domingo, junio 14, 2009

OTRAS NOTAS SOBRE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y SUS VALORES SUPERIORES

La participación ciudadana supone un nuevo paradigma para el funcionamiento de la gestión democrática del gobierno. En ese esquema, la participación del individuo, del pueblo, de las comunidades organizadas y también de sus entidades asociativas persigue otorgar, al menos protagonismo y corresponsabilidad en los procesos de gobierno. La participación ciudadana es un proceso social y político autónomo, crítico y dinámico que se propone la democratización de las relaciones de poder en una sociedad. La participación ciudadana está motivada por intereses y valores que se pueden desarrollar individual y colectivamente, en relación a la sociedad y con respecto al Estado, dentro de unas condiciones históricas concretas y, bajo un contexto favorable o no, establecido de manera formal (en el marco jurídico) o de manera informal derivado de la dinámica impuesta por los actores de la propia sociedad.

La participación popular puede ser clasificada en tres tipos básicos: la participación política, la participación comunitaria y la participación social. En términos muy sencillos, la participación política es aquella intervención de los ciudadanos; a través de los partidos políticos, en órganos de representación como parlamentos, concejos municipales y cualquier otro que represente los intereses globales de una comunidad política. La participación comunitaria estaría constituida por iniciativas ciudadanas con el propósito de recibir asistencia estatal (pública) para atender asuntos inmediatos de interés colectivo. La participación social está referida a los fenómenos de agrupación de los individuos en organizaciones al nivel de la sociedad civil para la defensa de intereses sociales.

La participación ciudadana constituye una práctica cada vez más extendida en nuestro continente como un medio de inclusión del pueblo en los procesos técnicos y políticos referidos a la gestión de gobierno. En toda América Latina, han emergido y se han consolidado experiencias exitosas de participación ciudadana; entre otros casos resaltantes podemos citar: el Presupuesto Participativo de Porto Alegre y Curitiba en Brasil; la organización de los Consejos Comunales, en las comunas (equivalentes a los municipios venezolanos) de Chile; los Gabinetes Comunitarios implementados en Colombia o los más recientes Consejos de Participación Ciudadana de Nicaragua, representan referencias específicas del avance sostenido de esta práctica de inclusión popular en la esfera de los asuntos públicos.

El desarrollo de la participación ciudadana se ubica preferiblemente en ámbitos político-territoriales sub-nacionales, como estados, provincias, ayuntamientos, municipios o alcaldías; sin que esto implique que su práctica no involucre a las agencias del gobierno central. En todo caso, la participación ciudadana supone una mejor práctica; mediante medios de gestión pública descentralizada y desconcentrada.

El ejercicio de la participación ciudadana puede abarcar funciones ejecutivas, deliberantes, contraloras y de justicia. La función ejecutiva está referida a la co-gestión de programas sociales o servicios públicos; mediante acuerdos entre el Estado (nacional estadal o municipal) y las entidades asociativas civiles y, por supuesto, con las comunidades. La función legislativa comprende la posibilidad que tienen individuos, colectivos sociales y comunidades de emprender consultas públicas e iniciativas legislativas sobre temas específicos. La función contralora implica la posibilidad real de que los ciudadanos, colectivos sociales y comunidades organizadas ejerzan el control sobre la gestión gubernamental; y, la participación ciudadana relacionada con la justicia se basa en la posibilidad de impulsar mecanismos alternativos de resolución de conflictos en ámbito locales y comunitarios. Un último comentario preliminar es que la participación popular es promovida con mucha frecuencia y preferencia en procesos de planificación local y de gestión de programas sociales.

A los efectos de una buena práctica de la participación popular, ésta tendría que enmarcarse dentro de un conjunto de valores superiores como universalidad, corresponsabilidad, equidad, cooperación, igualdad de oportunidades, legalidad, solidaridad, pluralismo, transparencia y tolerancia.

La universalidad supone la práctica de la participación; bajo la integración de acciones, bienes o responsabilidades. La corresponsabilidad implica la responsabilidad compartida entre los actores públicos y privados, para el ejercicio de la participación. La equidad debe contribuir al ejercicio de los derechos que posee cada individuo. Mientras que la cooperación propiciaría el entendimiento y el intercambio entre los actores públicos y privados para el logro de los objetivos propuestos. La igualdad de oportunidades propenderá a la oferta de posibilidades semejantes, parecidas y proporcionadas entre los actores involucrados. La legalidad debe garantizar reglas claras y pre-establecidas para todos los agentes individuales y colectivos vinculados. La solidaridad propicia la adhesión a causas y empresas entre los actores de una comunidad, de un colectivo social o entre comunidades y colectivos sociales distintos. El pluralismo admite los distintos enfoques, posiciones y tendencias que puedan existir en los miembros de una comunidad o colectivo. La transparencia debe propiciar la accesibilidad de la información para todos los agentes o actores vinculados a un proceso determinado. Por último, la tolerancia respetará la libertad de los demás, sus formas de pensar, de actuar y a sus opiniones políticas y religiosas.

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