes comunitarios, empresariales y sociales. Representantes de Fedecámaras (Miranda), de la UCAB; UNIMET, y de la UCV; así como líderes comunitarios de Anzoátegui, Bolívar, Mérida, Miranda y el Municipio Libertador; y dirgentes sociales de organizaciones no gubernamentales como "CESAP", "Libertad Ciudadana" y AC "CONVITE" reflexionaron en torno a los retos democráticos frenrte a la propuesta ideológica impulsada por el Gobierno Nacional. ¿Resultados de la jornada? Muy pronto por este mismo canal...

sábado, diciembre 01, 2012

Afinan reforma para dar legalidad a juntas comunales

El diputado Julio Chávez (PSUV): se hicieron cuatro reuniones de consulta

Cambios a la Ley de Consejos Locales de Planificación podrían estar listos para la última sesión plenaria de este año.
 
La Asamblea Nacional trata de resolver el limbo jurídico en el que quedaron las juntas parroquiales al ser sustituidas por las juntas parroquiales comunales en la reforma de la Ley del Poder Público Municipal en 2010.
Mientras las primeras figuran en la Constitución y eran elegidas en elecciones directas, universales y secretas, las segundas fueron creadas para adaptarlas al paquete de leyes del poder popular.
Uno de los tres proyectos que se planteó para este año la Comisión de Participación del Parlamento fue reformar la Ley de los Consejos Locales de Planificación, para darles sustento jurídico y viabilidad práctica a las juntas parroquiales comunales.
El integrante de la comisión, Julio Chávez (PSUV), precisó que las modificaciones serán puntuales para los artículos 6, 7 y 8, referidos la integración del consejo local, la elección de sus miembros y los lapsos de elección.
“Lo que buscamos es reestructurar los consejos locales de planificación para que las juntas parroquiales comunales tengan cabida, que no haya ningún vacío en cuanto a su reconocimiento y forma de escogencia. Hay que recordar que los planes anuales que aprueban las instancias estadales son la sumatoria de los planes municipales y comunales. Es importante resolver la participación de la junta parroquial comunal en ese engranaje”, dijo.

Mano alzada
Precisó que lo primero es establecer que la escogencia de las juntas parroquiales comunales se haga en asambleas de ciudadanos en cada parroquia. “Lo segundo es que sean elegidos de forma democrática y protagónica a través de los comités electorales de los consejos comunales en asambleas populares”, señaló. El mecanismo de escogencia sería público y mano alzada, y en él participarían los habitantes registrados en la comunidad, mayores de 15 años.
El diputado recordó que bajo la nueva concepción los integrantes de la junta parroquial comunal dejaron de ser empleados públicos pagados por el Estado, para ser representantes del poder popular. Acotó que las juntas parroquiales comunales también tendrán representación en el Consejo de Planificación Estadal. Para ello también revisan la ley respectiva: “El foco se ha puesto en los consejos locales, por eso no tengo a mano el articulado que se reformaría en ese otro caso”, dijo.
Julio Chávez informó que la comisión realizó cuatro rondas de consultas con miembros de juntas parroquiales, alcaldes y dirigentes comunitarios. “Debo decir que la oposición también participó en las reuniones y en este momento hay consenso de cómo van a quedar redactados los artículos. Se someterá a consideración de la comisión y antes de terminar el segundo período de sesiones debe estar en manos de la directiva”, señaló.

jueves, noviembre 29, 2012

Hermánn Escarrá: El Estado comunal es constitucional

 

El abogado constitucionalista Hermann Escarrá
 
El abogado constitucionalista y analista político explicó que el Estado comunal está vinculado con el movimiento de organización comunitaria del pueblo
 
25 de noviembre 2012 - 11:09 am
El abogado constitucionalista y analista político Hermánn Escarrá, explicó que el Estado comunal está vinculado con el movimiento de organización comunitaria del pueblo, como los consejos comunales, contemplados por la Constitución bolivariana en sus artículos 2, 5, 70 y 184.
"Eso está previsto en la teoría del Estado social y democrático de derecho y de justicia -artículo 2 de la Constitución-; en que la soberanía reside exclusivamente en el pueblo -artículo 5-; en que además de las asambleas de ciudadanos u otras organizaciones y elecciones periódicas, el pueblo se puede organizar de diferentes formas -artículo 70-", y al tiempo explicó que el artículo 184 prevé la empresa comunal, las organizaciones de base y el barrio como espacio para la oganización social.
Al ser entrevistado este domingo en el programa José Vicente Hoy, transmitido por Televen, Escarrá afirmó que el Estado comunal no atenta contra la Carta Magna, ni contra gobernadores y alcaldes, tampoco conspira contra la descentralización, "el artículo 184 de la Constitución acentúa la empresa comunal en la descentralización y más bien la fortalece".
"La Constitución sólo sería violentada si el consejo comunal asumiría las competencias que le son propias a los gobernadores, alcaldías o al régimen municipal", recalcó.
No es comunismo
El abogado constitucionalista también puntualizó que el tema del Estado Comunal no está vinculado con la noción comunista, sino con lo que la Constitución llama la organización comunitaria del pueblo.
"Un planteamiento sobre el comunismo, o sobre un socialismo distinto al democrático, conllevaría a sustituir la fórmula política de la Constitución y entonces el poder constituyente tendría que dirimirlo; habría que ir a una convocatoria de una nueva Asamblea Constituyente y que se produzca un debate como dilema, que yo hasta ahora no lo veo".
En Venezuela se convocó en 1999 al pueblo a elegir a los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente y aprobó una nueva Constitución. Escarrá recordó que durante este proceso distintos sectores de la vida nacional presentaron diversas propuestas.
Mencionó que se presentaron 19 proyectos constitucionales, una de ellas el Consejo Presidencial Constitucional.
Poder constituyente se expresa en el pueblo
Escarrá también aclaró que hay manifestaciones del poder constituyente, como el referéndum, las consultas populares, la organización comunitaria y social del pueblo, que no necesariamente tienen como finalidad elaborar una nueva Constitución.
Explicó que la legitimidad de un proceso constituyente reside en la soberanía popular, creadora del poder constituyente, cuyo rasgo es más político que jurídico y por tal motivo hay sectores que temen a que se active este mecanismo.
"El Estado constitucional se monta en dos columnas: una norma que obliga por igual a gobernantes y gobernados; y otra con respecto a que el titular único de la soberanía es el pueblo y, por lo tanto, del poder constituyente", explicó

martes, noviembre 27, 2012

ENTREVISTA KIOMARA SCOVINO, PRESIDENTA DE ASOPRAES

 

"Construyen el Estado comunal sobre la base de la exclusión"

"Las comunas arrancan con muchos consejos comunales de papel. Unos con recursos y otros no" "Aunque queremos participar, nos hemos encontrado con una pared en el Ministerio de las Comunas"

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La dirigente vecinal indica que el sistema de los consejos comunales está hecho para favorecer a una opción política EDSAU OLIVARES
DALYLA DENNERY| EL UNIVERSAL
lunes 26 de noviembre de 2012
Para Kiomara Scovino, la exclusión ha sido la característica principal del sistema comunal en el país.

Con más de diez años incorporada a la lucha vecinal, la presidenta de la Asociación de vecinos de Prados del Este y miembro del consejo comunal de la zona, considera que "para hablar de inclusión y participación tendríamos que poder auditar y hacer contraloría social a esa caja negra que son las bases de datos del Ministerio para las Comunas".

-¿Cuál ha sido la reacción de los vecinos ante el anuncio del Ejecutivo sobre el Estado comunal?

-Nos preocupa el atrevimiento del Gobierno de tratar de implementar leyes inconstitucionales y antes de las elecciones regionales, lo que es una imprudencia. Políticamente nos está poniendo en alerta, pues tenemos que organizarnos para hacer frente a esto y que no nos agarre de sorpresa.

Sin embargo, los ciudadanos debemos darle respuesta a esto de manera clara, contundente y organizada.

-¿Cuál es la situación legal de los consejos comunales del municipio Baruta?

-Siempre ha habido una intención de participar, pero hemos encontrado una pared en el Ministerio de las Comunas porque el ánimo político ha sido siempre bloquear la organización, incluso cuando se cambió la Ley de Consejos Comunales y se eliminan las mancomunidades, que eran la organización de muchos consejos.

Actualmente, algunas de estas organizaciones contamos con el registro y otras no, pero para eso atravesamos una batalla legal y acudir a tribunales para que nos registraran, introdujimos un recurso por abstención para que nos legalizaran porque estábamos cumpliendo con la Ley, pero para que lo admitieran tardaron ocho meses, para que respondieran otros meses más y cuando finalmente nos dieron el registro faltaban meses para que se venciera el período del consejo, es decir, nos legalizaron entre comillas porque nosotros no deberíamos necesitar aprobación para poder ejercer la ciudadanía (... ) Los ciudadanos para participar en esto que llaman proceso de inclusión tenemos que pasar alcabalas políticas que desmotivan al ciudadano, todo tiene un fin político.

-¿Cree que eso se repetiría con las comunas?

-Por su puesto, eso está diseñado para tal fin. La gente se desanima, ya no se organiza y no participa. Como dice el dicho, sin disparar un tiro nos sacaron del campo de batalla; con las comunas es lo mismo porque participan solo consejos comunales registrados y al final del camino los que participan son los que diga el Gobierno.

- ¿Al final las comunas serán un ente político?

-Claro, porque para empezar cuando meten el socialismo de punta a punta en la Ley de Consejos Comunales y de las Comunas y te ponen a competir de manera desleal ya lo están politizando. Cuando ponen a competir además frente a un municipio al que le quitan presupuesto, competencias y a atribuciones, es debilitar el municipio a favor de la comuna.

-¿Considera que los mecanismos de participación ciudadana ya existen?

-Los mecanismos de participación existen, pero no se pueden utilizar, porque como consejo comunal si nosotros pedimos algo, aunque estemos registrados no nos lo dan, cuando se solicita alguna obra o recursos pasa por el tamiz del Consejo Federal de Gobierno que tiene un baremo de prioridades. En el caso del presupuesto participativo, las grandes obras pasan nuevamente por el Consejo Federal de Gobierno y las alcaldías tienen los recursos limitados y se sigue dependiendo del poder central.

- Qué es lo que piden como organización vecinal?

-Queremos empezar de cero porque esto se está construyendo sobre una base inconstitucional y de una profunda exclusión, tenemos que sincerar desde los consejos comunales el asunto. Cuando se cambia la ley y se le incluye la palabra socialismo hay exclusión abiertamente. Así arrancan las comunas con estos consejos comunales de papel.