Vinculados a la descentralización de la gestión pública se ubican los compromisos de gestión, que son unas figuras administrativas poco usadas por las autoridades públicas de los tres niveles político-territoriales de la República.
Los compromisos o convenios de gestión son mecanismos institucionales, celebrados entre organismos estatales y las comunidades organizadas y organizaciones públicas no estatales con el propósito de impulsar ciertos programas o servicios públicos; bajo ciertos parámetros de evaluación y rendimiento. Los compromisos de gestión están contemplados en la Ley Orgánica de Administración Pública.
Los compromisos o convenios de gestión tienen diversas modalidades:
- Compromisos de gestión sectorial, celebrados entre el Vicepresidente Ejecutivo y los ministros del ramo respectivo.
- Compromisos de gestión territorial firmados entre el Vicepresidente Ejecutivo y los gobernadores de estado (modalidad muy importante, en nuestro caso, porque permite concretar acuerdos de descentralización de competencias y transferencia de servicios desde el poder nacional hacia las regiones y, desde los estados hacia los municipios).
- Compromisos de gestión con comunidades organizadas y organizaciones públicas no estatales, originalmente celebrados entre el gobierno nacional y las entidades mencionadas (otra modalidad que podría replicarse en el ámbito territorial de los estados y los municipios; mediante acuerdos entre los organismos oficiales y las respectivas expresiones asociativas de la sociedad civil).
- Convenios de gestión de servicios públicos firmados entre el Vicepresidente Ejecutivo, el ministro de adscripción y los autoridad responsable de prestar el servicio (agua, servicio de eléctrico, transporte público)
Los convenios o compromisos de gestión tienen que cumplir con ciertas formalidades; tales como definir los objetivos, metas y resultados esperados, los mecanismos de transferencia de recursos, los deberes de las entidades oficiales y privadas, los incentivos y los mecanismos de evaluación.
Con la reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública, mediante el proceso habilitante, los consejos comunales fueron incluidos como sujetos específicos para la aplicación de los compromisos o convenios de gestión.
Con la aplicación de los convenios o compromisos de gestión la relación estado-consejos comunales, se fortalece y podrían regularizarse con mucha más eficacia el uso de los recursos financieros públicos entregados a esta entidades no estatales, con el propósito de garantizar su uso adecuado y el alcance de los objetivos propuestos.
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