jueves, febrero 22, 2007

LAS SESENTA INTERROGANTES COMUNALES DE BEATRIZ

En fecha 21 de Enero, la periodista Beatriz Cruz Salazar del diario El Universal; bajo el título “Las dudas rodean a los consejos comunales”, publicó una lista de sesenta interrogantes referidas a la gestión de los consejos comunales. Sin ningún afán polémico; sino más bien contributivo aproveché un rato para responder las interrogantes que inquietan a Beatriz Cruz Salazar y, quizás también a otros periodistas y a muchos vecinos y vecinas. (Las preguntas fueron tomadas y transcritas literalmente del artículo mencionado). Cabe agregar, que muchas de estas interrogantes fueron recogidas directamente por la periodista de concejales, alcaldes y de otros comunicadores sociales.

1. ¿Quién va a tapar los huecos?
Sin la menor sorna Beatriz, debo responderte que espero, que no sean las mismas empresas contratistas que tan mal lo han hecho hasta ahora. Si en algo han fracasado las agencias oficiales de todos los niveles de la administración pública, es en cumplir de manera eficaz y eficiente tareas tan elementales como “tapar huecos”. A los consejos comunales en su marco legal no les corresponde esa tarea.

2. ¿Quién arreglará las cloacas?
Amiga Beatriz, tampoco es competencia de los consejos comunales “arreglar cloacas”. Lo que sí pueden y deben hacer los consejos comunales es presentar a los organismos competentes las necesidades de su respectiva comunidad. También deben y pueden ejercer la contraloría social sobre las obras que se realicen los entes públicos relacionados con el sector.

3. ¿Quién va a construir las viviendas?
Los organismos públicos y privados que les corresponda construirán las viviendas. Por cierto, las alcaldías generalmente no cumplen con sus atribuciones de construir viviendas de interés social; ya sea por insuficiencia presupuestaria o por sus muy bajos niveles de recaudación. De todas formas, a ningún gobierno local le caería mal una ayudita ciudadana.

4. ¿Quién coordinará las policías?
A los responsables públicos encargados de ese tema. Los consejos comunales no tienen esa atribución, en su marco legal vigente.

5. ¿Quién va a administrar los ambulatorios?
La junta administradora correspondiente, administrará los ambulatorios. Y, los consejos comunales pueden participar en esa administración. La Constitución Bolivariana otorga esa posibilidad. Pero te doy un dato extra: desde el año 1998, la Ley Orgánica de Salud, prescribía la posibilidad de que los vecinos y vecinas pudieran participar en las Juntas Directivas de los centros sanitarios que le fueran aledaños.

6. ¿Quién recogerá la basura?
Las empresas responsables de la recolección de los desechos sólidos. Recordemos que, las alcaldías contratan la prestación de ese servicio a operadores privados, que no siempre trabajan con eficacia y eficiencia. ¿Será negativo que algún consejo comunal pueda presentar un proyecto para mejorar el servicio de recolección de desechos sólidos en su medio ambiente inmediato?

7. ¿Quién se hará cargo de la seguridad?
Los cuerpos policiales -sin lugar a dudas-, para eso existen. Esa “seguridad”, le corresponde al Estado y sus organismos especializados. Al respecto, es recomendable leer el artículo 55 de la Constitución Bolivariana. Los consejos comunales no son cuerpos paramilitares; por el contrario, constituyen expresiones asociativas de la población.

8. ¿Pueden los consejos trabajar sin que existan las alcaldías?
No. Y tampoco pueden trabajar sin que existan las gobernaciones ni los ministerios. No olvidemos que, las alcaldías como las gobernaciones o como las diversas instituciones del Poder Nacional, son expresiones del Estado. Mientras exista el Estado, habrá representaciones jurídico-institucionales de este en cada nivel político-territorial de la nación.

9. De reorganizarse la estructura territorial, ¿a quien acudirán los consejos para solicitar recursos?
Habrá que esperar “la nueva estructura territorial” con sus respectivas instituciones para determinar con precisión el nuevo interlocutor financiero de los consejos comunales que sugiere la pregunta. Así, que bueno, a enterarse y participar con alternativas y propuestas alrededor de este tema.

10. ¿Es suficiente el trabajo de los voluntarios para resolver los problemas de gestión municipal?
Indudablemente que no. Pero tampoco ha sido suficiente el trabajo de los funcionarios públicos de las alcaldías, de las juntas parroquiales y de los concejos municipales. Además, amiga Beatriz, no hay que menospreciar el trabajo del voluntariado de la sociedad civil. Ese enfoque es erróneo.

11. ¿Cuáles son las áreas de trabajo de los consejos?
Las áreas de trabajo de los consejos comunales están perfectamente delimitadas en la Ley de los Consejos Comunales, publicada en Gaceta Oficial N° 5.806 Extraordinario del 10 de Abril de 2006. Es importante que todos los interesados leamos y analicemos esa ley, para evitar equívocos.

12. Frente al poder popular, ¿quién garantiza la visión de conjunto?
La pregunta es imprecisa. ¿A cuál visión de conjunto nos referimos? ¿A la visión de conjunto de la vecindad, del barrio, del sector, del municipio? ¿Y a cuál poder popular? El voto directo y secreto es poder popular, la libertad de organización y expresión también son poder popular. Pero intentemos algo. A nivel municipal, la visión de conjunto está en el Plan Municipal de Desarrollo; por ejemplo. A nivel de gobernaciones, esa visión de conjunto se encuentra en el Plan Estadal de Desarrollo y, a nivel nacional esa visión de conjunto esta contenida en los Lineamientos de Desarrollo Económico-Social. Por otra parte, la visión de conjunto, está contenida en la Constitución y en las leyes orgánicas, especiales, ordinarias y otros instrumentos de rango sub-legal como las ordenanzas. Es recomendable la lectura de la Ley Orgánica de Planificación. En cuanto al Poder Popular, habría que determinar si se trata del poder constituido o el poder constituyente para seguir elaborando una respuesta.

13. ¿Son específicas para cada municipio?
De nuevo nos encontramos, amiga Beatriz, con una pregunta imprecisa. ¿Qué se está entendiendo como específicas, las visiones de conjunto? Al respecto, cada municipio tiene unas características propias y particulares. Y, cada municipio debería tener un Plan Municipal de Desarrollo elaborado con la participación de vecinos y vecinas. Por eso, es tan importante la descentralización. Los consejos comunales pueden convertirse en unos nuevos sujetos de descentralización.

14. Si se pretende hacer cargo a los consejos del trabajo municipal ¿seguirá siendo ad honorem el trabajo de los miembros de los consejos?
En realidad, para algunos pensadores, la función pública –y sobre todo aquella referida a los cargos de representación- deberías ser ad honorem. Yo creo que la función pública debe ser revalorizada y rescatada del abandono, a la cual ha sido sometida durante años. Si los consejos comunales, como se sugiere en la pregunta asumen profesionalmente el trabajo municipal; por supuesto que deberán ser remunerados; ¿cuál es el problema? Lo que sí pasará es que los consejos comunales dejarán de ser instancias de participación popular como dice su ley; para convertirse en organismos de gobierno. Y eso es otra cualidad jurídico-institucional.


15. ¿Cuántos proyectos puede llevar un consejo comunal?
Un consejo comunal podrá “llevar” (presentar) tantos y tantos proyectos como esté en capacidad de hacerlos; siempre y cuando, cuenten con la aprobación de la asamblea de ciudadanos respectiva.

16. ¿Cuántas personas son necesarias para formar uno?
En el medio rural; a partir de veinte familias. En las ciudades entre doscientas y cuatrocientas familias. Este punto está indicado en la Ley de los Consejos Comunales. De nuevo recomiendo su lectura.

17. ¿Puede presentar propuestas alguien que no pertenezca a los comités de trabajo?
Por supuesto que sí.

18. ¿Cómo se legitima un consejo comunal?
Se legitima por su eficacia, por su eficiencia, por su inclusión, por su gestión transparente. Recordemos que, los miembros de las unidades y los comités del consejo comunal son revocables.

19. ¿Qué criterio prevalece a la hora de dotar de personalidad jurídica a los consejos por parte de la comisión presidencial?
Deben prevalecer criterios técnicos, de acuerdo a lo establecido en su ley respectiva. Ocurre que a veces, se imponen criterios partidistas y clientelares. Pero no descalifica la figura de los consejos comunales; por el contrario, representa una invitación y un reto para que los ciudadanos y ciudadanas hagan valer sus derechos.

20. ¿Cuánto tiempo toma el proceso de registro del consejo?
Su duración es variable y el procedimiento es discrecional y burocrático.

21. ¿Pueden funcionar paralelamente dos consejos comunales dentro de un mismo sector?
Por supuesto que sí. Y pueden conformar mancomunidades.

22. ¿Pueden trabajar con fondos o donaciones de empresas privadas?
Claro que sí pueden hacerlo. La ley se lo permite.

23. ¿Desaparecen las asociaciones de vecinos?
En realidad desde hace tiempo las asociaciones de vecinos han venido decayendo en importancia en el país, como expresiones organizativas de la sociedad civil. Cabe agregar que, la Constitución Bolivariana reconoce a los grupos vecinales organizados. Los consejos comunales no niegan a las asociaciones de vecinos. A este tema le han dado un carácter político. Hay casos donde coexisten ambas figuras.

24. ¿Cómo afecta el trabajo de las juntas parroquiales?
Positivamente. Ahora tienen un interlocutor con atribuciones precisas.

25. ¿Qué requisitos hay que consignar para inscribir un consejo comunal ante la comisión presidencial del Poder Popular?
Los requisitos a consignar son los siguientes: el Acta Constitutiva, elaborada por la Comisión Electoral, los Estatutos, el Croquis Poligonal, el resultado del censo poblacional, la carta o historia de la comunidad, el Registro Electoral Comunitario, el Comité de Protección e Igualdad Social (COPIS), los Comités de Trabajos conformados y una copia fotostática de la cédulas de identidad de los integrantes de los tres (03) órganos del Consejo Comunal.

26. ¿Quién elige a los representantes de las asambleas de ciudadanos?
OJO, Beatriz. Las asambleas de ciudadanos son las que eligen sus representantes. Estas son las instancias básicas de la democracia participativa.

27. ¿Puede una junta de condominio constituir un consejo comunal?
Una junta de condominio puede promover la creación de un consejo comunal. Hay que tener claro que son dos figuras asociativas distintas.

28. ¿Es necesario tener una sede?
Resultaría muy beneficioso para el trabajo del consejo comunal.

29. ¿Cuánto tiempo requiere el trabajo de un consejo?
Requiere bastante tiempo y dedicación. Por eso, no todas las personas “sirven para voceros de un consejo comunal”. Aunque ahora el trabajo comunitario será obligatorio hasta la edad de 50 años.

30. ¿Cada cuanto tiempo deben reunirse las comisiones?
Eso dependerá de la dinámica particular de cada comisión.

31. ¿Cómo se garantiza la participación de todas las comunidades?
Siempre habrá personas de las comunidades que no se interesen o no puedan participar. Pero la participación será mayor siempre que se actúe con transparencia, cercanía, honestidad y, con información oportuna y veraz.

32. ¿Qué es el parlamentarismo social?
Es una innovación de “consulta pública” emprendida por la Asamblea Nacional; mediante la cual se pretende recoger la opiniones de la población sobre una o varias temas legislativos. El parlamentarismo social de calle ofrece muchas debilidades en su realización que le restan credibilidad y eficacia política. Esta modalidad de consulta pública cobraría mayor sentido y trascendencia si llegara a realizarse con unas reglas claras y, garantizando la pluralidad y la tolerancia.

33. ¿Cuántas personas forman las comisiones presidenciales del poder popular?
Para tener una noción precisa se hace necesario acudir al decreto de designación de la comisión presidencial nacional. A nivel regional no existían, hasta que se delegó en FUNDACOMUN la representación de las Comisiones Presidenciales Regionales del Poder Popular. A nivel local no se han nombrado tales comisiones.

34. ¿Dónde trabajan esas comisiones?
En el Ministerio de Participación Popular y Desarrollo Social y en FUNDACOMUN, que se conozca.

35. ¿Quién define el presupuesto del consejo comunal?
Su respectiva asamblea de ciudadanos.

36. ¿Cada municipio recibe el mismo monto para financiar los consejos?
Atención. Los municipios no financian a los consejos comunales. Esa es una apreciación errónea. Los municipios por medio del Consejo Local de Planificación Pública, aprueban los proyectos presentados por los consejos comunales para acceder a recursos financieros -vía FIDES o vía LAEE-. Por otra parte, los consejos comunales pueden presentar necesidades y propuestas para que sean incluidas en el presupuesto de inversión municipal. Cada municipio tiene un monto propio; según sus características para financiar los proyectos presentados por los consejos comunales.

37. ¿Qué porcentaje del presupuesto municipal debe destinarse al trabajo de los consejos?
Atención de nuevo. Los municipios no financian el trabajo de los consejos comunales. Los municipios deberán destinar el cincuenta por ciento de su presupuesto a la inversión que será recogida en el presupuesto de inversión municipal. Es recomendable revisar la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y la Ley de los Consejos Locales de planificación Pública.

38. ¿La entrega de los recursos es anual?
Sí. De acuerdo al sistema presupuestario vigente en el país.

39. ¿El dinero se entrega por proyecto presentado o existe un monto estimado a cada consejo?
Los recursos son asignados a proyectos.

40. ¿Quién aprueba los proyectos?
En primera instancia la asamblea de ciudadanos de cada consejo comunal. Luego el Consejo Local de Planificación Pública.

41. ¿Qué debe incluir el proyecto?
Según FUNDACOMUN: acta de constitución del consejo comunal (los tres órganos), acta constitutiva de la cooperativa (banco comunal), acta de conformación del Comité de Protección e Igualdad Social (COPIS /Negra Hipólita), el croquis de su sector y el registro ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), el registro de información fiscal (R.I.F.), libreta de ahorros, acta de asamblea de aprobación del proyecto, fotocopia de la cédula de los integrantes del Banco Comunal, datos del vocero del proyecto (nombre y apellido, número de cédula de identidad y dirección y teléfono).

42. ¿Existe algún esquema que determine la prioridad de los proyectos por aprobar?
No se trata de esquemas sino de criterios técnicos para el establecimiento de prioridades. Por ejemplo: las Salas Técnicas de los Consejos Locales de Planificación Pública deben ser constituidas para que puedan cumplir con las funciones que tienen asignadas sobre ese particular. Además los organismos nacionales involucrados también están obligados a establecer sus criterios y, de consultarlos y compartirlos con las comunidades.

43. ¿Cuánto tiempo hay que esperar para la aprobación de un proyecto?
Es un lapso variable. Indudablemente, tiene que ser regulado; y allí los consejos comunales deben ejercer sus derechos a la participación ciudadana y exigir reglas y criterios transparentes.

44. ¿Existe alguna penalización en caso que se desvíen los fondos otorgados a un proyecto?
Los miembros de los Bancos Comunales son responsables civil, penal y administrativamente del manejo y utilización de los recursos financieros y no financieros que se le otorguen.

45. ¿Pueden los consejos comunales ayudar a evitar la corrupción?
Por supuesto que sí. Dependerá mucho de la calidad y el comportamiento de cada consejo comunal. Un detalle adicional: para combatir la corrupción no hay que pertenecer a un consejo comunal. Sólo hay que denunciarla –con pruebas-, como ciudadano ante los organismos competentes.

46. ¿Qué herramientas tiene el Poder Popular para gobernar?
De nuevo topamos con una pregunta ambigua. Hay distintas percepciones ideológico-políticas sobre el poder popular. Para el pensamiento liberal –creador del poder popular- mediante la distinción entre sociedad civil y Estado; el voto directo, la división de poderes, las libertades públicas son las más genuinas expresiones y herramientas de poder popular. Para los seguidores de Carlos Marx (que no para él) el poder popular es otra cosa; como por ejemplo: el partido único, el centralismo, la concentración de poder; entre otros aspectos. Todo ello en nombre del pueblo. Así que depende de cómo veamos las cosas.

47. ¿Cómo garantizar la efectividad de los recursos otorgados?
Mediante una adecuada gerencia de los mismos. La honestidad y la técnica administrativa deben ir de la mano.

48. ¿Ante quién se puede denunciar la malversación?
Ante los organismos jurisdiccionales competentes. Las unidades de control interno, la Fiscalía General de la República, la Contraloría General de la República, las contralorías municipales, y hasta en los Medios de Comunicación Social independientes.

49. ¿Existe un organismo municipal encargado de la contraloría?
Por supuesto, que sí, amiga Beatriz. Recomiendo la revisión de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal.

50. ¿Quién capacita a los representantes del Banco Comunal?
Hay un conjunto de agencias estatales y entidades de la sociedad civil trabajando a diario sobre el tema.

51. ¿Cada consejo debe tener un Banco Comunal o es uno por sector, urbanización o municipio?
Cada consejo comunal debe tener un Banco Comunal.

52. ¿Qué funciones tiene la Fundación para el Desarrollo de la Comunidad y Fomento Municipal?
FUNDACOMÚN es uno de los institutos autónomos más antiguos que tenemos en el país. Fue creado durante el gobierno del Presidente Rómulo Betancourt. Siempre e ininterrumpidamente se ha dedicado al desarrollo de las políticas públicas vinculadas al desarrollo comunitario. Ahora, desarrolla programas de apoyo a los consejos comunales e incluso recibió la delegación de las funciones de las Comisiones Presidenciales del Poder Popular, a nivel estadal. Para mayor información acude a su sede central ubicada en Chacaito.

53. ¿Cada cuánto tiempo deben rendir cuentas las unidades de contraloría y ante quién?
La rendición de cuentas debe ser al menos una vez al año o cuando la asamblea de ciudadanos o los organismos oficiales así lo exijan.

54. ¿Cómo se garantiza la autonomía en la formación de los consejos comunales?
La única forma de garantizar la autonomía en la formación de los consejos comunales es con la decidida participación de los ciudadanos y ciudadanas. Exigiendo el estricto cumplimiento de los pasos establecidos en la ley, denunciando las irregularidades o manipulaciones que se pretendan realizar por sectores ajenos a la comunidad y, sobre todo practicando la democracia, la inclusión, la pluralidad y la transparencia.

55. ¿Puede participar toda la comunidad en la elección de los miembros del Consejo Local de Planificación Pública?
Desde su creación; mediante la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.463 de fecha 12 de Junio de 2002, los representantes de ciudadanos ante esas instancias son electos mediante comicios de segundo grado, es decir, aquellos consejeros representantes de sectores sociales (como educación, transporte, desarrollo social o salud, por mencionar sólo algunos) son elegidos en asambleas o foros propios. Los representantes vecinales son electos por asambleas de comunidades organizadas. Esta modalidad eleccionaria se hace para diferenciarlos de los cargos (“políticos”) de elección popular, como alcaldes, concejales o miembros de juntas parroquiales que sí son electos; mediante procesos de votación directos, universales y secretos. ¿Captas la diferencia? La nueva Ley de los CLPP, aprobada el ejercicio fiscal pasado, y publicada el 26 de Diciembre en la Gaceta Oficial N° 38.591, mantiene en esencia el mismo criterio.

56. ¿Quién define los límites entre las responsabilidades institucionales y las comunitarias?
Los límites entre las responsabilidades institucionales oficiales y aquellas comunitarias y no estatales quedan establecidos por las leyes.

57. ¿Qué pasa con los funcionarios nombrados antes de la publicación de la Ley de los Consejos Comunales?
¿Y que tendría que pasar? En términos muy sencillos, existen dos tipos de funcionarios o servidores públicos. Aquellos designados o contratados o de carrera administrativa y, aquellos de libre nombramiento y remoción. En ninguno de los casos mencionados, la Ley de los Consejos Comunales vigente establece modificación alguna en el régimen laboral de la administración pública nacional, estadal o municipal.

58. ¿Cómo se integran las cooperativas a la labor de los Consejos Comunales?
Mediante un acuerdo de gestión; por ejemplo. Hay diversas formas de coordinación de actividades.

59. ¿Cómo evitar que los consejos repitan esfuerzos?
Creo que la pregunta se refiere a las iniciativas comunitarias emprendidas por los consejos comunales. Una alternativa podría ser, mediante la elaboración de su plan de desarrollo comunal y también por medio del establecimiento de metas concertadas entre distintas comunidades. Allí el aporte de los consejos locales de planificación pública, de las juntas parroquiales y de las alcaldías es fundamental. Así que a trabajar.

60. ¿Quién y cuándo responde?
Existe un amplio conglomerado de experiencias exitosas o no, en el tema de la organización popular alrededor de los consejos comunales. A los consejos comunales no hay que verlos con prejuicios, ni tampoco menospreciar a las comunidades ni a los activistas ciudadanos, que diario trabajan por mejorar su calidad de vida. Y ese error se sigue cometiendo en la actualidad. Para asumir posiciones más sólidas debemos indagar y conocer a fondo las opciones que queremos objetar, apoyar o simplemente difundir.

Estimada Beatriz, espero haber contribuido en reducir la incertidumbre que expresa tu interesante nota en El Universal, de fecha 21-01-2007. Estas respuestas las publicaré el Jueves 22 de Febrero en http://ciudadanolibre.blogspot.com


Recibe un saludo muy cordial, y gracias por tu interés ciudadano

sábado, febrero 17, 2007

CONGRESO SOBRE CIUDADES EXITOSAS





El Instituto “Gente de Soluciones” y la Alcaldía de la ciudad Valencia (capital del estado Carabobo) acordaron la realización de un “Congreso sobre Ciudades” el próximo 24 de julio 2007, en las instalaciones del centro de convenciones “La Alhambra" de Valencia.

El evento tendría como finalidad fortalecer la autonomía municipal, presentando las mejores ideas y experiencias sobre la gestión de ciudades exitosas y contribuir con ello al debate sobre dos temas que copan la agenda ciudadana de hoy; como son: la Nueva Geometría del Poder y, en segundo lugar, el denominado Poder Comunal.

La agenda del Congreso, aún en preparación, contendría cinco áreas temáticas, a saber:

1. Los retos de la autonomía municipal, la financiación y la administración del municipio, la tributación, y hacienda pública municipal. Así como las mejores prácticas en la contratación, recursos humanos y la carrera municipal, la atención al ciudadano, el e-gobierno, la transparencia.
2. Ciudad y Poder Comunal, la participación ciudadana y autogestión en la ciudad. La gobernabilidad urbana democrática, y la gobernanza. Los aspectos de la participación ciudadana, el presupuesto participativo, la rendición de cuentas, la contraloría social, la inclusión y la autogestión comunitaria.
3. Las ciudades humanas, para abordar el tema del urbanismo inclusivo y sustentable, la calidad de vida a partir de la planificación urbana, la transitabilidad, la seguridad, la calidad de los servicios públicos.
4. Ciudad y Nación, los retos de la reforma constitucional la intergobernabilidad, las relaciones entre las instancias de gobierno, especialmente entre los ejecutivos Nacional, Estadal, Local y Comunal, así también las relaciones con los sectores privados y la sociedad civil organizada.

5. Desarrollo local, los motores del crecimiento económico, el estudio de las externalidades del territorio y su impacto en la competitividad en mercados globales.

Desde CIUDADANOLIBRE, apoyamos esta importante iniciativa cívica, que se produce justo en el momento adecuado: en Venezuela, las autoridades gubernamentales preparan un cambio del ordenamiento político-territorial, en medio de uaa gran incertidumbre.

Así, que la iniciativa del Instituto “Gente de Soluciones” y la Alcaldía de la ciudad de Valencia representa una formidable oportunidad para potenciar alternativas con una visión democrática, incluyente y plural sobre la Nueva Geometría del Poder y el Poder Comunal, planteados por el Gobierno Nacional. Estaremos pendientes y deseamos el mayor de los éxitos a sus organizadores.

martes, febrero 06, 2007

LA RENOVACIÓN DE LOS CONSEJOS LOCALES DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA 2007

La relegitimación de los Consejos Locales de Planificación Pública en todo el país, que ordena la reforma de su Ley publicada en Gaceta Oficial N° 38.591 de fecha 26-12-2006 representa una oportunidad y un desafío para el movimiento ciudadano en su propósito de rescatar la autonomía, la pluralidad y la eficacia de estas instancias en cada uno de los municipios del país.

La reforma de la Ley de los CLPP trae varias innovaciones: se crea la figura del Vicepresidente (electo del seno de los representantes comunitarios y sectoriales), se prohíbe la participación de funcionarios públicos como representantes vecinales; se otorga una dieta a los representantes de la sociedad por su asistencia a las reuniones del CLPP; se aumenta su número y establece que los representantes comunitarios serán electos por los voceros de los consejos comunales reunidos en asamblea. Además, la reforma introduce en la organización de las elecciones del a las Juntas Electorales Municipales.

En el ámbito del área metropolitana de Caracas, en el mes de marzo deberán renovarse los representantes de la sociedad civil en los CLPP de sus municipios. Ciento tres representantes ciudadanos serán electos; correspondiendo dieciocho a Baruta; doce a Chacao y, doce a El Hatillo; treinta y nueve a Libertador; y, veintidós a Sucre. Este “pequeño ejército” de representantes ciudadanos será responsable de incentivar la participación y el protagonismo vecinal en la formación, ejecución y control de las políticas públicas en su respectivo municipio.

El proceso requerirá de condiciones que deben garantizar las autoridades públicas; tales como: la aprobación de las ordenanzas respectivas por parte de las Concejos Municipales; el establecimiento de un registro electoral confiable de las organizaciones sociales y de los consejos comunales participantes; la información oportuna y veraz de todas las etapas del proceso comicial; y la realización transparente del proceso eleccionario.

En tal sentido, las autoridades públicas nacionales y locales no deben escurrir el bulto, sino dar la cara. No lo olviden estimados alcaldes y concejales del área metropolitana de Caracas. Ahora vecinos y vecinas, estamos más pendientes de defender nuestros derechos a la participación ciudadana.

domingo, enero 28, 2007

LOS CONSEJOS COMUNALES EN BARUTA

Un poco de historia…

En el municipio Baruta, la organización de los consejos comunales ya tiene su pequeña trayectoria. En el año 2005 -por iniciativa ciudadana-, se comienza a difundir en distintas comunidades del municipio la necesidad de organizarse alrededor de los consejos parroquiales y los consejos comunales; para aquel entonces adscritos al Consejo Local de Planificación Pública de Baruta.

Aixa Armas, Luz Elena Aldazoro, Maribel Ferrer, Ana María Miranda y Miguel González Marregot, constituyeron el grupo voluntario que emprendió la travesía municipal para difundir las posibilidades de organización que brindaban los consejos comunales. Así pues, el grupo comenzó a realizar pequeños foros de sensibilización al respecto, en Monterrey, Ojo de Agua, La Palomera, La Loma, Bello Monte, Chuao, El Cafetal, Prados del Este, Santa Rosa de Lima; entre otras comunidades.

Casi de manera simultánea y por iniciativa de la Comisión de Asuntos Institucionales del CLPP-Baruta, un grupo de vecinas y vecinos comenzaron a reunirse en la sede de ASOPRAES para presentar una propuesta ciudadana de organización, de tales instancias de participación. Y así fue, como el 31 de Mayo de 2005 se presentó ante el plenario del CLPP, una propuesta de organización para los consejos parroquiales y los consejos comunales; la cual iba acompañada de su respectivo instructivo electoral.

Los vecinos participaron en la elaboración de la propuesta comunitaria: Claudia Alsina, Omaira Clemente, Aracelis Bolívar, Marisol Martín, Kiomara Scovino, Milagros Nieto, Aixa Armas, Luz Elena Aldazoro, Maribel Ferrer, Ana María Miranda, Luisa Ascanio, Félix Rodríguez, María Elena Arnal, Mary Alvarado, María Magdalena Ramoni, Domingo Palacios, María Elena Bustamante, Olga Guédez, Juan Hernández, Lorena Nieto, Elsa Salazar y Miguel González Marregot.

Un aliado institucional que se sumó a este proceso de organización comunitaria fue la Universidad Simón Bolívar, por intermedio de su Decanato de Extensión, y con el apoyo del Decano Lorenzo González Casa, de Danilo Linares y de Sandra Fajardo.

Otra interesante iniciativa ciudadana autónoma fue la organizada por la Asociación de Vecinos de Caurimare; la cual estructuró una propuesta completa de organización de su consejo comunal. Carlos León y Antonio Rodríguez junto con otros vecinos, fueron los propulsores de esa propuesta de organización vecinal local.

La actividad promotora de los consejos comunales en Baruta también involucró a activistas ciudadanos y asociaciones civiles de otros municipios tales como José Luis Vera (Comunidades Ciudadanas, del Municipio Sucre,) Armida de Ávarez (CLPP del Municipio Libertador) y Elías Santana (La Escuela de Ciudadanos). Todos ellos colaboraron y contribuyeron, mediante la realización de foros y talleres, de manera desinteresada y constructiva con nuestras vecindades.

Posteriormente, aparece por su cuenta la Alcaldía Metropolitana en este proceso. El Instituto Metropolitano de Participación Popular, con un equipo conformado por Marisela Boada, Nancy Guzmán, Lilian Ferrer, Astrid Blanco, Tomás La Rosa, y Arelis Montes realiza un gran esfuerzo de organización de consejos comunales en las zonas populares del municipio.

La Alcaldía de Baruta se incorpora finalmente en el primer trimestre del año 2006. Y también comienza un difusión de la normas de organización de los consejos comunales. Para ello, se contrata al especialista Carlos Romero; quien con el apoyo del personal de la Sala Técnica del CLPP-Baruta y la Dirección de Atención al Ciudadano, alcanzan a realizar 27 talleres en todo el municipio. Con el tiempo otros concejales y miembros de las Juntas Parroquiales, se han incorporado a apoyar la organización de los consejos comunales.

El primer consejo comunal organizado en Baruta fue justamente en la comunidad de Monterrey. Luego continuaron otras comunidades como Bucarito, Chupulún, San Luis (abajo), Barrialito, Prados del Este, Santa Rosa de Lima, Bello Monte, El Progreso, Santa Clara, El Puente, Terrazas del Club Hípico, El Peñón-Santa Gertrudis, La Loma y El Copey, sólo por citar algunos casos.

Un hecho importante fue que el Concejo Municipal de Baruta aprobó una ordenanza para los consejos comunales, que fue publicada en la Gaceta Municipal extraordinaria N° 220 de fecha 10 de Octubre de 2006. De esta forma, el Municipio Baruta se regularizaba legalmente con el tema de los consejos comunales.

Problemas generales y específicos…

En realidad, no se tienen cifras confiables de cantidad actual de los consejos comunales que existen en Baruta. El tratamiento de la información estadística sobre los consejos comunales no ha sido el más adecuado y objetivo. Al momento de escribir esta nota se presume que debe haber más cincuenta (50) consejos, formalmente conformados aunque con distintos niveles de actividad operativa. La mayoría de los consejos comunales se encuentran ubicados en la parroquia Nuestra Señora del Rosario, seguida de la parroquia Las Minas; y más atrasada aún –para la fecha-, está la parroquia El Cafetal.

A nivel nacional en el tema de la conformación de los consejos no ha escapado del partidismo y la exclusión política. Y es que, los partidos políticos han pretendido “colonizar” estas instancias de participación, queriendo omitir su carácter ciudadano y autónomo. Por otra parte, se conoce de la elección de consejos en forma arbitraria, excluyendo a vecinos por su manera de pensar o estructurándolos a escondidas. En nuestro municipio, estos errores se han reproducido aunque en menor escala gracias a la intervención del movimiento ciudadano.

Por otra parte, algunos consejos comunales requieren un fuerte apoyo en las áreas de capacitación y adiestramiento; lo cual -sin duda alguna- les permitirá operar de manera adecuada en la preparación y evaluación de proyectos locales y micro-comunitarios. En Baruta, un indicador importante al respecto, es la bajísima y casi inexistente presentación de proyectos de la sociedad civil, ante organismos financieros como el FIDES. Pero además las autoridades públicas no han cumplido con los compromisos legales que ordena la Ley de los Consejos Comunales. Por ejemplo, las comisiones presidenciales del poder popular no han sido instaladas en su totalidad ni de manera eficaz. De igual manera, el Fondo Nacional de los Consejos Comunales tampoco están funcionando. Es decir, la “institucionalidad” de los consejos comunales aún se encuentra en una etapa de plena construcción y con deficiencias en todo el país.

Perspectivas…

Hay un amplio sector social del país -de venezolanos y venezolanas-, que ha comprado el proyecto de los consejos comunales, como una herramienta para mejorar su calidad de vida. En el municipio Baruta ha pasado igual. Esta situación crea una responsabilidad ineludible; por parte de las autoridades públicas. Existe una clara posibilidad que las comunidades organizadas baruteñas comiencen a exigir, con todo derecho, el estricto cumplimiento de los compromisos adquiridos por las agencias estatales de gobierno local, regional y nacional. Los consejos comunales en Baruta son una realidad y, así como en las autoridades cae una responsabilidad para responder a los consejos, estos también deberán responder y rendir cuentas antes sus respectivas comunidades; so pena de desaparecer. La historia apenas comienza…

sábado, enero 13, 2007

LOS CINCO MOTORES

El pasado 10 de Enero, en su discurso, el ciudadano Presidente de la República, mencionó cinco líneas de acción (que denominó motores) que serían el pivote del proyecto de reconstrucción nacional “Simón Bolívar” para consolidar el socialismo en Venezuela. Los cinco motores socialistas enunciados por el Presidente, con un grado relativo y variable de claridad y precisión, despertaron expectativas en el país. En consecuencia, los anuncios presidenciales crean una oportunidad formidable para debatir de nuevo, en forma democrática y plural; constructiva y propositiva, el futuro de Venezuela. Porque gracias a Dios; aun en el país, no se ha impuesto un pensamiento único.

Motor 1: La Ley Habilitante

El primer motor socialista es la solicitud de poderes especiales a la Asamblea Nacional; mediante la Ley Habilitante. La Ley Habilitante se encuentra contemplada en la Constitución Bolivariana, como una modalidad en el proceso de formación de leyes (artículos 203 y 236). La justificación principal de esta solicitud fue la de acelerar la transformación socialista por medio de la reforma y la promulgación de algunas leyes. Esa es la apuesta gubernamental.

Por otra parte, ciudadanos y ciudadanas; a través de sus entidades asociativas y las comunidades organizadas tienen el pleno derecho a conocer, participar y hacer seguimiento del mencionado proceso habilitante. El pueblo venezolano tiene derecho a exigir consulta, inclusión y transparencia en ese proceso habilitante. Y si el “núcleo estratégico” del Gobierno Nacional, piensa que de esta forma puede imponer, en nombre del socialismo, un marco legal restrictivo a los derechos y libertades democráticos cometerá un craso error, porque la sociedad civil está aún en capacidad de hacer valer sus legítimos derechos. No lo olviden.

Motor 2: La reforma profunda de la Constitución Bolivariana

El segundo motor es la reforma de la Constitución Bolivariana. Aunque parezca mentira, la Constitución Bolivariana, considerada entre las mejores del mundo (pese a eliminar el derecho a la representación de las minorías; por ejemplo) llegó a su fin, luego de una efímera vigencia de tan sólo siete años.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela –o mejor dicho, su cumplimiento por las autoridades públicas- dejó muchas deudas y procesos inconclusos. Uno de ellos, que es el desarrollo de la descentralización como estrategia de desarrollo nacional (artículos 157 y 158) no se cumplió. Tampoco se creó el Consejo Federal de Gobierno (artículo 185) ni el fortalecimiento de las instancias de participación ciudadana, como los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas (artículo 166), ni de los Consejos Locales de Planificación Pública (artículo 182). Además la implantación del presupuesto plurianual (artículo 313) y los mecanismos de rendición de cuentas (artículo 315), nunca fueron implementados.

Los derechos a la participación ciudadana en la gestión de los asuntos públicos (artículo 62) no fueron desarrollados a plenitud. Y sobre este punto en particular, la promulgación de una Ley de Contraloría Social quedó pendiente. Igual suerte sufrieron, el derecho a la vivienda (artículo 82), el sistema nacional de salud (artículos 83 y 84) y el sistema de seguridad social (artículo 86).

La Constitución Bolivariana será reformada con el objetivo básico de incluir la reelección indefinida del Presidente de la República y, con el propósito –indudable- de agregarle un componente socialista, un sexto poder, el de los consejos comunales; así como la eliminación de la descentralización, la supresión de cualquier forma de privatización y la autonomía del Banco Central. Es decir, la Bolivariana, dejará de existir, pasará a ser otra Carta Magna, con unos valores distintos a aquellos democráticos que aún posee.



La reforma de la Constitución Bolivariana (como he escrito anteriormente) no puede ser un asunto exclusivo de una persona, ni de élites burocráticas, ni de grupos especializados o de las entidades políticas. No señor. Una reforma constitucional es un proceso vital y estratégico para el país, para todos sus habitantes; y mucho más ahora cuando se pretende modificar de una manera sustancial el sistema económico, social y político de Venezuela.

El Gobierno Nacional y los factores políticos de la oposición se encuentran en la obligación de abrir oportunidades de inclusión y participación a la ciudadanía en general, en este asunto. Por supuesto que, los movimientos sociales, populares y ciudadanos podrán emprender iniciativas de organización y opinión en forma autónoma y soberana. Y por cierto, ¿qué labor han realizado las sendas comisiones (técnica y política) que designó el Gobernador Rosales para tratar el tema constitucional desde la oposición democrática?

Otra cosa es que la reforma constitucional requerirá ineludiblemente la realización de un proceso constituyente. No sería extraño que el oficialismo no acepte esa realidad y trate de eludir -bajo alguna argucia argumental- la realización de un proceso constituyente. En todo caso, la realización o no de una reforma constitucional con las características que se han asomado hasta el momento, dependerá en gran medida de la presión del pueblo en ejercicio pleno de sus derechos de opinión y de participación; sin ningún tipo de represión.

Motor 3: La Jornada Nacional de Educación Popular “Moral y Luces”

La Jornada de Educación Popular “en todos los espacios, en el hogar, en la escuela, en el taller, en el campo, en el barrio, en todas partes”; sin lugar a dudas, representa una iniciativa gubernamental trascendente. Y aunque el Presidente Chávez no dió mayores detalles sobre su contenido, no resulta difícil suponer la orientación “ideológica” de tales jornadas.

Desde un punto de vista ciudadano, la Jornada Nacional de Educación Popular “Moral y Luces” podría servir para impulsar un amplio debate ideológico en todo el país, donde los sectores ciudadanos expresen su visión alternativa y democrática frente a la propuesta oficialista. Ahora más que nunca, se hace necesario rescatar la pluralidad y la libertad de pensamiento y expresión.

Motor 4: La Nueva Geometría del Poder

La Nueva Geometría del Poder, se basaría en un cambio de la división político-territorial de Venezuela. La propuesta encierra dos basamentos sustanciales. En primer lugar, la reducción del número de municipios y, en segundo término, la creación de dependencias o territorios federales con un régimen político-administrativo especial, basado en los consejos comunales.

Los municipios constituyen la unidad política primaria de la República, gozan de personalidad jurídica y de autonomía dentro del marco de la Constitución y las leyes; específicamente como la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Los municipios tienen además una larga trayectoria histórica en nuestro país, desde aquellos días de nuestra gesta emancipadora. Empero más importante aún, en los municipios, las alcaldías, los concejos municipales y las juntas parroquiales son las instancias de gobiernos más cercanas al pueblo. Y desde una perspectiva democrática y descentralizadora estas instancias de gobierno han sido históricamente y son, sin a la menor duda, la más pura expresión del poder popular.

Por el contrario, y quizás desde una óptica centralista y concentradora, resulte un problema muy grande y complicado, atender a trescientos treinta y cinco municipios como ocurriría en el caso venezolano. De allí pues que, para ese enfoque resulte menos burocrático y más sencillo, y hasta más “cómodo” reducir su número de un plumazo. Craso error.

Reducir o reagrupar los municipios, no garantiza simplificar ni la burocracia ni los problemas de desarrollo institucional que seguramente tienen esas instancias de gobierno local. Lo que sí garantiza, una decisión como esa, es la concentración de esa burocracia y de esos problemas sin que ello signifique una solución eficaz y eficiente para la población de las localidades afectadas. Una propuesta de esas dimensiones, implicaría desarrollar un amplio, largo y profundo proceso de consulta nacional. De lo contrario, se estaría cometiendo uno de las arbitrariedades políticas más grandes; y uno de los errores gerenciales más notables en la historia de Venezuela.

Lo que necesitan los municipios venezolanos es un mayor apoyo institucional, técnico, tecnológico y financiero; que en consecuencia le permita mejorar su organización, sistemas, métodos y procedimientos de trabajo. Lo que realmente requieren los gobiernos locales es el mejoramiento de su gerencia, sus sistemas de planificación, presupuesto y gestión institucional y operativa. Nadie niega que el nivel municipal de gobierno padezca de graves problemas; pero la solución no es suprimir a los gobiernos locales.

Además ¿por qué se le quiere arrebatar al pueblo sus espacios naturales de participación y protagonismo? ¿Y por qué, ese empeño mezquino de suprimir cualquier posibilidad de expresión de autonomía e independencia popular? ¿Y si el gobierno nacional estuvo tan preocupado por el desarrollo del poder popular en el ámbito local, por qué no promovió de manera eficaz y eficiente al Consejo Federal de Gobierno, y por qué no apoyo el desarrollo adecuado de los Consejos Estadales y los Consejos Locales? Finalmente, ¿por qué, no se impulsa desde el Gobierno Nacional, un programa de fortalecimiento y modernización institucional hacia los poderes estadales y locales?

La llamada IV República durante años funcionó con base al centralismo, al estatismo, a la delegación hacia “arriba” para solucionar los problemas más elementales; sin embargo, pudo impulsar la descentralización del poder político y administrativo y, renovar y profundizar la democracia. ¿Es qué ahora, con el cuentico del socialismo, vamos a retroceder hacia la restauración del centralismo? Por favor… el “núcleo pensante” del Gobierno Nacional, necesita reflexionar y actualizarse al respecto. Lo que nuestro país requiere es más y mejores municipios, si desea ir hacia la modernidad y el desarrollo.

La creación de entidades o dependencias federales está contemplada en la Constitución Bolivariana vigente (artículos 16 y 17). La novedad es que ahora se propone crear “un sistema de ciudades y territorios federales para marchar hacia el modelo socialista”. Dichos sistemas federales de ciudades o territorios federales no tendrían alcaldías, ni concejos municipales ni juntas parroquiales. ¿Y si no entendimos mal, en esa especie de territorio liberado, la representación del Estado estaría a cargo de los consejos comunales? Seguramente…

Lo único que nos queda claro, -de aprobarse en un proceso constituyente este tipo de reformas tendentes a la “nueva geometría del poder”- es que en Venezuela, cohabitarían dos tipos de organización del poder popular local: la democrática con sus autoridades legítimas y electas por toda la población; y otra de tipo socialista, administrada por los consejos comunales, con representantes electos por sector y con la participación directa de ¿el poder nacional?, veremos…

Motor 5: La Explosión del Poder Comunal

Los consejos comunales se han constituido en el elemento central de la política hacia los sectores populares del Gobierno. A través de ellos, se ha pretendido atender ciertas deficiencias en materia de desarrollo comunitario; así como también organizar a la población con fines ideológicos. No cabe duda, que los consejos comunales han sido la gran apuesta del régimen para ir impulsando el proyecto revolucionario; incluso habría que evaluar la función desempeñada por estas agrupaciones populares en su último triunfo electoral. Sin embargo, fuera de la actividad proselitista –y muchas veces auténticamente vecinal- la eficacia comunitaria y de gestión de estas agrupaciones ha sido muy relativa.

Tal vez, el Gobierno comience a encontrar en el “Poder Comunal” de estos consejos, el sustituto ideal de la democracia participativa y protagónica, que por cierto no es socialista. Pero esto no lo sabemos todavía; aunque nos parece un “viraje” previsible. Así que pendientes.

El enemigo fundamental de los consejos comunales ha sido el propio Gobierno, quien con su burocratismo e ineficacia ha asfixiado la iniciativa de centenares de activistas y dirigentes comunitarios que no han podido ni siquiera cumplir con los múltiples requisitos que se les exige para su organización y su reconocimiento. Por si fuera poco, el mismo Gobierno ha incumplido con sus propios mandatos: no ha conformado el Fondo Nacional del Poder Popular, y ha sido incapaz de organizar las Comisiones Presidenciales del Poder Popular contempladas en la Ley de los Consejos Comunales, en cada uno de los trescientos treinta y cinco municipios que tiene el país; entre otras menudencias. Al parecer, el Poder Comunal tardará en explotar.

En síntesis, los cinco motores que anunció el ciudadano Presidente de la República nos indican las líneas de acción (relativamente estructuradas), que seguirá el oficialismo en su aspiración de alcanzar su utopía socialista. Las cartas del oficialismo están puestas sobre la mesa; ahora corresponde al resto de los ciudadanos y ciudadanos colocar las suyas.

sábado, diciembre 30, 2006

2007: CINCO LÍNEAS DE ACCIÓN PARA LA SOCIEDAD CIVIL

La vida del país continúa. Con situaciones por resolver y, con otras previsibles o no, por venir. De manera inevitable, el proceso de cambio político que vive Venezuela entra en el 2007 en una nueva etapa. Una nueva etapa histórica donde el debate político bien entendido y mejor desarrollado, se hace imprescindible; y también donde las asociaciones cívicas, comunitarias y no gubernamentales serán decisivas en la construcción de una red social para la defensa de la democracia venezolana.

La acción de la sociedad civil será determinante al menos, en las siguientes cinco áreas: i) el rescate de la presencia y de la autonomía de las instancias de participación popular; ii) el impulso de la lucha cívica por los derechos democráticos; iii) la incorporación del “punto de vista democrático” al debate de la reforma constitucional; iv) la ampliación y democratización de los procesos de reforma y consulta legislativa; y, v) la promoción de programas de formación ciudadana y de responsabilidad social. Veamos.

El rescate de la presencia y la autonomía ciudadana en las instancias de participación popular

Los movimientos sociales y comunitarios autónomos deben reincorporarse a la red estatal de instancias de participación ciudadana, que establece el marco legal vigente. La efectiva participación popular en la red pública de Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas (a nivel estadal); y en los Consejos Locales de Planificación Pública (a nivel municipal) representa una sólida estrategia de lucha democrática para incidir en la formulación, ejecución y control de las políticas públicas de gobernaciones y alcaldías.

Los Consejos Comunales (diecisiete mil -hasta ahora-; según cifras extraoficiales), son otras instancias de participación comunitaria que deben ser rescatados para los auténticos intereses ciudadanos y comunitarios. Y la única garantía que los Consejos Comunales no sean “colonizados” por el autoritarismo dependerá de que su conformación se realice con independencia, inclusión y pluralidad. En tal sentido, la incorporación de vecinos y vecinas a los procesos de organización y elección de los Consejos Comunales; y hacer que los mismos funcionen para sus verdaderos propósitos, es otra forma de crear y relanzar la democracia venezolana.

El impulso de la lucha cívica por los derechos democráticos

Aunque parezca insólito los derechos democráticos más elementales como el derecho a la vida, a la justicia, a las reivindicaciones laborales o a la libertad de enseñanza y de expresión de ideas se encuentran en una situación de precariedad o bajo amenaza de sufrir serias restricciones. Por otra parte, el desarrollo libre y autónomo de las asociaciones civiles venezolanas también se haya afectado por la aprobación de la Ley de Cooperación Internacional.

Estas amenazas; sin embargo, constituyen retos para todas las comunidades organizadas y democráticas de Venezuela. Y es que esta nueva etapa, requiere que cada asociación u organización de carácter comunitario, gremial, sindical y popular se active en la defensa de los derechos colectivos y difusos de sus integrantes, con la mayor convicción y firmeza democrática.

La incorporación del “punto de vista democrático” al debate de la reforma constitucional

La reforma constitucional es un tema perteneciente a todo el pueblo venezolano. La reforma constitucional no es patrimonio de las cúpulas políticas, militares o legalistas. Ni tampoco le pertenece a la discrecionalidad del Presidente de la República. No señor. Cada ciudadana o ciudadano -sin importar su condición social, su credo religioso o su pensamiento político-, tiene el derecho de estar informado, de opinar y de participar de la manera más amplia en el proceso de revisión constitucional. De tal manera, que cada activista cívico, cada consejero ciudadano (estadal, local o comunal) y cada organización no gubernamental deben convertirse en agentes multiplicadores para el estudio y preparación del mayor número de comunidades populares para el venidero debate sobre la reforma constitucional. Y es que la mejor oportunidad para el ejercicio pleno de la participación protagónica de todo el pueblo, es justamente este: el vinculado a la reforma constitucional. En tal sentido, otro de los lineamientos estratégicos, para la acción de los movimientos sociales y de las entidades asociativas ciudadanas, durante el año 2007, estará orientada al impulso y apoyo de la participación del pueblo en la reforma constitucional; con base a un enfoque democrático, plural e incluyente. En síntesis, la reforma constitucional será una oportunidad formidable para construir ciudadanía y fortalecer alianzas para la defensa de la democracia.

La ampliación y democratización de los procesos de reforma y consulta legislativa

Uno de los objetivos fundamentales para el próximo período legislativo será lograr que los procesos de consulta legislativa se realicen de manera amplia, democrática y transparente. El denominado “Parlamentarismo Social de Calle”, tiene que ser abierto a todos los sectores sociales y políticos del país, sin exclusión alguna.

La discusión de leyes tan trascendentes como la de Educación; la de Cooperación Internacional; la de Participación Ciudadana y Poder Popular; la de Hacienda Pública Estadal, la del Consejo Federal de Gobierno o la de la Contraloría Social no puede hacerse de espaldas y, sin la participación de la mayoría de la población venezolana. Cada ley tiene que ser sometida a la debida consulta popular, y la sociedad civil y las comunidades organizadas deben estar vigilantes y denunciar las desviaciones en que pudieran incurrir las autoridades oficiales responsables de realización de tales procesos.

La promoción de programas de formación ciudadana y de responsabilidad social

Venezuela requiere más que nunca de ciudadanos y ciudadanas formados críticamente, conscientes de sus responsabilidades y de sus potencialidades creadoras. Los movimientos sociales, las comunidades organizadas, las organizaciones no gubernamentales y demás expresiones asociativas venezolanas, tendrán que redoblar sus esfuerzos para contribuir con la preparación técnica y cívica del voluntariado comunitario y social que se necesita para el avance de las luchas por la libertad y por los derechos democráticos de todos los venezolanos. En este contexto, el desarrollo de la responsabilidad social empresarial constituirá un pivote para la creación de puentes de comunicación, entendimiento y cooperación entre los distintos sectores vinculados al proceso productivo y al resto de la sociedad.

Este año 2007, será muy movido. Mucho más, después de los resultados electorales obtenidos y de la interpretación errónea que de los mismos pretende realizar el Gobierno Nacional. Y es que los últimos anuncios gubernamentales, en torno a la reforma constitucional, a los medios de comunicación y al tema educativo, así lo pronostican. De allí que, la sociedad civil venezolana unida, firme en sus convicciones democráticas y en sintonía con las líneas de acción señaladas, se convertirá en un contrapeso estratégico frente a las definitivas tendencias autoritarias que se intentan imponer en Venezuela.

lunes, diciembre 25, 2006

UN AÑO...



El próximo día 30 de Diciembre de 2006 CIUDADANOLIBRE cumplirá un año en la red. Producir, editar y publicar este espacio ha resultado una muy grata y nutritiva experiencia intelectual, profesional y emotiva. Durante el año transcurrido logramos alcanzar el simple objetivo propuesto como era el de establecer un espacio de expresión ciudadana e independiente sobre temas justamente ciudadanos, sociales y políticos. Nada más, que eso.

CIUDADANOLIBRE se consolidó como un vehículo comunicacional alternativo que les presentó experiencias recogidas, individual y colectivamente, del muy complejo ámbito de las relaciones cívicas de los movimientos sociales, las organizaciones no gubernamentales, las comunidades organizadas entre sí; y con el aparato gubernamental.

CIUDADANOLIBRE también sirvió para debatir, expresar y asentar posiciones ideológicas y políticas frente a temas de relevancia nacional e internacional. Y es que desde este sitio impulsamos la lucha ideológica activa en defensa de una democracia plural, basada en la defensa de los derechos humanos, la justicia y la libertad. Que no se olvide.

De tal manera, que el próximo año 2007 nuestra actividad en CIUDADANOLIBRE será la misma y con el mismo objetivo: abrir espacios para la participación ciudadana de manera creativa, crítica, contributiva, democrática, incluyente y plural. Nada más que eso, amigas y amigos.

La sociedad civil venezolana, las comunidades organizadas, y los movimientos sociales en general, tienen una agenda repleta de grandes retos para el próximo año. Sobre esa agenda estaremos pendientes. Sobre ella, escribiremos y le haremos asimismo un severo y un estricto seguimiento. Empero, sobre el contenido de esa agenda de desafíos del pueblo organizado venezolano, les escribiremos la semana próxima. Así que no se impacienten. Un nuevo tiempo se aproxima. Por ahora, disfruten de las fiestas de navidad. Un abrazo solidario.

Y gracias por seguir leyéndonos en CIUDADANOLIBRE.

sábado, diciembre 16, 2006

2006 UN AÑO MUY ACTIVO PARA EL MOVIMIENTO VECINAL EN BARUTA




El movimiento comunitario, social y vecinal del municipio Baruta dio varias demostraciones importantes de su capacidad de reorganización y relanzamiento, el presente 2006. La organización de numerosos consejos comunales en las barriadas populares y las urbanizaciones; el avance de las luchas en torno a la Ordenanza Especial de Chuao; la realización autónoma de encuentros con autoridades locales, metropolitanas, estadales y nacionales y la organización de eventos de foros informativos, son una clara demostración de esto.

No olvidamos las sólidas victorias obtenidas frente al partidismo y el oficialismo en las elecciones de los representantes vecinales de las Parroquias El Cafetal y Nuestra Señora del Rosario; ante el Consejo Metropolitano de Planificación de Políticas Públicas. Allí, los vecinos y vecinas unidos ganamos. Tenemos que tener presente la capacidad de movilización demostrada por los ciudadanos en el caso las invasiones de La Trinidad.

Otro hecho importante fue que este año nació la “Red de Consejeros Cívicos” que ya reúne a integrantes de consejos locales y comunales de toda el Área Metropolitana de Caracas y, a representantes de organizaciones no gubernamentales.

Por otra parte, es importante hacer un reconocimiento a la intensa labor comunitaria que adelanta uno de nuestros mejores vecinos y aliados de nuestro municipio, como es la Universidad Simón Bolívar (USB). Así mismo ASOPRAES, ASOLIMA, ASOMANZANARES, APRACAF, la ONG Propuesta Ciudadana y las organizaciones comunitarias y populares de Bucarito, El Copey, Monterrey, Ojo de Agua, El Progreso, La Loma, Alto Pino y San Luis (bajo) se constituyeron en referencia y en puntos de encuentro para el movimiento ciudadano baruteño por su intensa actividad.

La agenda ciudadana 2007 viene cargadita

Amigas y amigos, el próximo año 2007 traerá consigo muchos retos que afrontar. El rescate de nuestro Consejo Local de Planificación Pública, la organización de consejos comunales autónomos y ciudadanos; la nueva Ley del Servicio Comunitario, el caso del centro comercial “AEROMALL”, el caso del conjunto residencial “VISTAVENTURA”, el rescate y fortalecimiento de la Justicia de Paz, la puesta en marcha de la contraloría social al Plan de Inversión Municipal 2007 y la efectiva incorporación de los sectores populares a las políticas públicas de la Alcaldía; entre otros temas son parte de esa agenda de desafíos del movimiento ciudadano y de la sociedad civil de Baruta en 2007.

Y SEGURO QUE CON UNIDAD Y ORGANIZACIÓN SALDREMOS ADELANTE

lunes, diciembre 11, 2006

USB-BARUTA: II ENCUENTRO CON LAS COMUNIDADES VECINAS

La Universidad Simón Bolívar (USB), mediante su Decanato de Extensión, realizó el pasado 7 de diciembre el II Encuentro con la Comunidades Vecinas. El Decanato de Extensión de la USB constituye un espacio institucional destinado a la promoción e implementación de esquemas de cooperación para el desarrollo comunitario; así como también para el impulso y desarrollo de programas que respondan a los requerimientos específicos de las localidades y comunidades organizadas del Municipio Baruta.

Asistí invitado como integrante del Consejo Local de Planificación Pública de Baruta; y allí pude compartir de nuevo con las autoridades universitarias y sobre todo, con los líderes y dirigentes vecinales de barrios y urbanizaciones de una manera alegre, espontánea y propositiva. Desde acá reitero mi compromiso en seguir apoyando las iniciativas populares destinadas a elevar la calidad de vida de los habitantes de nuestro Municipio.

Entre los asistentes estuvieron vecinas y vecinos de las comunidades de “Ojo de Agua”, “Zurima”, “El Progreso”, “El Placer de María”, “La Arenera”, “Hoyo de La Puerta”, “La Trinidad”, “Casco de Baruta”, “La Palomera”, “La Mata”, “San Pedrito”, “Bucarito”, “Sisipa”, “Turgua” “El Hatillo”.

Fueron invitadas las siguientes instituciones: la Gobernación de Miranda, la Alcaldía de Baruta, la Alcaldía de El Hatillo, el Consejo de Protección de los Derechos del Niños, Niñas y Adolescentes, el Consejo Local de Planificación Pública de Baruta, los Consejos Comunales de las zonas aledañas, asociaciones de vecinos, la ONG “Propuesta Ciudadana”, la ONG “Venezuela Sin Límites”; y el Parque Tecnológico Sartenejas entre otros.

En el evento, la Unidad de Apoyo Técnico del Decanato de Extensión de la USB, mostró lo resultados obtenidos en proyectos específicos tales como son los de las comunidades de “Ojo de Agua” (Plan de Desarrollo Comunitario a 15 años), Bucarito (Proyecto de Planta de Tratamiento de Agua), o del apoyo a investigaciones biomédicas con sentido social (Fabricación de Piezas Ortopédicas, a muy bajo costo). Así mismo, se presentaron como ofertas principales para vinculación Universidad-Comunidad la puesta en marcha para el próximo año de programa de Pasantías Estudiantiles; de acuerdo a la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior; y la continuación y expansión de las Mesas Técnicas Locales. En el acto protocolar hubo palabras del Rector, de esa casa de estudios, Profesor Benjamín Scharifker y del señor Jesús López, líder de la comunidad de “Ojo de Agua” y miembro también del Consejo Local de Planificación de Baruta.

El avance de la lucha por los derechos a la participación popular continuará con su paso firme, democrático e incluyente. El apoyo de instituciones como la Universidad Simón Bolívar, será determinante para el desarrollo comunitario de las comunidades menos favorecidas de Baruta. Y esta posibilidad se acerca cada día más a constituirse en una poderosa realidad.

miércoles, noviembre 29, 2006

NUEVA LEY DE LOS CLPP: ¿RELANZAMIENTO O MÁS DE LO MISMO?

La Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la anunciada reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, mejor conocidos en el ámbito municipal como CLPP. Y ésta es la segunda vez en el presente año 2006 que, la Ley de los CLPP sufre transformaciones. En efecto, en el pasado mes de Abril, la Asamblea Nacional introdujo unas modificaciones puntuales en la organización de los Consejos Locales que eliminaba de su seno a los Consejos Parroquiales (que nunca funcionaron) y, separaba de paso a los Consejos Comunales para convertirlos en el eje central de la política asistencialista del gobierno central en el ámbito comunitario.

La huella dejada por la actividad de los Consejos Locales de Planificación Pública en los distintos municipios del país; lamentablemente, no ha sido relevante hasta ahora. En honor a la verdad, y con algunas muy contadas excepciones, los CLPP han sido bloqueados, desasistidos y subestimados por la gran mayoría de los gobernantes municipales; pese a ser un mandato constitucional desarrollado además en diversas leyes orgánicas y ordinarias, vigentes en el país.

Los CLPP representan una oportunidad formidable para que vecinos y vecinas y comunidades organizadas puedan incidir en la formación, ejecución y control de las políticas públicas locales. Sin embargo, desde 2002 muchos fueron los errores y también irregularidades las que se realizaron en su implementación. Una de ellas, fue la poca transparencia en los procesos de elección de sus miembros. Otro yerro fue la bajísima difusión con que fueron realizados los procesos de organización y elección de estas instancias de “participación ciudadana”. La colonización de la representación comunitaria y sectorial; por parte de empleados incondicionales de alcaldes y concejales fue otro factor que contribuyó de manera notable al mal inicio de los Consejos Locales de Planificación Pública. Y la escasa dotación de recursos institucionales, humanos y financieros constituyó un elemento definitivo en su poca actividad operativa. Finalmente, como un aderezo adicional, la escasa capacidad gerencial de alcaldes, concejales y miembros de juntas parroquiales determinaron el intrascendente rendimiento de los CLPP. En síntesis, a la Ley de los Consejos Locales de Planificación se le cometieron una serie de fraudes que desdibujaron; tanto sus potenciales beneficios como los derechos a la participación ciudadana. De ello, no nos queda la menor duda.

La reforma de la ley abre nueva expectativa por ciertas innovaciones que presenta. De hecho, el Consejo Local de Planificación Pública es redimensionado en esta nueva versión legal. Se le agrega, la figura del Vicepresidente (a ser elegido entre los consejeros vecinales) y, con la estratégica misión de suplir las ausencias del Alcalde en el CLPP. Así también se crea un cargo de Secretario para darle soporte administrativo a las actividades del Consejo Local; lo cual es positivo. Por cierto, dentro de esta recomposición se simplifican y se redefinen las funciones de la Sala Técnica, como un organismo de apoyo especializado al Plenario del CLPP. Cabe agregar, que hasta ahora las poquísimas Salas Técnicas existentes están abandonadas o actuando sin una adecuada orientación institucional.

Por otra parte, la reforma determina de manera directa e ineludible varias responsabilidades a los alcaldes y demás autoridades locales. Mencionaré algunas. Una de ellas, es la obligación para el Alcalde, de rendir cuentas de manera pública y anual de la actividad realizada por el CLPP. Otro deber para las autoridades municipales es la dotación suficiente de los recursos institucionales, humanos y presupuestarios para el funcionamiento de ese organismo. Y por último, vale la pena destacar, la obligación del Alcalde y demás consejeros de cumplir con los acuerdos y resoluciones tomadas por el Consejo Local de Planificación Pública.

Un aspecto de singular importancia que contempla la nueva Ley de los CLPP, es la prohibición a los funcionarios públicos (nacionales, estadales y municipales) de participar como representantes comunitarios y sectoriales; salvo que se separen de sus funciones. Con esta medida se trata de garantizar la independencia y autonomía de la representación comunitaria de las autoridades públicas locales.

Con la reforma aprobada la participación de los representantes vecinales y sectoriales en estos consejos sigue siendo ad-honorem; sin embargo, ahora recibirán una dieta (de cinco unidades tributarias como mínimo) por su asistencia a las reuniones, para sufragar gastos de transporte y alimentación (¿?). La asignación de esta dieta -a nuestro juicio-, le resta majestad y autonomía al carácter voluntario que hasta ahora revestía la participación de los representantes no gubernamentales en el CLPP; es decir, con el pago de una dieta, se estaría convirtiendo a los representantes comunitarios y sectoriales en “semi-funcionarios públicos”; lo que podría desviarse hacia el clientelismo.

La cantidad y el mecanismo de elección de los representantes vecinales y sectoriales ante el organismo también sufrieron transformaciones importantes. Por ejemplo, los representantes aumentarán su presencia. Antes debían ser uno más que la sumatoria de los representantes oficiales (alcalde, concejales y presidentes de juntas parroquiales). Ahora serán tres integrantes más que dicha sumatoria. Pero además, la reforma nos indica que los representantes vecinales comunitarios serán el sesenta por ciento (60%), de la totalidad de esa representación; quedando el resto para aquellos integrantes provenientes de las organizaciones sectoriales de la sociedad civil.

La elección de los consejeros comunitarios, pasó a ser más engorrosa y ahora dependerá de los Consejos Comunales reunidos en asambleas parroquiales; es decir, en cada parroquia de cada municipio del país, tendrían que celebrarse asambleas de voceros comunales (uno por cada consejo comunal) para elegir el número correspondiente de representantes al CLPP. Hay dos aditivos adicionales a este procedimiento. Uno de ellos, es la Comisión Presidencial Local del Poder Popular, que tendrá que “validar” el registro de los consejos comunales participantes; el otro es la Junta Electoral Municipal; la cual tiene la responsabilidad de organizar el proceso de elección asambleario.

Este mecanismo de elección supone varios problemas. Uno de ellos, es la monopolización en los Consejos Comunales en el derecho a elegir a los integrantes de la sociedad civil. Y ese monopolio restringe la participación de otras organizaciones ciudadanas y vecinales; lo cual es grave. Y es que si algo tiene la Constitución Bolivariana (aún vigente) es el reconocimiento a una amplia diversidad de organizaciones comunitarias, vecinales y sociales a las cuales se les estaría restringiendo su derecho a postular y elegir representantes y voceros. Lo más recomendable hubiera sido permitir la libre participación en esta elección de todas las organizaciones vecinales y temáticas; incluyendo por supuesto, a los Consejos Comunales.

Los Consejos Comunales de recientísima creación, aún no están suficientemente consolidados. Formalmente, ni siquiera hay un registro nacional confiable sobre su número y situación legal. Cabe agregar que, -hasta la fecha-, muchos Consejos Comunales siguen padeciendo de la discrecionalidad de la burocracia pública para ser registrados en los organismos competentes. Esto es parte de la cruda realidad.

Las Comisiones Presidenciales Locales del Poder Popular no existen en casi ningún municipio. De hecho, su función tuvo que ser delegada en FUNDACOMÚN, una agencia estatal de carácter nacional responsabilizada de las políticas comunitarias. Entonces, ¿cómo van a avalar el registro de los Consejos Comunales, unas entidades que simplemente no existen? Hubiera sido más sencillo, más democrático y más transparente que fueran a las entidades locales y a sus ciudadanos a quienes la Asamblea Nacional; mediante esta reforma legal les hubiera permitido organizar el proceso electoral; evitando así la intervención de actores burocráticos externos a las realidades comunitarias. Por último, la participación de las Juntas Electorales Municipales pudiera ser percibida por el movimiento vecinal y comunitario como una nueva traba burocrática para elegir a sus representantes directos.

La elección de los representantes sectoriales en el Consejo Local de Planificación Pública, es mucho más sencilla. Las organizaciones sectoriales tan sólo deberán registrarse ante el Secretario del CLPP, para luego realizar asambleas en foro propio y designar sus representantes directos. ¿Amigos de la Asamblea Nacional vieron que se podía actuar con sencillez y sin tanto burocratismo? Por último, en el caso de los pueblos indígenas estos elegirán a sus representantes; de acuerdo a sus usos y costumbres en los municipios donde tuvieran participación.

La nueva Ley de los CLPP retoma los Consejos Parroquiales como instancias de participación y coordinación entre las Juntas Parroquiales, las organizaciones vecinales, comunitarias y sectoriales en aras de construir una visión compartida e integral de los problemas y soluciones de cada parroquia.

Otro muy elemento importante en la reforma legal es la precisión de las responsabilidades del Consejo Local de Planificación Pública, en la elaboración y aprobación del Presupuesto de Inversión Municipal. En efecto, la reforma establece con claridad, que este será potestad del CLPP; mediante el cumplimiento de tres fases: el diagnóstico participativo, la formulación del plan y del presupuesto de inversión municipal y su respectiva aprobación. En el cumplimiento de esta fase la consulta a ciudadanos, a comunidades organizadas y consejos comunales es de carácter obligatorio y vinculante. Una vez cumplida esta etapa, el Alcalde presentará el Presupuesto de Inversión Municipal, ante la Cámara Municipal, para su aprobación dentro de la Ordenanza del Presupuesto del Municipio.

Un aspecto muy interesante, es que los nuevos Consejos Locales de Planificación Pública deberán tomar sus decisiones por mayoría calificada; es decir, por las dos terceras partes de sus integrantes. Esta nueva característica -si bien obliga al Plenario a establecer mecanismos de cooperación y negociación constructiva entre sus miembros-, también implica el riesgo de caer en obstaculizaciones que impidan su operatividad. En un ambiente plural y bajo esta condición para tomar decisiones, las deliberaciones sobre la utilización de los recursos del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), la Ley de Asignaciones Especiales Económicas (LAEE) o sobre la aprobación de cualquier proyecto o plan requerirán de un esfuerzo denodado de entendimiento entre los actores participantes en el CLPP.

En realidad, la reforma de la Ley de los Consejos Locales de Planificación, pudiera abrir oportunidades para la inclusión y la participación ciudadana. La posibilidad de que vecinas y vecinos, y las comunidades organizadas puedan incidir en la gestión de los gobiernos locales es saludable y recomendable. Y es que en el mundo moderno, la corresponsabilidad entre Estado y la sociedad cívica marca la pauta como clave del desarrollo. Sin embargo, debemos tener muy claro que esas posibilidades de participación popular y de responsabilidad compartida entre el Estado y la sociedad civil, sólo serán reales y efectivas en un marco de democracia, de libertad, de solidaridad y de pluralidad.

domingo, noviembre 19, 2006

SANCIONADA REFORMA DE LA LEY DE LOS CLPP POR LA ASAMBLEA NACIONAL


Por segunda vez en el presente año 2006 fue reformada la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública. En nuestra entrega anterior habíamos informado sobre el proceso de reforma a esta ley, iniciado por la Asamblea Nacional.

La reforma aprobada debería generar cierto debate entre las autoridades de los niveles locales de gobierno y entre las comunidades organizadas por las innovaciones que contiene. Veamos los casos más relevantes:

Se aumentó el número de representantes de las comunidades en el Consejo Local de Planificación Pública. Ahora serán tres representantes más que la sumatoria de los miembros gubernamentales (Alcalde, Concejales y Presidentes de las Juntas Parroquiales).

Se creó la figura del Vicepresidente del CLPP, el cual será escogido de la representación de los consejeros vecinales. El vicepresidente del CLPP suplirá las ausencias temporales del Alcalde en el seno del Consejo Local de Planificación Pública.

Se separó la figura del Secretario de la burocracia municipal. Ahora se designará un secretario fuera del seno del CLPP.

La Sala Técnica fue adscrita al Secretario del Consejo Local de Planificación Pública, quien también la supervisará.

Se obliga al Alcalde a rendir cuentas de la gestión del Consejo Local de Planificación Pública.

Se estableció la obligación a las autoridades municipales a otorgar los recursos institucionales, humanos y financieros para el funcionamiento del Consejo Local de Planificación Pública.

Se restituyó el Consejo Parroquial; así mismo se creó la figura de la Asamblea Parroquial como instancia de participación y deliberación para las comunidades organizadas en ese nivel político territorial.

La reforma establece que en Consejo Local de Planificación Pública, los representantes comunitarios tendrán siempre mayoría numérica a aquellos representantes sectoriales de la sociedad civil.

La reforma de la Ley le otorgó la facultad a los Consejos Comunales de elegir mediante una asamblea de voceros a los representantes vecinales al CLPP.

La nueva Ley de los Consejos Locales de Planificación determina la obligación estricta del Alcalde o Alcaldes de cumplir con las decisiones y acuerdos tomados por el Consejo Local de Planificación.

A partir de la publicación en Gaceta Oficial de la nueva Ley de los Consejos Locales de Planificación, los Concejos Municipales tendrán un lapso de 30 días continuos para aprobar la ordenanza respectiva para la renovación de los CLPP. Dicha relegitimación será efectuada en un lapso de noventa días continuos.

Por lo demás la nueva Ley de los Consejos Locales de Planificación, ratificó la importancia de estos órganos como encargados de la planificación integral de los municipios, de diseñar el Plan Municipal de Desarrollo y demás planes municipales; y como garantes de la participación ciudadana y protagónica en la formulación,, ejecución, seguimiento, evaluación y control de la gestión pública local.

Se aproximan nuevos tiempos en materia de organización y participación ciudadana en Venezuela. Desde aquí, desde este espacio, seguiremos apoyando las iniciativas ciudadanas para fortalecer su inclusión protagónica y responsable en la gestión gubernamental, desde un punto de vista crítico, democrático, incluyente y plural.

domingo, noviembre 05, 2006

UNA NUEVA REFORMA A LA LEY DE LOS CONSEJOS LOCALES DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA

La Asamblea Nacional anuncia que reformará de nuevo la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, en el actual período de sesión legislativa que culmina en Diciembre. Al respecto, cabe recordar que la Ley de los CLPP fue promulgada el 12 de Junio de 2002, en cumplimiento del artículo 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así mismo, debe mencionarse que en el mes de Abril del presente año (2006), la misma ley sufrió una primera reforma, que modificó sustancialmente su conformación original al eliminar de su seno a los Consejos Parroquiales y; desvincular de allí también, a los consejos comunales.

El cumplimiento de esta ley no ha sido exitoso. Las autoridades locales (rojas o no) se han resistido a cumplir de manera cabal y eficaz los mandatos de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública. Por otra parte, los CLPP son vistos con cierta desconfianza por el movimiento vecinal organizado, que los considera como una instancia mediatizadora de la gestión del movimiento ciudadano autónomo. En síntesis, la actividad de los CLPP ha sido tremendamente dificultosa y poco relevante para mejorar la vida de las comunidades más deprimidas.

El mismo proceso de reforma legal auspiciado por la Asamblea Nacional ha carecido de un adecuado proceso de consulta pública general y especializada. Esta situación genera de nuevo desconfianza en sectores ciudadanos que pudieran aportar ideas y experiencias al mejoramiento de este importante instrumento legislativo. De hecho, no se conoce -aún con certeza-, cuál es el proyecto de reforma que estaría por discutirse en el Poder Legislativo. Y cabe agregar, que tampoco el site-web de la Asamblea Nacional, contiene los cambios legales planteados; lo cual es sumamente grave.

De nuevo, el movimiento ciudadano se encuentra en una situación de indefensión frente a la discusión y aprobación de una ley que debería fundamentar la participación popular, sin ningún tipo de exclusiones y reservas. Los Consejos Locales de Planificación Pública pueden constituirse en un verdadero instrumento de inclusión ciudadana en la planificación y control de la actividad de los gobiernos locales. Para ello, una reforma de la ley que los ampara tendría que contemplar entre otros aspectos, los criterios siguientes:

- Mecanismos eleccionarios confiables, incluyentes, responsables y transparentes, que garanticen la más amplia participación comunitaria y sectorial en cada municipio del país.
- La independencia y autonomía de los representantes vecinales y sociales que conforman su plenario. Se debe prohibir la participación de funcionarios públicos locales como representantes de las comunidades en el CLPP.
- La delimitación precisa e inequívoca de las funciones del CLPP, y de los consejeros y consejeras que los conforman, en áreas de planificación, descentralización, gestión, comunicación, control y evaluación de las políticas públicas en el ámbito municipal.
- La dotación adecuada de los recursos institucionales, humanos, técnicos tecnológicos y presupuestarios que sean necesarios para el funcionamiento.
- La obligación de alcaldes o alcaldesas, de presentar anualmente su informe de gestión ante el plenario del Consejo Local de Planificación Pública.
- La reincorporación de los consejos parroquiales y la re-adscripción de los consejos comunales al ámbito de institucional de los Consejos Locales de Planificación.
- El establecimiento de un régimen de reuniones ordinarias mensuales.

Por lo demás, la Asamblea Nacional tendría que llamar a una consulta pública a los actores interesados con el fin de aprobar esta ley de gran importancia cívica y democrática con la mayor participación popular posible. Lo contrario sería repetir los errores del pasado reciente.

viernes, octubre 27, 2006

VENEZUELA Y SUS ELECCIONES PRESIDENCIALES



El proceso electoral venezolano continúa su desarrollo con dos opciones políticas enfrentadas; en cuanto a la valoración que se otorga a la ciudadanía, a la participación y a la libertad.

Una visión propone claramente el predominio del Estado sobre el individuo y la sociedad; en una suerte de renacimento de las viejas teorías fundamentadas en la lucha de clases y la hegemonía de los intereses de un sector sobre el resto del conglomerado social.

El otro enfoque propone la participación equilibrada de los distintos componentes sociales en el desarrollo del país; mediante la inclusión, el respeto de la pluralidad y las libertades individuales y asociativas.

En Venezuela, nos encontramos en este momento en una intensa lucha por definir el rumbo del país y sus habitantes dentro de un marco de democracia y libertad o de una vía directamente emparentada con el totalitarismo.

Así podemos encontrar los grandes esfuerzos de las fuerzas cívicas defiendo las arremetidas de un gobierno que pretende estatizar cualquier manifestación social, cultural, política o económica. Es mucho lo que se juega nuestro país en la elecciones del 3 Diciembre.

Desde nuestro enfoque, valoramos la democracia como el mejor sistema para avanzar hacia el progreso y la properidad en un ambiente libre, pacífico y soberano. Por eso decimos NO al totalitarismo, NO a la violencia, NO a la persecución política.

Queremos que Venezuela sigua siendo un país libre, pacífico y democrático.

domingo, octubre 08, 2006

EL CASO DEL AEROMALL

El caso del Aeromall parece entrar en una fase decisiva. Recientemente, autoridades públicas locales y nacionales se han pronunciado de manera contundente sobre el controversial centro comercial llamado a ser “el más grande de América Latina”. Y no podía suceder otra cosa porque; primero, la presión vecinal se hizo sentir en cierto grado y a ciertos niveles. Y en segundo lugar, porque los promotores del mencionado Aeromall demostraron una torpeza gerencial y de mercadeo tan grande como una montaña rusa.

El tema del Aeromall entró en la agenda comunitaria de Baruta en pleno mundial de fútbol (Alemania, 2006) ¿recuerdan? En medio de ese evento y, por Meridiano Televisión comenzó una campaña publicitaria destinada a promocionar al “centro comercial más grande de Latinoamerica”, con sus 12.500 puestos de estacionamientos, 60 discotecas (nunca he podido comprender para qué tantas), sus ocho montañas rusas, su helipuerto y todo lo demás. Eladio Lares prestigioso comunicador, fue imagen de la campaña y del Aeromall. Hasta allí, todo pintaba muy bien. Sin embargo, aparecieron las comunidades organizadas del municipio Baruta y la cosa tomó otro rumbo.

Gente de Prados del Este, Los Campitos, Santa Fe, Santa Rosa de Lima, Alto Prado y Manzanares (entre otros vecinos), comenzaron a reunirse y a exigir información sobre la construcción del Aeromall. Por su parte, los promotores de la empresa continuaron con la oferta y la promoción del proyecto. Pasado el mundial y ante la presión vecinal, la Alcaldía de Baruta, publicó un anuncio en la prensa nacional en el que expresaba que no conocía proyecto alguno que implicara la construcción de un centro comercial; entre Los Campitos y Santa Fe.

El tiempo pasó y las promociones -vía internet del mencionado Aeromall- continuaron; por parte de Fondoglobal y sus asociados. En ese lapso, la presión de los vecinos también continuó. Crecieron los rumores, se repartieron folletos y hasta se hicieron contactos con las comunidades aledañas para contratar trabajadores para la construcción de la obra. Pero el elemento crucial fueron los errores y transgresiones a ley cometidos por los promotores del mall: se estaba vendiendo algo sin los permisos de rigor y además se estaban utilizando los logos de entidades oficiales como la Alcaldía de Baruta y el Ministerio de Infraestructura, sin autorización; según las declaraciones públicas de los titulares de esas agencias estatales.
El resultado de todo esto, fue de la decisión del Ministerio de Infraestructura de paralizar dicha obra o la advertencia de la Alcaldía de Baruta, en voz del propio Henrique Capriles Radonsky de denunciar a estos promotores ante el INDECU. Pero además, la credibilidad de los promotores quedó golpeada porque: ¿cómo confiar en alguien que utiliza los símbolos de instituciones públicas o privadas, sin el consentimiento expreso de las mismas? ¿Y cómo se puede promocionar y vender un proyecto de inversión tan grande, sin la autorización técnica y oficial correspondiente?

Pienso que los vecinos deben comenzar a documentar todos los aspectos vinculados a este problema. El impacto en servicios públicos como el agua, la electricidad, la recolección de desechos sólidos y, el congestionamiento vehicular y la contaminación sónica tendrían que ser evaluados en el corto plazo. Soy de los que considera que, el movimiento vecinal tiene la capacidad para opinar en forma técnica y racional sobre esta problemática. Por otra parte, habría que hacer un “seguimiento vecinal” a los trámites oficiales que hayan sido realizados; por parte de los interesados en ese centro comercial. Los vecinos tienen el derecho de obtener información veraz, oportuna y transparente sobre los asuntos que afecten su calidad de vida.

Por último, las comunidades organizadas deben difundir de la manera más amplia y objetiva la situación actual del proyecto. Hay que estar organizados y continuar ejerciendo los derechos ciudadanos en defensa de un desarrollo municipal sostenible y sustentable. Y sobre todo, no olvidemos que el caso del Aeromall no está cerrado.

miércoles, octubre 04, 2006

LOS RETOS DEL MOVIMIENTO VECINAL VENEZOLANO

El movimiento vecinal constituye un componente importante de eso que se ha llamado sociedad civil o sociedad organizada. En Venezuela, el movimiento vecinal se inició a partir de 1959, con la instauración del sistema democrático representativo. En esos 48 años de lucha, los vecinos contribuyeron a la ampliación de las posibilidades de participación e incidencia ciudadana en la gestión pública local.

En todo este tiempo, la cohabitación entre el movimiento vecinal y las autoridades no ha sido siempre color de rosa. Vecinos y autoridades suelen no coincidir generalmente, en el tratamiento de temas específicos como el ambiente, la zonificación o el desarrollo urbanístico. Por si fuera poco, las expresiones asociativas vecinales son las entidades naturales para el ejercicio de la fiscalización de la gestión de alcaldes, concejales y juntas parroquiales. Y créanme, que esa cualidad natural para el ejercicio de control social, hace del movimiento vecinal un factor sumamente incómodo para las autoridades locales.

En la Venezuela participativa de hoy, las tendencias estatizantes del gobierno central, la omisión sistemática a los derechos de participación ciudadana; por parte de alcaldes y concejales, la asimilación de nuevos medios de participación como son los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) y los Consejos Comunales y, el rescate y mantenimiento de su autonomía como movimiento social, representan algunos de los retos que debe afrontar con éxito el movimiento vecinal.

Esos desafíos conforman una agenda que exige para su superación, de un movimiento vecinal fortalecido y renovado. Fortalecido en su valoración ética de la acción ciudadana y donde valores como la inclusión, la solidaridad, la pluralidad, la libertad y la democracia sean los pivotes frente al creciente autoritarismo que amenaza al país y, renovado en su liderazgo y en sus métodos de trabajo, para la articulación de estrategias de organización y participación ciudadana, la coordinación de acciones en los distintos ámbitos que le toca actuar y el establecimiento de alianzas y redes de cooperación mutua, para la defensa de los derechos y libertades cívicas, cada día más comprometidos en nuestro país.

miércoles, septiembre 27, 2006

MUNICIPIO, PARTICIPACIÓN Y GERENCIA PÚBLICA LOCAL

Nadie pone en duda la importancia del Municipio como la instancia de gobierno más cercana a los ciudadanos. La actividad de los gobiernos locales posee una incidencia definitiva en la calidad de vida de sus habitantes. Los municipios constituyen la base territorial para la organización de la República; gozan de autonomía y personalidad jurídica. La autonomía municipal comprende: la elección de sus autoridades, la gestión de sus competencias y la creación, recaudación de sus ingresos. Las competencias municipales están determinadas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal entre otros referentes legales. La organización del Poder Público Municipal contemplada en la LOPPM, se ejerce a través de cuatro funciones: la función ejecutiva, realizada por el alcalde, responsable del gobierno y la administración; la función legislativa (deliberante) correspondiente al Concejo Municipal; la función del control fiscal, cuya responsabilidad es de la Contraloría Municipal; y la función de planificación que será ejercida conjuntamente con el Consejo Local de Planificación Pública.

Los principios constitucionales de la participación en la formación, gestión y control de la gestión pública determinan cualidades y procesos de inclusión ciudadana al Poder Público Municipal. La ejecutiva debe desarrollarse con la participación (de manera vinculante o no) de la opinión popular en la formación y ejecución de programas públicos. La función deliberante del Poder Municipal se encuentra obligada a propiciar la implementación de mecanismos de consulta pública, y de recepción de las iniciativas legislativas a las cuales tienen derecho las comunidades organizadas de cada entidad local. Los contralores municipales –so pena de destitución- están obligadas legalmente a atender las denuncias ciudadanas. Las organizaciones de contraloría social, son parte del sistema nacional de control fiscal. Y la función de planificación otorgada a los CLPP es compartida e incluyente para otras formas asociativas no estatales como los consejos comunales, los comités de tierras, las mesas técnicas (de agua, energía) y otras instancias de participación popular. Por último, el presupuesto participativo –en este contexto- constituye una herramienta única donde las comunidades organizadas tienen la posibilidad de incidir en la gestión pública.

Frente a la nueva “realidad participativa” que supone el marco constitucional y legal vigente, en el ámbito local que nos ocupa, la gerencia se encuentra ante el reto de pasar de una modelo de gestión centralista y autoreferenciado, a otro orientado abierto a la satisfacción de las demandas sociales con base a la base de nueva relaciones entre el Estado y la sociedad. En tal sentido, la gerencia pública municipal posee un conjunto de compromisos éticas, políticas y técnicas, estratégicas y operativas que debe cumplir para facilitar la aplicación y el cumplimiento de los derechos populares a la inclusión en la gestión de las políticas públicas de alcance local. Lo anterior supone, que la gerencia municipal tenga que elevar su capacidad de gobierno. Temas como adecuada percepción ética de la política; o la relación gobierno/comunidad; la solidaridad social; la gestión transparente y la rendición de cuentas; por una parte. Y el desarrollo de adecuados modelos de planificación, gestión y sistemas de información y seguimiento de proyectos; conjuntamente con la simplificación de procedimientos administrativos y de atención ciudadana, tendrían que constituir elementos ineludibles dentro de un programa de fortalecimiento de la gerencia local.

domingo, septiembre 17, 2006

50 ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DEL CENTRO DE EXTENSIÓN PROFESIONAL CEP-UCV

50 ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DEL
CENTRO DE EXTENSIÓN PROFESIONAL
CEP-UCV
CONGRESO SOBRE ENFOQUES Y PRÁCTICASGERENCIALES
EN VENEZUELA 2006
GERENCIA: ENCRUCIJADA DE SABERES
Caracas – Venezuela. 26 al 27 de septiembre de 2006

Con motivo de la celebración de los 50 años de la creación del Centro de Extensión Profesional (CEP-UCV) de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Central de Venezuela, esta dependencia ha considerado pertinente la realización del “Congreso sobre Enfoques y Prácticas Gerenciales en Venezuela 2006: Gerencia, Encrucijada de Saberes”.

FINALIDAD
Crear un espacio de discusión y reflexión sobre la premisa “Gerencia: Encrucijada de Saberes”, en dos vertientes:
1) Procurar el intercambio de experiencias académicas entre instituciones dedicadas a la enseñanza de la gerencia en el medio venezolano.
2) Conocer las distintas maneras de apreciar el aporte de diversas disciplinas al contenido teórico y sus aplicaciones en el campo de la gerencia en Venezuela.
El Congreso se llevará a cabo entre el 25-27 de septiembre de 2006, en la sede del CEP-UCV, Caracas.

ESTRUCTURA DEL CONGRESO
El Congreso está estructurado en dos tipos de eventos:
-Un acto central constituido por una Reunión de Expertos sobre el tema: Balance y Perspectivas de la enseñanza de la Gerencia en Venezuela, coordinado por la Prof. Consuelo Ascanio Rodríguez y el Prof. Rubén Álvarez, como ponente por el CEP-UCV.
Para esta Reunión se invitó a las siguientes instituciones:
•IESA – Instituto de Estudios Superiores Administrativos.
•CENDECO – Centro de Extensión, Desarrollo Ejecutivo y Consultoría Organizacional / Universidad Metropolitana.
•CIAPUCAB – Centro Internacional de Actualización Profesional – Universidad Católica Andrés Bello, Área: Herramientas de Gestión.
•CEAP – Comisión de Estudios de Postgrado FACES-UCV.
•LUZ.
•UNEFA.

SIMPOSIOS

•Lo femenino y lo masculino en la Gerencia

Coordinadora: Prof. Alba Carosio. e-mail: albacarosio@gmail.com
Objetivo: Analizar y debatir los aportes de lo femenino y lo masculino en el liderazgo, los estilos, las prácticas y el desempeño gerencial, frente a las tendencias de la época y los desafíos del liderazgo del presente en los espacios gerenciales y en las posiciones de dirección en general.
Justificación: La irrupción de la diversidad en las empresas y organizaciones de diferentes tipos es una realidad del mundo contemporáneo.
La diversidad impacta a las organizaciones desde el entorno, hay diversidad en los grupos de interés o stakeholders relacionados, en sus clientes, en la localización de sus operaciones y en la composición de su fuerza laboral.
El entorno complejo y los retos que enfrentan las organizaciones en el siglo XXI, requieren de flexibilidad, adaptación al cambio y nuevas formas de concebir y practicar el poder, en las que incorporen las capacidades y visiones femenina y masculina.

•Aporte disciplinar en la constitución del saber gerencial

Coordinador: Prof. Angel Moro. e-mail: angemo42@hotmail.com
Objetivo: Analizar las contribuciones teóricas producidas donde se pueda conocer lo formulado acerca del saber en el campo de la gerencia, de manera de apreciar y aprender su referencia tanto en las situaciones objetivas como a las subjetivas.
Identificar si ese conocimiento puede interrogarse sobre la existencia de un ámbito definido como gerencial.
Justificación: La idea es saber si ese conocimiento producido es suficiente para identificar lo gerencial como objeto definido.

•Impacto de las tecnologías de información y Comunicación (TICS) en la Gerencia. Casos en Venezuela.

Coordinador: Prof. Fernando Martínez.
e-mail: fmartínez_ucv@cantv.net ; fmartínez@alphaciens.ucv.ve
Objetivo: Dar a conocer los resultados de experiencias Teórico-Prácticas en el campo del uso de las TIC en la mejora de la Gerencia en Venezuela.
Justificación: En Venezuela se desarrolla una serie de Proyectos de Informática en las Universidades, Organizaciones Públicas y Organizaciones Privadas, que conforman las experiencias del mercado de Informática en Venezuela. La idea del simposio es hacer una memoria de las mejores prácticas desarrolladas en forma metodológica, métodos, técnicas, herramientas y procedimientos para formar las lecciones aprendidas en Gerencia de Informática durante los últimos años.

•La Academia y la Gerencia.

Coordinadora: Prof. Fulvia Nieves. e-mail: nievesf@faces.ucv.ve
Objetivo: Reflexionar sobre la pertinencia de incorporar principios y prácticas gerenciales en las principales áreas de la actividad universitaria (docencia, administración, investigación y extensión), a fin de alcanzar óptimos niveles de eficiencia y productividad.
Justificación: Nuevos, importantes y continuos cambios en el entorno de la educación superior, hacen necesario propiciar el análisis de novedosas concepciones y prácticas gerenciales contemporáneas desde la perspectiva de su posible incorporación a la gestión universitaria.

•Gerencia de lo público y Gerencia de lo privado.

Coordinadores:
Prof. José Rodríguez Figueroa e-mail: joseasuncion@cantv.net
Objetivo: Ampliar la visión de la problemática gerencial en un marco de corresponsabilidad y de gestión compartida de lo público y privado en Venezuela.
Justificación: Conocer las características y rasgos distintivos de los componentes gerenciales del sector público y privado, constituye una oportunidad formidable para potenciar puntos de encuentros y de fortalecimiento de estos dos actores que se encuentran llamados a contribuir de manera ética, propositiva y responsable con el desarrollo institucional, económico y social del país.

•Municipio y Gerencia

Coordinador:
Prof. Miguel González Marregot e-mail: ciudadanolibre@gmail.com
Objetivo: Analizar y debatir las condiciones y demandas que determinan la actividad de la gerencia local en un marco de corresponsabilidad, inclusión y participación ciudadana.
Justificación: El municipio es el ámbito territorial que posee características propias con una población determinada, en el que existe una mayor cercanía entre las comunidades y las instituciones públicas. Esas condiciones naturales se han potenciado con los derechos a la participación ciudadana en la gestión pública que determina la Constitución Bolivariana de 1999 y la nueva Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Por lo tanto, la democratización de la gestión gubernamental en este ámbito, es un tema ineludible para comprender las nuevas realidades ciudadanas que debe atender la gerencia pública local, en una democracia participativa.
Para cualquier información adicional contactar al e-mail: cepucv@yahoo.com o al de los coordinadores de los simposios, a quienes se enviarán las ponencias, de acuerdo con la temática del trabajo a presentar.

INVERSION

Asistentes: Bs. 90.000,00
Estudiantes de pregrado-postgrado: Bs. 50.000,00
FORMAS DE PAGO:
En la Sede del CEP-UCV: Efectivo, Cheque o Tarjetas: Crédito VISA o Débito.
Depósito en el Banco Provincial – BBVA, Cuenta Corriente Nº 0108-0582150100019820, a nombre de: FACES-UCV.
INCLUYE: Material de apoyo, refrigerios, identificación y certificados.
INFORMACIÓN / INSCRIPCIÓN
Av. Neverí, Centro Comercial Los Chaguaramos, Piso 7, Oficina de la Dirección del CEP-UCV. Día: 25 de septiembre de 2006.
e-mail: cepucv@hotmail.com.com
CUPOS LIMITADOS – HAGA SU RESERVACIÓN DE INMEDIATO
Consuelo Ascanio Rodríguez
Directora

jueves, septiembre 07, 2006

LA REFORMA POLICIAL

El fracaso de las políticas públicas en materia de seguridad es innegable. Los índices de inseguridad han aumentado de manera explosiva. Proporcionalmente, la evaluación de la ciudadanía sobre la gestión de los organismos policiales es ampliamente negativa. Frente a esto, el gobierno nacional ha emprendido un proceso de reforma del aparato público policial que incluye, -como innovación trascendente-, la realización de un proceso de consulta pública.

La propuesta de recoger la opinión de la población en un tema tan importante como la seguridad es un acierto. De ello, no hay dudas. La incertidumbre se produce por la capacidad que tenga el Ministerio de Interior y Justicia, de procesar -de manera técnica y objetiva-, las observaciones formuladas por la ciudadanía. De lo contrario, todo será un esfuerzo perdido.

Los servicios policiales deben recuperar su institucionalidad para cumplir con su verdadera misión de protección de la ciudadanía y la protección del orden público, con estricto cumplimiento de la Constitución Nacional y del ordenamiento jurídico vigentes. Se trata de lograr que, la acción policial se encuentre al alcance de todos los ciudadanos y ciudadanas, sin consideraciones ideológicas, políticas, ni discriminaciones de carácter étnico, religioso, económico, social o de cualquier otro tipo. En pocas palabras, las policías deben responder a la sociedad y sus ciudadanos; y no a intereses o visiones parciales de la realidad.

La recomposición institucional de los servicios policiales también implica necesariamente su revalorización como actividad pública. La prestación de un servicio tan importante para la vida cotidiana no debe reducirse a un asunto meramente represivo. Una propuesta de reforma policial debe fundamentarse en un concepto ético, responsable y de transparencia y rendición de cuentas. Entre otras cosas, porque los servicios policiales y sus agentes son la encarnación más cercana de la justicia que posee y encuentra cada ciudadano, cada vecino y cada habitante de este país. Por lo tanto, la institución policial tiene que inspirar confianza.

Por otra parte, el agente policial también requiere una revalorización. Y es que, la profesión de policia no es muy sencilla que se diga. Un policía debe estar capacitado para ayudar a una viejita a cruzar una calle, hasta exponer su vida para defender la de otra persona. En tal sentido, los agentes policiales además de una formación ética, legal y técnica deben contar con el respaldo de la instituciones a las cuales pertenecen. Es decir, los policías merecen una mejor remuneración, una óptima asistencia médica y social para sí mismo y sus familiares; y un adecuado sistema de incentivos por su rendimiento operativo. El sistema de reclutamiento y selección de los cuerpos policiales es otro factor importante dentro de su proceso de reforma, porque no todas las personas tienen actitudes y valores para convertirse en un agente del orden público. Además, el desempeño de este tipo de funciones requiere cierto tipo de cualidades psicológicas que tendrían que ser cuidadosamente evaluadas en cada aspirante.

Otro elemento sustancial dentro la reforma del sistema policial es el referido a sus mecanismos de evaluación del desempeño y de control interno. La gestión de las políticas públicas -en materia de seguridad ciudadana-, requiere estrictos controles para evitar y corregir las desviaciones provenientes de un entorno generalmente conflictivo y sórdido. Los casos de corrupción policial en nuestro país son denunciados con frecuencia; así como las ejecuciones extra-judiciales o excesos cometidos con víctimas y victimarios. Afrontar estas desviaciones en la prestación del servicio de seguridad ciudadana constituyen uno de los retos más grandes que debe afrontar la Comisión Nacional para la Reforma Policial.

Existen otros aspectos sumamente importantes aunque menos conocidos dentro del tema de la reforma policial. Así tenemos, todo lo referido a la gerencia del sistema policial. Es decir, un proyecto de reforma integral del sistema policial tiene obligatoriamente que contemplar la optimización de su cuerpo directivo. Una nueva policía exige una dirección profesionalizada y actualizada; tanto en los aspectos específicos de ese sector como en aquellos referidos a la administración, propiamente dicha. Una policía eficaz demanda de recursos presupuestarios suficientes y bien administrados. Así también la reforma policial exige una actualización y renovación tecnológica que le permita combatir de manera eficaz a la delincuencia común y al crimen organizado.

Y por fin, la reforma de la policía, (y aunque parezca contradictorio) necesitará tiempo y constancia para que su diseño y ejecución rindan resultados positivos. Por último, desde un punto de vista ciudadano se exigirá que la reforma policial se realice con una visión ética donde predomine la valoración de la vida, de la justicia, de la inclusión, de la democracia, de la paz y de la libertad