jueves, julio 31, 2025

El Medio Ambiente Natural de los Gerentes Públicos

 

                                                                               

El medio ambiente natural de los gerentes públicos está constituido por las organizaciones públicas. En otras palabras, el campo diario de este segmento del subsistema de recursos humanos del Estado venezolano es la suma de organizaciones que conforman el sector público. De tal manera, que la Administración Pública Nacional, la correspondiente a las entidades federales (los estados) y la administración de los municipios en sus diversos niveles y modalidades (central, desconcentrada, y descentralizada funcional y/o territorialmente) son la referencia obligada y distintiva para la actuación de los gerentes, Porque ellos son sin lugar a dudas; quienes representan un estricto fenómeno organizacional, con responsabilidades específicas y con mandatos a veces difusos y sujetos siempre (por mandato legal), a la presentación de resultados concretos.

 ¿Pero cuáles son las características de ese medio ambiente organizacional, de donde son parte los gerentes públicos y a que deben su razón de ser? La Administración Pública posee unas características propias que determinan su rendimiento institucional y condicionan la actuación de los gerentes públicos. Las enumeraciones a continuación:

 

·       La Administración Pública es una organización

Las organizaciones son un producto humano y constituyen simple medios para alcanzar unos fines predeterminados. Las organizaciones siempre han estado presentes a lo largo de la historia del hombre, desde las primeras hondas de cazadores hasta las actuales y en diversas formas de sistema políticos.  

La administración Pública como ya hemos afirmado constituye por excelencia el instrumento de gobierno de cualquier Estado. Así también, la Administración Pública es una organización con características propias y distintas a otras organizaciones competentes del entorno societal y del propio Estado por la naturaleza de su misión, sus objetivos, sus funciones y sus productos 8otras organizaciones del Estado venezolano son, por ejemplo: el Tribunal Supremo de Justicia, el Poder Moral o la Asamblea Nacional).

Además, como cualquier organización, la Administración Pública constituye un sistema abierto que se encuentra en directa relación con un medio ambiente bien determinado. Para ello, las agencias gubernamentales por su propia razón de ser (La Misión, otorgada por mandato legal) deben establecer una serie de procesos internos, técnicos y políticos (Capacidades Institucionales: donde los gerentes públicos forman parte importante de las mismas) que les permita responder a las demandas provenientes de la sociedad (Medios Ambiente); a través de la política pública.

Por último, habría que agregar que también (y para los efectos que nos ocupa), la Administración Pública, dentro de su organicidad posee distintos niveles funcionales tanto para la toma de decisiones como para la acción administrativa; a saber;

  Niveles de Dirección Superior: responsable por la formación, coordinación, supervisión y control de las políticas globales y sectoriales; y de la acción de tutela sobre los entes adscritos.

 

·     Nivel de Asesoría y Apoyo: responsable por las políticas y acciones dirigidas a facilitar la actuación de toda la organización.

 

·     Nivel Sustancias u Operativos: responsable de la formulación y ejecución de las políticas, programas y proyectos sectoriales bajo su responsabilidad.

 

 ·       La Administración Pública es compleja; y ahora además es participativa

En nuestro país, la Administración pública presente una gran complejidad organizacional Este hecho se refleja en:

 ·       La existencia de tres niveles de administración pública claramente diferenciados y con grados diferentes de desarrollo institucional; como son: la administración pública nacional y las correspondientes a las entidades federales menores como los estados y municipales.

·     La diversidad de formas asociativas con “naturaleza jurídica” distintas, que existen en los niveles del aparato gubernamentalmente.

·       El altísimo número de organismo públicos existentes. Con el agregado de que es difícil conocer con exactitud la cantidad de agencias gubernamentales que operan en los tres niveles político-territoriales, en el presente. De hecho, con la nueva conformación orgánico-funcional que se desprende de la Constitución de 1999, puede inferirse que las estructuras administrativas tenderán a incrementarse.

·     Las nuevas formas de relación con la sociedad civil que se establecen tanto en la Constitución Nacional, como en el proyecto de Ley Orgánica de la Administración Pública; aprobado recientemente en primera discusión por la Asamblea Nacional.

La Administración Pública Nacional: es el brazo gubernamental que ha adquirido mayor desarrollo administrativo, debido al modelo centralista de desarrollo político, económico y social emprendido en el país desde 1958 y hasta 1989, cuando se inicia en firme la ejecución en firme de la estrategia de descentralización política y administrativa; y ahora refrendado en nueva Constitución de 1999.

El número de organismos públicos pertenecientes a la administración pública nacional, se estima en la actualidad en no menos de trescientos(300), sin que esta pueda considerarse muy confiable, sino más bien referencial; pero  que nos da luces sobre la enorme complejidad de este segmento del sector público venezolano, en atención a los  múltiples procesos técnicos, administrativos y políticos que se desarrollan en su interior y en correspondencia con las demandas, que la sociedad formule en función de sus intereses.

En términos generales y organizativos, la Administración Pública Nacional está conformada fundamentalmente de la siguiente manera:

 

Ø  Nivel de Dirección Superior: El presidente de la República, la Vice-Presidenta de la República, el Consejo de ministros, los ministros y los Vice-Ministros.

Ø  Nivel de Asesoría, Deliberación y Consulta: El Consejo Federal de Gobierno, la Procuraduría General de la República, el Consejo de Estado el Consejo de Defensa de la Nación, los Gabinetes Sociales, las Comisiones Presidenciales y los Consejos Nacionales.

Ø  Nivel Sustantivo u Operativo: Ministerios, Vice-Ministros y sus entes adscritos como los Institutos Autónomos, las Empresas del Estado, las Fundaciones y las Asociaciones Civiles.

La Administración Pública Estadal: (24 Gobernaciones) representa un nivel gubernamental que ha venido cobrando de manera continua y progresiva relevancia y una mayor importancia estratégica para el desarrollo del país, debido al proceso de descentralización político-territorial. (iniciando en 1989). Este nivel administrativo es determinante en el establecimiento de una complejidad orgánica y funcional del sector público venezolano. Cabe agregar que estas instancias de gobierno aun adolecen de un conjunto de deficiencias conceptuales y estratégicas en su marco jurídico, financiero e institucional que reclaman una urgente atención, si se quiere seguir agilizando la implantación de un modelo de gestión pública descentralizada.

Para completar esta breve panorámica que hemos querido presentar, debemos indicar que tanto a nivel estadal, como a nivel municipal existe también un amplio espectro de organismos autónomos, fundaciones, empresas y entidades financieras. Estas organizaciones (que suelen ser una réplica organizativa del nivel nacional) completan un cuadro organizacional y funcional extremadamente complejo y disperso institucionalmente, que reclama y exige (generalmente sin ser atendido) elevadas capacidades de gerencia para su administración eficiente.

Por último, como un elemento novedoso, que va también a determinar un mayor nivel de complejidad del funcionamiento del sector público lo constituye la seri de mandatos contenidos en la nueva Constitución de 1999. En efecto, nueva carta define y establece el “carácter participativo” de la gestión gubernamental; a través de los siguientes articulo:

 

ü  Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho de participar libremente en los asuntos públicos, gubernamentales o por medio de sus representantes.


ü  Artículo 70. Son medios de participación y protagonización del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico. Las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.


ü  Artículo 166. En cada estado se creará un Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, presidido por el Gobernador o Gobernadora e integrado por los alcaldes o alcaldesas, los directores o directoras estadales de los ministerios y la representación de los legisladores elegidas por el estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo, de los concejales o concejalas y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere. El mismo funcionara y se organizara de acuerdo con lo que se determine la ley.


ü   Artículo 182. Se crea el Consejo Local de Planificación Publica, presidido por el alcalde o alcaldesa e integrado por los concejales o concejalas, los presidentes o presidentas de las Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley.

ü  Artículo 184. L ley creara mecanismos abiertos y flexibles para que los estados y los municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados, los servicios que estos gestionen, previa demostración de su capacidad para prestarlos:


1. La transferencia de servicio en materia de salud transferencia de servicios, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios público. A tal efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán orientados por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación y corresponsabilidad.

 

2.   a participación de las comunidades y ciudadanos y ciudadanas a través de las asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de propuestas de inversión ante las autoridades estatales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión; así como en la ejecución, evolución, y control de obras, programas sociales y servicios públicos en su jurisdicción.

 

3.    La participación en los procesos económicos   estimulando las expresiones de la economía social: tales como cooperativas, cajas de ahorros mutuales y otras formas asociativas.

 

4.      La participación de los trabajadores y trabajadoras y comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionaríos.

 

5.        La creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios como fuentes generadoras de empleos y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas donde aquellas tengan participación.

 

6.      La creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel de parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en la gestión pública de los gobiernos locales y estadales y, desarrollar procesos autogestionarios y cogestionaríos en la administración y control de los servicios públicos estadales y municipales.

 

7.      La participación de las comunidades en actividades de acercamiento a los establecimientos penales y de vinculación de estos a la población.

 La Administración Pública está ampliamente reglamentada.

 

Otro elemento formal que hay que considerar en un primer acercamiento a la Administración Pública como organización, y como medio ambiente natural de los gerentes públicos es su característica típica de ser un conglomerado organizacional altamente reglamentado y normalizado.

En efecto, el aspecto legal constituye un elemento sustancial en la gestión de los organismos públicos venezolanos. Existe un conglomerado de leyes, decretos y reglamentos que están dirigidos, teóricamente, a reducir la discrecionalidad, a establecer controles, y a garantizar resultados sobre la acción administrativa de los mismos; tales como: la Ley Orgánica de Administración Financiera (nueva y vigente); la Ley Orgánica Publica y (aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional); y otras aún vigentes, pero que en su momento serán seguramente reformadas como la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Ley Orgánica de Salvaguarda de Patrimonio Público, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, la Ley de Carrera Administrativa, la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario y la Ley Orgánica de Descentralización y Transferencia de Competencias.

Ahora bien, lo verdaderamente importante es entender que el marco regulatorio determina la misión, las competencias y las atribuciones de nuestros entes públicos. Así que la presencia del mismo es indispensable. Quizás, el elemento disfuncional en la aplicación del ordenamiento judicial de la Administración Pública viene dado por su excesiva tendencia a normatizar y procedimientos, de forma y fondo, engorrosos e innecesarios.

 La Administración Pública es un contexto politizado.

La Administración Pública es un verdadero “campo de batalla”, donde a diario se enfrentan diferentes concepciones y enfoques para resolver los asuntos públicos, así como también, los más diversos intereses institucionales, partidistas y/o clientelares para avanzar un proyecto u obtener una mayor tajada en el presupuesto. Además, debe recordarse que el sector público es extremadamente abierto y susceptible a la opinión pública, la opinión del público, y la presión que puedan ejercer los medios de comunicación social. Ahora bien, estas situaciones no deben causar extrañeza, más aún si se consideran los juegos de poder e influencia que se manifiestan en la toma de ciertas decisiones que van a afectar a amplios sectores de la sociedad.

 En tal sentido, y sin estar reñidos como una “necesaria actitud ética” que debe prevalecer en la resolución de conflictos; y en el manejo de los asuntos de la agenda gubernamental, el gerente público tiene que asumir una actividad acorde con los objetivos que se desean alcanzar, y debe estar dispuesto a negociar con otros actores del sector público en una situación de poder compartido y en un ambiente politizado.

 La Administración Pública exige constante coordinación


La gestión del sector público nacional requiere de adecuados mecanismos de coordinación intra e interinstitucional; a fin de viabilidad la ejecución de los distintos programas diseñados. En general, la presencia de la amplia heterogeneidad de organismos de diferente naturaleza jurídica y en ocasiones con un real solapamiento de funciones y actividades, ha venido dificultando la actuación eficiente del Estado frente a la mayoría de las demandas sociales y frente a la necesidad de lograr la resolución ordenada de los conflictos planteados. Este es otro reto para cualquier gerente público.

 

Finalmente, merece la pena mencionar la necesaria coordinación intergubernamental, que debe existir en el avance de la estrategia de descentralización que se ha venido desarrollando en las últimas administraciones gubernamentales; y ahora con mucha más razón por ser esta, un principio constitucional. En efecto, la descentralización implica una rearticulación de la gestión de las administraciones publicas de los tres niveles político-territoriales que conforman el Estado venezolano, de allí su importancia particular y especial.

En tal sentido, aspecto como: la correcta distribución de áreas funcionales entre los tres   niveles administrativos político-territoriales, el control de la gestión de los servicios transferidos, la información para el mantenimiento de las estadísticas nacionales; la ejecución de los lineamientos presupuestarios; entre otros aspectos, requieren de la implementación de mecanismos destinados para tal fin, como, por ejemplo: el denominado Consejo Federal de Gobierno.

 El entorno de la Administración Pública es conflictivo.

 La administración Pública venezolana en sus tres niveles federales, se encuentra como toda organización en un medio ambiente o entorno, donde se suceden una serie de tendencias de diverso tipo (como tendencias políticas, económicas, sociales, culturales; entre otras), y que en la actualidad son ampliamente conflictivas y conflictivas y constituyen un reto para sus capacidades de gestión.

Específicamente, las tendencias más relevantes son las siguientes:

La tendencia hacia el ilegitimación y desgaste natural de los gobiernos (nacionales, estadales, municipales).

Ø  Las crecientes demandas de la sociedad civil por la optimización de las políticas públicas.

Ø  Las crecientes expectativas de la población, por el incremento de las políticas de compensaciones, sin considerar sus costos.

Ø La aparición de nuevos actores sociales y políticos que buscan competir directamente con los niveles de gobiernos (nacionales, estatales y municipales); obviando los mecanismos establecidos.

La administración Pública es un medio ambiente débil institucionalmente

El sector público como organización se encuentra en una situación donde sus capacidades institucionales se encuentran disminuidas en sus distintos niveles organizativos y en sus sistemas funcionales, por ejemplo: la calidad del personal, la cantidad y la calidad en las distribución y gasto presupuestario, la organización los sistemas, la infraestructura, las tecnologías empleadas y el desarrollo de gerencias.

 

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