domingo, julio 10, 2016

YA VIENE EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO




Hasta el día 31 del mes de Julio de cada año, tienen plazos los alcaldes de los 335 municipios de Venezuela para presentar ante la plenaria de sus respectivos Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) la previsión presupuestaria correspondiente al plan de inversión municipal del ejercicio fiscal siguiente; en este caso, el estimado para el año 2017. Se abre así, el ciclo del presupuesto participativo que durará hasta el mes octubre; lapso en el que las comunidades organizadas pueden incidir en la elaboración del plan anual de inversión municipal. 

En efecto, una parte del plan anual de inversión municipal recoge las propuestas de inversión presentadas por las comunidades organizadas; mediante el presupuesto participativo. En la casi totalidad de los municipios venezolanos se encuentran obras que construidas a raíz de solicitudes formuladas por vecinos y comunidades en el ejercicio de un derecho constitucional: el derecho a la participación en los asuntos públicos (CRBV. Artículos 62 y 184). 

El presupuesto participativo en Venezuela viene desde los años 80, con antecedentes claros en los municipios Caroní (del estado Bolívar) y Morán (del estado Lara). Tales antecedentes fueron posibles por gestiones locales con una visión incluyente y democrática del gobierno municipal. Luego de su inclusión en la Constitución Nacional, el presupuesto participativo fue “normado” inicialmente por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (año 2005); más adelante y más específicamente fue recogido en la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (año 2006).   

La aplicación del presupuesto participativo en Venezuela, no ha sido fácil ni fluida. Por una parte, factores externos a los municipios han dificultado su implementación adecuada. Me refiero; por ejemplo, a su baja capacidad de generar ingresos propios, a los retrasos en la entrega del situado constitucional o la creciente inflación que azota la economía nacional. Otra dificultad es que la planificación del desarrollo municipal no ha sido ni valorada ni desarrollada, lo suficiente. 

Un problema adicional para el presupuesto participativo municipal es el acceso directo que ahora tienen los consejos comunales a recursos financieros del Fondo de Compensación Interterritorial del Consejo Federal de Gobierno. Con ello, los municipios ven restringida su capacidad de ordenar su gestión en su propio territorio. Sin embargo, el interés de los vecinos y comunidades organizadas para realizar diagnósticos y presentar incluso proyectos, es continuo y creciente. Y es que, desde hace algunos años la dirigencia vecinal tiene consciencia de la posibilidad de incidir en un área estratégica del municipio: la elaboración del plan anual de inversión. 

Se acerca pues, el tiempo en el que las alcaldías y sus respectivos CLPP deben activar el proceso de presupuesto participativo. Al margen de cualquier consideración técnica resulta muy gratificante observar o participar en las reuniones que realizan las comunidades para formular su diagnóstico y preparar sus propuestas. También son muy interesantes los encuentros e intercambios que se establecen entre los alcaldes, sus directores y los vecinos para considerar las necesidades comunitarias.
 
La experiencia me indica que, el presupuesto participativo debe ser revisado y mejorado. Creo que aspectos;  tales como los criterios de selección de las propuestas vecinales; así como también de los medios de control ciudadano y de rendición cuentas requieren de una evaluación institucional y técnica pero también de naturaleza democrática y libre de prejuicios burocráticos. El presupuesto participativo además de ser un derecho ciudadano, también representa una forma de descentralizar la gestión de las políticas públicas y de promover la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad justo en el ámbito más estratégico; es decir, el municipio.

viernes, julio 08, 2016

ACUERDO PARA EL RESCATE Y LA PROFUNDIZACIÓN DE LA DESCENTRALIZACION EN VENEZUELA


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Como Vocera del Pueblo Soberano
ACUERDO PARA EL RESCATE Y LA PROFUNDIZACIÓN DE LA DESCENTRALIZACION EN VENEZUELA

CONSIDERANDO

Que según el artículo 4 de la Constitución Nacional, nuestra República es un
Estado federal descentralizado y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad;

CONSIDERANDO

Que de acuerdo al artículo 6 del texto constitucional, el gobierno de la
República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen, es y será siempre descentralizado;

 CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 157 de nuestra
Constitución Nacional, la representación popular en la Asamblea Nacional puede “...atribuir a los Municipios o a los Estados determinadas materias de la competencia nacional, a fin de promover la descentralización”;

CONSIDERANDO

Que la misma Constitución Nacional, en su artículo
158, declara la descentralización como una política nacional, a través de la cual debe profundizarse la democracia, “...acercando el poder a la población y creando
las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos esta tales”;

CONSIDERANDO

Que a partir del año 1999 el país ha sufrido un proceso signado por el centralismo que ha concentrado el poder, las decisiones, las competencias y los recursos en el nivel nacional de gobierno, con lo cual se han afectado las atribuciones tanto de gobernaciones como de alcaldías y comunidades organizadas, lo cual ha producido un grave deterioro de todos los servicios públicos, ocasionándose un malestar generalizado en la población venezolana;

CONSIDERANDO

Que distintas disposiciones constitucionales y legales que atribuyen competencias a estados, municipios y comunidades organizadas, son irrespetadas por el Poder Ejecutivo Nacional;



CONSIDERANDO

Que existe una íntima relación entre la política de descentralización y uno de los problemas fundamentales del país, la pobreza, y a que en la medida en que el país se descentraliza, las gobernaciones, alcaldías y las mismas comunidades  organizadas podrán combatirla de manera más eficaz, eficiente y efectiva;

CONSIDERANDO

Que en los últimos años han entrado en vigencia leyes que atentan contra la política constitucional de descentralización y que tergiversan conceptos universales como federalismo, sociedad organizada, descentralización, transferencia de competencias, entre otras las siguientes: Ley del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento, Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Ley Orgánica del Poder Popular y sus leyes conexas, Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, Ley General de Puertos, Ley de Aviación Civil, Ley de Transporte Terrestre, Ley de la Comisión Central de Planificación, Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados.

ACUERDA

Primero.
Asumir desde la Asamblea Nacional la lucha por la construcción de un verdadero Estado Federal Descentralizado, y así darle vigencia a la Constitución del 1.999, especialmente a los artículos 4, 6, 157 y 158, y detener la aplicación del régimen político y económico rechazado por los ciudadanos mediante referéndum en el año 2007.

Segundo.
Exigir al Poder Ejecutivo Nacional el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales que promueven la transferencia del poder a estados, municipios y comunidades organizadas. En ese sentido exigimos: a) Se municipalice el servicio de distribución de agua, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Prestación de los
Servicios de Agua Potable y de Saneamiento. b) Sean devueltas las policías municipales que han sido intervenidas por el gobierno nacional, en virtud de que el servicio de policía municipal corresponde a los municipios de conformidad con el artículo 178, numeral 7, constitucional. c) Se respete la competencia y se otorguen recursos a las alcaldías para que administren la atención preventiva y primaria en materia de salud, así como la educación inicial, de conformidad con el artículo 178, numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. d) Se respeten las competencias a los municipios en materia de prestación de los servicios públicos domiciliarios para el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, especialmente en las áreas de electricidad, gas doméstico, alcantarillado, canalización y disposición de aguas servidas.

Tercero.
Impulsar un proceso de legislación que priorice leyes para el
desarrollo del Estado federal descentralizado, y así se sustituya el estado comunal socialista y centralizado que se ha venido imponiendo de manera inconstitucional, con lo cual se debe: a) Sancionar la Ley Orgánica del Estado Federal Descentralizado. b) Sancionar la Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal. c) Reformar la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. d) Reformar la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. e) Reformar las leyes sobre el régimen del Distrito Metropolitano de Caracas. f) Adecuar las leyes del Poder Popular a lo establecido en la Constitución Nacional.

Cuarto.
Exigir a Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA), el pago a los municipios de las deudas por: a) las retenciones recaudadas de los contratistas en base al impuesto a actividades económicas. b) las ventajas especiales, antes conocidas como regalías petroleras.

Quinto.
Buscar mecanismos apropiados para que los municipios y estados logren su autonomía financiera con rendición de cuentas, y regular lo concerniente a las fuentes de ingresos de estos: Situado Constitucional, Fondo de Compensación Interterritorial, asignaciones económicas especiales derivadas de minas e hidrocarburos, entre otras.

Sexto.
La Asamblea Nacional se compromete a asumir la descentralización como una medular política de Estado, que permita que la solución de los problemas esté donde los problemas se producen y que produzca a la población venezolana una mejor calidad de vida.

Séptimo.
Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los siete días del mes de julio de dos mil dieciséis. Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

HENRY RAMOS ALLUP
Presidente de la Asamblea Nacional

ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ
Primer Vicepresidente

 JOSÉ SIMÓN CALZADILLA
Segundo Vicepresidente

domingo, junio 12, 2016

CRISIS EN VENEZUELA: MEDIACIÓN INTERNACIONAL Y REFERENDO REVOCATORIO




La crisis en Venezuela se agrava por el creciente desabastecimiento de alimentos y medicinas que padece la población; y por la decisión gubernamental de reprimir cualquier manifestación de descontento popular que ocurra en el país. Mientras, la mediación internacional se inició con tropiezos; por lo que no parece una opción cercana, por ahora. Al país, sólo le queda la realización del referendo revocatorio como un camino para salir de la crisis; si la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y sus aliados sociales logran sortear los obstáculos institucionales que ha colocado el Consejo Nacional Electoral (CNE).  
Los niveles de desabastecimiento en alimentos y medicinas que sufre la población venezolana alcanzan niveles de crisis humanitaria. En los centros poblados (grandes y pequeños) de todo el país, los ciudadanos deben hacer largas filas para tratar de adquirir el conjunto de productos regulados; por ser considerados de primera necesidad. Sin embargo, transcurridos ya meses, la crisis de acceso a los productos de la dieta diaria se ha agudizado; provocando protestas populares que a diario reclaman su derecho al acceso de bienes y servicios de calidad.
A la escasez de productos en el mercado se suma la creciente inflación (180% al cierre del pasado año 2015) y, el debilitamiento sostenido de los canales regulares de distribución de alimentos. Esto ha propiciado el surgimiento de un “mercado ilegal” de mercancías. Una reciente medida del presidente Maduro creó los denominados consejos locales de administración y producción (CLAP) con el propósito de entregar una bolsa de productos regulados por casa, cada 28 días. Los CLAP constituyen un mecanismo “clientelar” y burocrático con el cual se pretende racionalizar y direccionar el consumo popular de alimentos y de artículos de aseo personal.  
Los CLAP requieren para su creación de representantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) por medio de sus frentes sociales; a saber: i) de las “Unidades de Batalla Bolívar-Chávez” (UBCH); ii) del Frente Francisco de Miranda (FFM), organización política socialista (fundada en La Habana, Cuba en el año 2003); iii) de la Unión Nacional de Mujeres (UNAMUJER); y iv) de los consejos comunales cooptados por el régimen. Con la puesta en marcha de estas instancias se coloca una nueva traba; ahora de naturaleza ideológica, para el acceso y consumo de productos.       
En la Organización de Estados Americanos (OEA) quedó pospuesta para el día 23 de junio la reunión para el análisis y discusión del informe preparado por Luis Almagro, que considera la aplicación de la Carta Democrática a Venezuela. Sin embargo, en su sesión extraordinaria, de fecha 1° de junio, el Consejo Permanente de la entidad aprobó por consenso, una declaración dirigida a: i) la identificación de  mecanismos que coadyuven a un diálogo abierto; ii) el respaldo a la iniciativa de diálogo del grupo de ex presidentes (a través de la Unasur) y, iii) la promoción del entendimiento de todas las partes involucradas en la situación del país.
Pese al apoyo conseguido por la OEA, la iniciativa emprendida por la Unión de Naciones Suramericana (UNASUR) presenta serias dificultades. En fecha 27-05-2016, se realizó una primera reunión exploratoria (y por separado) en la República Dominicana con representantes de la MUD y del gobierno venezolano. El encuentro fue conducido por los ex-presidentes Leonel Fernández, Martín Torrijos y José Luis Rodríguez Zapatero. A los pocos días y, luego que el ex-presidente Rodríguez Zapatero visitara al líder democrático Leopoldo López en la prisión militar de “Ramo Verde”, la iniciativa de diálogo propuesta por UNASUR sufrió un serio revés, al trascender a la opinión pública que el ex-presidente español habría propuesto a los líderes democráticos la posposición del referendo revocatorio a cambio de la liberación de los presos políticos. En tal sentido, con la OEA obstaculizada en su proceso de toma de decisiones y UNASUR con baja credibilidad, las acciones de mediación quedan en una posición vulnerable.
Además, se erigen como trabas importantes a la realización de cualquier iniciativa de diálogo: i) los continuos retrasos implementados por el propio Consejo Nacional Electoral (CNE) para impedir el desarrollo del referendo revocatorio y ii) las más recientes agresiones; por parte de colectivos paramilitares afectos al PSUV, contra diputados de la plataforma democrática como Julio Borges.
La solicitud de un referendo revocatorio corresponde al ejercicio de un derecho constitucional. Como se sabe, la MUD logró que más de 2 millones de ciudadanos venezolanos firmaran la solicitud correspondiente. En una segunda fase, se consignaron ante el CNE cerca de 2 millones firmas de las cuales el organismo electoral excluyó 600 mil firmas; sin un criterio claro. Firmas como la Henrique Capriles fueron desechadas. Toca ahora, validar un total de 1.3 millones de firmas; por parte de los electores (no excluidos) en el lapso comprendido entre 20-24 de junio. Para ese proceso, el CNE dispuso tan sólo de 24 oficinas en todo el país (a razón de 1 oficina por entidad federal). Para la MUD esto significa un reto crucial; tanto de orden político como organizativo.
La delicada situación venezolana requiere de una observación internacional adecuada basada en la democracia y en la defensa de los derechos humanos. Por lo tanto, esa mediación internacional debe ser imparcial, responsable, incluyente y también eficaz. La solución a la crisis humanitaria en Venezuela pasa por la realización de un referendo revocatorio que permita sentar las bases del cambio necesario sobre la voluntad del pueblo, como auténtico protagonista de su destino.
@migonzalezm