lunes, abril 29, 2019

UN APORTE AL PLAN PAÍS

La descentralización territorial está vinculada a la democracia política; lo cual implica que se realice una efectiva redistribución del poder mediante procedimientos también democráticos. La descentralización representa un mecanismo para revalorizar las relaciones entre el Estado y la sociedad civil. La descentralización requiere de un proceso de reestructuración interno del Estado (y de la administración pública en sus distintos niveles político-territoriales); así como también del fortalecimiento de las organizaciones no gubernamentales y de las comunidades organizadas para aceptar las nuevas responsabilidades que ese proceso trae consigo.

Por otra parte, una gestión local descentralizada -si bien ofrece innegables ventajas por la cercanía y empoderamiento ciudadano, alrededor de las decisiones de unas autoridades públicas elegidas de manera directa, universal y secreta; mediante el sufragio-, también se encuentra en la obligación de seguir los lineamientos nacionales de política y de desarrollo. La descentralización no supone la ruptura político-territorial ni la desintegración de un país por su carácter federal. Lo que sí conlleva es al necesario desarrollo de mecanismos de coordinación entre las distintas autoridades públicas para lograr un mejoramiento en las ejecutorias gubernamentales que a cada uno le corresponda realizar en un mismo o diferente sector de actividad pública.

Y es que, la descentralización de la gestión pública no se contrapone con la desconcentración administrativa que suelen implementar los gobiernos centrales. Por supuesto que, la delegación de atribuciones y competencias del gobierno central en sus agentes estadales –o nivel desconcentrado-, es un paso importante para promover una gestión relativamente cercana a las realidades regionales y locales; sin embargo, la desconcentración administrativa es insuficiente para alcanzar la descentralización y la democratización de la actividad gubernamental.  

En el contexto descrito, una gestión local descentralizada tendría obligatoriamente que fijarse como propósito; por lo menos, lo siguiente: el aumento de la eficacia y de la eficiencia en la realización de los programas y proyectos locales; tanto de carácter urbano como rural, el impulso de una mayor participación de la población en el diseño, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y, lograr una adecuada articulación con la representación gubernamental del nivel central.

De igual manera, los procesos de descentralización y transferencia requieren de un apropiado proceso de definición, convenimiento, planificación y ejecución. De allí, la importancia de la presencia –o más bien existencia- de una instancia como el Consejo Federal de Gobierno (CRBV, artículo 185) y de su componente financiero como es el Fondo de Compensación Interterritorial. El tema económico-financiero resulta crucial para el desarrollo de los procesos de descentralización y transferencia, en atención a las dificultades que representaría la existencia espacios federales muy pequeños y con escaso acceso a los mecanismos de financiamiento establecidos en la Constitución Bolivariana y el marco legal vigente.

El fortalecimiento de las agencias oficiales de gobierno estadal y local constituye un evento fundamental para relanzamiento democrático del sistema político venezolano en un doble sentido: para impulsar y contribuir a la consolidación del modelo federal, descentralizado y cooperativo que determina la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, para lograr impulsar una gestión eficaz, eficiente, transparente y responsable de las políticas públicas en cada región del país en correspondencia con sus aspiraciones, necesidades y propuestas.

sábado, abril 13, 2019

JUEGO DE TRONOS, TODO TIENE SU FINAL



Este domingo 14 de abril y, luego de un año de espera se estrenará a nivel mundial el primer capítulo de la temporada final de la saga producida por HBO “Games of Thrones” (Juego de Tronos). Esta serie televisiva de muy sonado éxito nos presentó durante ocho temporadas (con un  intermedio de un año) las peripecias de cuatro “familias de la nobleza” (más por su origen, que por sus intenciones) que se pelean por mantener o acceder al ejercicio omnímodo del poder en el Reino de Poniente; un mundo creado por la imaginación ilimitada de George R.R. Martin.
De la serie hay que rescatar sus altos niveles de calidad en cuanto a su producción, su realización y su puesta en escena. No en balde, GOT se logró mantener con altos niveles de audiencia durante casi una década; además de recibir una buena cantidad de reconocimientos de la crítica especializada. Una característica de su calidad es que pese a que su naturaleza argumental carece de toda lógica por la presencia de “individuos y entidades” que generan situaciones absolutamente surrealistas (hay un personaje que resucitó 6 veces), la serie valora la importancia del uso del “conocimiento científico”, de la acción del capital y, por supuesto, del predominio de la política como los medios relevantes en la resolución de los conflictos, que le dan vida.
La trama central es la lucha por el poder en el bizarro continente de Westeros (Poniente) entre distintos segmentos de una nobleza tiránica y que se sustenta en la relativa resignación y estoicismo de la mayoría de una población que, según el punto de vista de los “showrunners” aguanta; tanto a su pobreza como la incertidumbre de un futuro incierto y casi negado. Y en efecto, en el ambiente de GOT la única opción de subsistencia -de esa población de presencia difusa en la serie-, es servir a una nobleza distraída en destruirse a sí misma sin contemplaciones. En tal sentido, es difícil que la serie tenga un final feliz entre tanta destrucción, quemazón y muerte, salvo que el final sea ese: el cese de una guerra por un “trono de hierro”, sin importar quien gane.
Rescato el valor que se otorga a la ciencia y al conocimiento. Es sobresaliente esa valoración. El conocimiento resguardado en bibliotecas celosamente guardadas de la posible curiosidad invasiva de algún individuo no perteneciente a la élite. Pero en realidad, será el estudio de la ciencia y su aplicación la que aportaría soluciones para la sanación de Jorah Mormont o para la derrota del gran enemigo de todo Poniente como es el “rey de la noche”. La participación de los capitalistas (que nunca pueden faltar) en el conflicto por medio del Banco del Hierro, es otro elemento destacado y realista en el desarrollo de la trama. Y es que para financiar una guerra no basta la magia; pero lo que sí es decisivo es la participación de un banco aunque sea de hierro, para contratar mercenarios.
Rescato en la cuestión política, al clan Lannister que destaca por bastante. La acción del pequeño Tyrion ha sido brillante; tanto en su propia defensa como en la articulación de alianzas. Como espectador me impactó mucho el discurso de Cersei Lannister frente a sus banderizos y, ante el representante del Banco de Hierro, defendiendo su reinado. Ella representa la estabilidad y lo mejor del presente, mientras Daenerys Targaryen representa la revolución y el caos. En este campo, los Stark son la encarnación de una ética estoica y austera. Esa posición les puede hacer chocar con la misma piedra muchas veces, con tal de mantener la lealtad a sus principios. Los Stark sacrificados a lo largo de la serie están muy cerca de cobrar una buena tajada del poder político en Poniente, todo dependerá del buen juicio de Sansa. Y es que, Sansa Stark constituye la opción política más razonable entre los extremos que representan Cersei y Daenerys, a la hora de una posible redistribución del poder. Y aquí aprovecho para destacar el papel determinante que siempre desempeñaron las mujeres en algún momento de la saga, me refiero a Oleanna Tyrell, Melisandre, Brienne de Tarth,  Meera Reed o Arya Stark.   
A lo largo de todos estos años (incluyendo el año de receso), “Juego de Tronos” creó una subcultura mediática y comercial que logró capitalizar una amplia audiencia alrededor de todo el mundo. En ese contexto y, como un subproducto emergieron los youtubers y comentaristas de la serie de relativa calidad y de acierto variable. Y en realidad, hay muchos de ellos en habla hispana. En los últimos tiempos surgió una polémica entre HBO y uno de ellos, (@frikidoctor) en torno a la publicación de spoilers que hiciera el mencionado youtubers en su canal sobre el primer episodio de esta temporada final. La disputa HBO-@frikidoctor tuvo un final agridulce; pues la productora televisiva logró censurar al comentarista y, este se libró de una demanda ante los tribunales estadounidenses y pudo seguir transmitiendo; aunque sin spoilers.
Nos acercamos pues, hacia el final del “Juego de Tronos” con la expectativa de quien sobrevivirá a unas tormentosas batallas entre las fuerzas del ejército de unos muertos caminantes (guiados por unos hombres de hielo) contra las fuerzas de la vida, que aún peleándose entre sí, defienden lo mejor que tienen, de la mano de un resucitado: Jon Snow.

@migonzalezm 


 







 

domingo, marzo 17, 2019

Guaidó y los vecinos



La realización el pasado jueves 14 de marzo del encuentro del presidente (e) Juan Guaidó con líderes comunitarios, resulta una clara y esperanzadora señal de la adecuada valorización del rol protagonista que le corresponde desempeñar al movimiento vecinal en el proceso de cambio democrático que se impulsa en nuestro país. Y en realidad, si algún actor de la sociedad venezolana ha sido contribuyente activo para el avance y soporte de sus luchas democráticas ese ha sido el movimiento vecinal.
El movimiento comunitario venezolano a lo largo de sus ocho décadas de existencia y, mediante sus diversas manifestaciones (ligas de colonos, juntas profomento, juntas vecinales, asociaciones de propietarios y asociaciones de vecinos; entre otras) se mantuvo siempre activo como promotor y soporte; tanto de las luchas reivindicativas locales como de las reformas políticas democráticas durante los años ochenta. Puede afirmarse, sin lugar a dudas, que los movimientos vecinales junto a los movimientos de trabajadores y los partidos políticos han sido factores claves de la modernización democrática del país.
A partir del año 1999, las asociaciones y grupos vecinales fueron sometidos a un intensivo proceso de cooptación y segregación por parte del Ejecutivo Nacional, pese a que disfrutaban de un reconocimiento constitucional y legal que les otorgaba posibilidades de participar en la gestión de políticas públicas en todos los niveles del Poder Público, con especial énfasis en los niveles municipal, parroquial y comunitario. Y en efecto, la gestión restrictiva del PSUV impuso como única forma asociativa a los consejos comunales y, luego colocó sobre estos a las llamadas comunas.
Tal vez, la acción más grave fue el manto intervencionista y hegemónico que se quiso imponer sobre la actividad de la sociedad civil desde el Estado. A pesar de todo esto, en los últimos 20 años, el movimiento vecinal logró mantenerse activo y demostrando en cada oportunidad su naturaleza ciudadana y democrática. Los vecinos mediante sus expresiones asociativas y, junto a sus líderes constituyen el pivote para la reconstrucción del necesario tejido social que fundamente y consolide la visión del cambio político en todas las comunidades venezolanas.
Del evento realizado el pasado jueves 14 el municipio El Hatillo, merece destacarse; además del esfuerzo organizativo y la reiteración del compromiso vecinal con el cambio, sus propuestas y reclamaciones vinculadas al mejoramiento de los servicios públicos, la reinstitucionalización de las estructuras municipales, el ejercicio de la contraloría vecinal, el rescate de las Juntas Parroquiales y de la organización comunitaria en general. Se expuso allí una agenda comunitaria que seguramente será un importante insumo para la elaboración del Plan País que se adelanta en la Asamblea Nacional.
En este contexto uno de los mayores cambios que debemos introducir en materia vecinal es la liberalización del régimen de organización y registro de las entidades vecinales; ajustándolo al ejercicio pleno de los derechos de libre asociación y expresión que tenemos todos los ciudadanos y las comunidades. Otro aspecto pendiente es la desideologización de las actuales organizaciones comunitarias que no tienen que estar al servicio de una ideología política y, menos aún a aquellas que pregonan el totalitarismo. Por otra parte, es imprescindible reconocer el carácter descentralizado del movimiento vecinal vinculado de manera natural a los gobiernos locales; es decir, a los municipios. Por último, es impostergable la necesaria revisión de los órganos constitucionales previstos para el ejercicio de la participación de los vecinos en los procesos de formación, ejecución y control de las políticas públicas.
La cercanía entre el liderazgo político y las bases comunitarias; así como también con el resto de los movimientos sociales (mujeres, trabajadores, minorías étnicas y juventudes; entre otros) y sus organizaciones será un componente decisivo para agilizar aún más el cambio democrático que reclama nuestra nación. La organización social es determinante; tanto para rescatar la democracia como para defenderla luego.   
@migonzalezm 

martes, marzo 05, 2019

El presidente (e) Juan Guaidó y los trabajadores públicos

*Declaración del Presidente (E) de Venezuela Juan Guaidó tras reunión con Sindicatos de Empleados Públicos, martes 05/03/2018*

"El momento es ahora, llegó el momento, nuestro llamado a los empleados públicos es para hacer efectiva esa huelga, ese paro... Mañana mismo hay que hacer llegar este mensaje. Ustedes conocen la censura, vamos a convocar reuniones en cada central, en cada sindicato, en cada ministerio, en cada organismo, para decir Ya Basta!... Así que como primer elemento de esta reunión entre trabajadores y el gobierno de Venezuela. Aqui está el Presidente Encargado dándole la cara a los trabajadores... Hay un plan, no vamos a colaborar con la dictadura. Esto no es un problema de izquierda y derecha. Esto es de derechos fundamentales porque vamos por la conquista de la democracia... *Vamos a un paro escalonado en la construcción de capacidades*... Avanzaremos en un comité para el *Cese de la Usurpación*, se va a evaluar cada paso que vamos a dar en conjunto. Ustedes lo dicen: *"todas las luchas en una sola lucha"*... El tiempo esta a favor de la democracia y la justicia. Queridos trabajadores, jubilados les digo algo, *vamos bien, vamos muy bien porque vamos juntos*... Vamos con todo hasta lograr la Libertad de nuestro país, que el mundo vea las caras de un pueblo unido, *si se puede*... Mañana tenemos la reunión de aproximación a la tripartita, que falta en este proceso? Imaginemos al usurpador sin armas, sin violencia, por eso el que le pone costo a la transición es el régimen... Mantengamos la unión y la movilización, el sábado volvemos a las calles de toda Venezuela, estamos en un proceso irreversible que nos llevará a la libertad... Aqui estamos juntos, el paro es propuesta de los trabajadores. Nos estamos comprometiendo todos... Los empleados públicos, los trabajadores, los sindicatos no van a seguir cooperando con el régimen, un régimen que los encarcela, que los persigue.... El diálogo lo intentamos por eso la regla ya es clara, *Cese de la Usurpación, Gobierno de Transición y Elecciones Libres"*.

lunes, enero 28, 2019

236 Organizaciones Sociales y de DDHH de Venezuela a sus colegas de la región: “No ignoren la voz del pueblo venezolano”



A partir de la crisis generada en Venezuela desde el 10 de enero por el inicio de un segundo período presidencial por parte de Nicolás Maduro, luego de un irregular proceso electoral, y la decisión de la directiva de la Asamblea Nacional de promover una transición democrática, el 23 de enero; nosotras, un grupo de organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas, deseamos expresarles a nuestros colegas de la región y el mundo lo siguiente: 
Un sector de la opinión pública internacional ha simplificado el conflicto como una tensión entre el gobierno de Nicolás Maduro y el gobierno de Donald Trump. Somos conscientes de la importancia geoestratégica de Venezuela debido a sus riquezas energéticas. También conocemos perfectamente la historia contemporánea de América Latina. Sobre nuestro país orbitan los intereses, de diversa índole, de Estados Unidos, pero también de otros países como Rusia, China y Cuba. 
Valoramos y agradecemos sus preocupaciones sobre las posibles consecuencias de la injerencia indebida de alguna de estas potencias sobre nuestra vida cotidiana. Sólo pedimos que no ignoren en sus opiniones tanto la situación del pueblo venezolano como sus deseos y aspiraciones sobre cuál debería ser su destino. Quienes nos movilizamos masivamente en 60 ciudades y pueblos de Venezuela, al igual que en 230 ciudades del mundo el pasado 23 de enero, lo hicimos por la firme convicción de que el actual gobierno nos empobrece, viola nuestros derechos, nos obliga a irnos del país. Cuando queremos expresarnos ignora nuestra voz, nos encarcela y nos asesina, como lo demuestran las 29 personas asesinadas en una semana en el contexto de manifestaciones por la policía y grupos paramilitares. Por diferentes maneras nos impide, a quienes somos simples ciudadanos, elegir cuál debería ser nuestro destino. El pueblo venezolano quiere expresarse soberanamente en elecciones libres, democráticas e inclusivas, recuperando su capacidad para promover cambios de manera cívica y pacífica, garantizando el disfrute de todos los derechos sin ningún tipo de discriminación. 
Agradeceremos el apoyo que cualquiera quiera darnos para recuperar nuestra voz. Por favor, no la sigan ignorando al considerar únicamente el eco de una parte de los involucrados en el conflicto.  

jueves, enero 17, 2019

Vamos todos unidos a celebrar éste 23 de Enero

El 23 de Enero los venezolanos apoyaremos la decisión de la @AsambleaVE de declarar la usurpación de la presidencia de la República y defenderán lo que establece la Constitución de Venezuela para ir a una verdadera elección.

Con la presencia de los ciudadanos en la calle, el liderazgo de nuestra @AsambleaVE y el apoyo internacional lograremos un avance importantísimo en la ruta de la transición para lograr la libertad de todos los venezolanos.

La manifestación de este #23E es para rechazar las calamidades que padecen los venezolanos, para oponernos al gobierno que usurpa el Poder en el país y para rechazar las malas políticas han llevado a Venezuela a la miseria.

Todos unidos demostraremos el respaldo y apoyo a nuestra legítima @AsambleaVE y a la ruta para la transición que tiene 3 pasos:
1.Cese de la usurpación.
2.Gobierno de transición y
3.Elecciones libres y transparentes

Vamos todos unidos éste 23 de enero a rescatar nuestra democracia.

@migonzalezm

sábado, diciembre 08, 2018

jueves, diciembre 06, 2018

Otras consideraciones sobre la elección de concejales y concejalas del 9-D

Uno de los "viejos debates" que surge en cada elección municipal en Venezuela, es el de vecinos contra políticos. Así venimos, desde los años 70, y aun no se resuelve pese a los tantos resultados electorales obtenidos por cada bando. En 2018, la rivalidad es más acentuada.
La rivalidad entre vecinos y políticos ha venido creciendo por el progresivo interés de aquellos en participar en política. Y en efecto, la politización de los vecinos es positiva y preferible a una sociedad civil "apolítica" incapaz de reconocer la complejidad de los asuntos públicos.
En este contexto, la sociedad civil viene irrumpiendo en la arena política local donde aspira más protagonismo y mayor incidencia en las decisiones públicas. Por supuesto, los políticos tradicionales y su organizaciones perciben éstas aspiraciones ciudadanas como una intromisión en su zona de confort.
En ese sentido, tanto alcaldes como activistas vecinales han presentado planchas diferentes y que compiten entre sí, a las elecciones de concejales. Esta división entre las opciones distintas al bloque oficialista ha comenzado a generar una polarización entre los políticos y los vecinos, que a mi modo de ver no conduce a nada positivo.
Para las elecciones del próximo 9-D la situación se complica un poco más en atención a la triple presión que reciben los gobiernos locales de la unidad democrática de parte:
i) del oficialismo,
ii)de las direcciones nacionales sus propios partidos y
iii) de una ciudadanía ilusionada de protagonismo.
Que los 28 alcaldes de la oposición llamen a votar y se activen en defensa de sus municipios es válido y hasta su obligación. Si a algún sector no les gusta, es otra cosa. Pero hay que tener claro que el principal adversario de las alcaldías opositoras es el bloque oficialista y no los activistas vecinales. Sin confusión.
Quizás mucho de estos entuertos se hubieran evitado mediante el establecimiento de acuerdos unitarios, sin embargo, no fue así.
Cabe agregar que además de las apetencias conservadoras de las organizaciones partidistas surgieron las aspiraciones de viejos activistas vecinales (que terminan siendo aspiraciones políticas) y que tratan de aprovechar el repliegue actual de las fuerzas políticas para ocupar esos espacios de la arena política local.

@migonzalezm


lunes, noviembre 26, 2018

EL CONCEJO MUNICIPAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA LOCAL (y II)


La participación ciudadana constituye un principio transcendente y transversal en la Constitución Bolivariana y, por ende, en cada uno de los niveles político-territoriales del Poder Público. En tal sentido, la gestión del municipio y la de su Cámara Municipal debe ceñirse al cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales sobre la participación ciudadana en los asuntos públicos locales.
A modo de resumen se presentan a continuación los artículos referidos de manera directa a la actividad del Concejo Municipal y el derecho a la participación ciudadana. Tales artículos están, contenidos en el Título VI de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal “DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA EN LA GESTIÓN LOCAL” y sus Capítulos 1, 2 y 3. Veamos.

Sobre los medios de participación
Los medios de participación serán desarrollados de acuerdo a la realidad y condiciones de cada municipio; mediante los instrumentos jurídicos correspondientes para señalar los requisitos, procedimientos, períodos, condiciones  y demás elementos que se requieran para hacer efectivo su cumplimiento en el municipio, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana, en esta ley y otra. (artículo 255 de la LOPPM).

Sobre los cabildos abiertos
Los ciudadanos y ciudadanas, y sus organizaciones tienen el derecho y el deber de utilizar los medios de participación aquí señalados. Los municipios deberán legislar acerca de los requisitos  exigibles para demostrar el interés legítimo local de aquellos interesados en el ejercicio  de algunos de estos medios de participación, sin menoscabo de los derechos y limitaciones que establece la Constitución Bolivariana de Venezuela y la legislación aplicable. (artículo 260 de la LOPPM)
La iniciativa de convocar a cabildos abiertos corresponde al Concejo Municipal, a las Juntas Parroquiales por acuerdo de la mayoría de sus integrantes; al alcalde o alcaldesa y a los ciudadanos y ciudadanas, de conformidad con lo establecido en la respectiva ordenanza. (artículo 261 de la LOPPM).
Las decisiones adoptadas en cabildos abiertos serán válidas con la aprobación de la mayoría de los presentes, siempre y cuando sean asuntos atinentes a su ámbito espacial y, sin prejuicio de los establecidos en la legislación respectiva. (artículo 262 de la LOPPM).

Sobre la apertura de espacios de intercambio y opinión
El Concejo Municipal deberá abrir espacios de discusión e intercambios de opiniones a los ciudadanos y ciudadanas para considerar materias de interés local. Estas materias estarán incluidas en el orden del día y en dicha sesión, el público asistente podrá formular preguntas, emitir opiniones y hacer proposiciones. El Concejo Municipal deberá dar respuesta oportuna y razones a sus planteamientos  y solicitudes. En todo caso, para la celebración  de esta reunión, se convocará; entre otras a organizaciones vecinales, gremiales, sociales, culturales, educativas y deportivas de la comunidad.
En la ordenanza correspondiente se regulará; según la especificidad y diversidad municipal, las formas y procedimientos para hacer efectivo el ejercicio de este deber legal. (artículo 265 de la LOPPM).

Sobre los procesos de consulta
El Concejo Municipal deberá consultar a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad organizada, durante el proceso de discusión y aprobación de los proyectos de ordenanzas a los fines de promover la incorporación de sus propuestas. Esta consulta se hará a través de diversas modalidades de participación que garanticen una consulta abierta a los efectos de aprobar su contenido, todo de acuerdo con lo establecido en su reglamento Interior y de Debates  y, demás normativas relativas a la materia de participación.  (artículo 266 de la LOPPM).

Sobre la cooperación vecinal
EL Concejo Municipal requerirá, de conformidad que dispongan los reglamentos, la cooperación vecinal para labores de asesoramiento:
1.- Comisiones permanentes del propio Concejo Municipal
2.- Comisiones de vecinos encargadas de vigilar el funcionamiento de los servicios públicos y cualesquiera otras de la competencia prestacional del municipio. (artículo 268 de la LOPPM).

Sobre las propuestas de inversión pública local
El presupuesto participativo es el resultado de utilización de los procesos; mediante los cuales ciudadanos y ciudadanas del municipio proponen, deliberan y deciden en la formulación, ejecución, control y evaluación del presupuesto anual municipal. Todo ello con el propósito de materializarlo en proyectos que permitan el desarrollo del municipio, atendiendo a las necesidades y propuestas de las comunidades y sus organizaciones en el Consejo Local de Planificación Pública. (artículo 269 de la LOPPM).

Obligación de rendición de cuentas
Los ciudadanos y ciudadanas podrán solicitar que, a través de algunos de los medios de  participación previstos en el municipio, el alcalde o alcaldesa, los concejales o concejalas, y el cuerpo colegiado de las Juntas Parroquiales rindan cuenta de una gestión determinada, antes de la finalización de su mandato. (artículo 272 de la LOPPM).

Sobre los referendos consultivos, revocatorios, abrogatorios o aprobatorios
La solicitud y validez del referendo consultivo, revocatorio, abrogatorio o aprobatorio deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución de la República y en la legislación electoral y deberá hacerse por ante el Consejo Nacional Electoral quien organizará, administrará, dirigirá y vigilará todos los actos relativos a los referendos.
La convocatoria a referendos sobre un proyecto de ordenanza o cualquier materia objeto de consulta, solo podrá hacerse una sola vez, en el mismo período constitucional. (artículo 274 de la LOPPM).


Sobre los proyectos de ordenanzas y proyectos de reformas de las ordenanzas vigentes
Los ciudadanos y ciudadanas, en un porcentaje no menor al cero coma uno por ciento (0,1%) de los electores del municipio podrán presentar proyectos de ordenanzas o de modificación de las ya existentes. Estos proyectos de ordenanzas deberán ser sometidos a la consideración del Concejo Municipal para su admisión o rechazo; previamente el Concejo Municipal deberá fijar una reunión con los presentadores de la iniciativa legislativa a fin de discutir su contenido. Una vez examinado el proyecto, el Concejo Municipal deberá pronunciarse sobre su admisión o rechazo dentro de los treinta días siguientes a su presentación.
Admitido el proyecto, el debate del mismo iniciarse en el lapso de los treinta días siguientes. Si el debate no se inicia dentro el lapso antes señalado, el proyecto se someterá a consulta popular de conformidad con lo establecido en la legislación electoral. El Concejo Municipal deberá motivar el rechazo a la iniciativa, cuando sea el caso. (artículo 275 de la LOPPM).    

Sobre los procesos de descentralización
Los municipios de acuerdo a su ordenanza y a las leyes que regulan la materia, descentralizarán y transferirán a las comunidades y grupos vecinales organizados la prestación de los servicios públicos municipales; previa capacidad para prestarlos (artículo 278 de la LOPPM).

El municipio podrá intervenir el servicio o reasumir la prestación del servicio público transferido o descentralizado a comunidades y grupos vecinales organizados, cuando se deje de prestar el servicio o se preste deficientemente. Para que proceda esta medida será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los integrantes del Concejo Municipal (artículo 281 de la LOPPM).


jueves, noviembre 15, 2018

Sobre las elecciones de concejales y concejalas (I)

Este año 2018, en el mes de diciembre se elegirá a un total de 4.914 cargos de concejales y/o concejalas (entre principales y suplentes). Dichos cargos de representación popular se escogerán de acuerdo a los siguientes criterios: 1.703 nominales; 685 por lista y 69 indígenas. Los concejales son los principales protagonistas de la gestión deliberante en el municipio, por medio del Concejo Municipal.

En efecto, al Concejo Municipal le corresponde el ejercicio pleno de la función legislativa del municipio; mediante un conjunto de funciones que determinan su gestión deliberante y de control político. Las atribuciones y deberes del Concejo Municipal están recogidos en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).

La dirección de la gestión de la Cámara Municipal está bajo la responsabilidad de su Presidente o Presidenta; cuyas atribuciones están establecidas en el artículo 96 de la LOPPM.

El Concejo Municipal podrá crear comisiones de trabajo para el mejor cumplimiento de sus funciones deliberativas y de control de la administración pública municipal. El número de comisiones de trabajo dependerá del tamaño y de las características de cada municipio. Las mismas serán creadas mediante ordenanza que establecerá sus propósitos y funciones.

Los vecinos y vecinas de cada municipio podrán participar; previa solicitud en la actividad de las comisiones de trabajo para el tratamiento de asuntos de interés comunitario. De hecho, la ordenanza que regulará la actividad interna y de debates del Concejo Municipal tendrá que ser sometida a procesos de consulta con las comunidades y vecinos de la entidad político-territorial. 

Además de las comisiones de trabajo, el Concejo Municipal posee órganos auxiliares como la Secretaría. El secretario o secretaria será designado o designada por el Concejo Municipal y debe ser venezolano o venezolana, mayor de edad y gozar de sus derechos civiles y políticos. Además se considera recomendable que posea título universitario o de técnico superior; según la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM). 

Otras instancias auxiliares que podría tener el Concejo Municipal, según su tamaño y posibilidades presupuestarias atenderían al área de asesoría legal, recursos humanos, atención al ciudadano; entre otras.

Como afirmamos al principio, los concejales y las concejalas son los protagonistas principales de la actividad institucional de los Concejos Municipales como el componente deliberante del Poder Público Municipal. Para ser concejal o concejala hay que cumplir una serie de requisitos legales, además de participar y ganar en un proceso electoral. En esta parte del texto se abordarán esos aspectos; así como también la distribución de concejales y concejalas según la población de los municipios. 

Ahora bien, ¿cuáles son los requisitos legales y específicos para ser concejal o concejala en un municipio que establece la Ley Orgánica del Poder Público Municipal? 
Tales requisitos exigidos son los siguientes: 
Ser venezolano Ser mayor de veintiún (21) años 
Tres (3) años de residencia en el municipio donde aspira a la concejalía y diez (10) años, en el caso de los municipios fronterizos

Además, ¿existen algunos impedimentos para ser para postulados como concejal o concejal? En efecto, además cumplir con los requisitos mencionados en el punto anterior existen ciertas condiciones legales que impedirían la postulación para los cargos de elección popular como son los de alcalde o alcaldesa, de concejal o concejala o de los miembros de juntas parroquiales. Tales condiciones: 

Quienes estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política 
Quienes, por sí o por interpuesta persona, ejecuten contratos o presten servicio público por cuenta del municipio, fundación, empresa con participación de la entidad municipal; o tuvieren acciones, participaciones o derechos en empresas que tengan contratos con el municipio, los deudores morosos, en cualquier entidad municipal o al tesoro nacional hasta que hubieren pagado sus obligaciones. 
Quienes estén inhabilitados para el ejercicio de la función pública. 

@migonzálezm


jueves, octubre 25, 2018

Leyendo sobre la Microhistoria


La microhistoria, una práctica historiográfica cuyo método se interesa ante todo y sobre todo por los procedimientos concretos y detallados empleados por el historiador. Sin embargo, la microhistoria no posee un cuerpo de ortodoxia establecido; sino que pudiera ser considerada como un trabajo experimental del ejercicio de la investigación del pasado, con una amplia relación con las ciencias sociales. La microhistoria se ubicaría en el contexto de la denominada “nueva historia”
La microhistoria emergió en los años setenta y, su aparición se enmarcó en el contexto crítico y dubitativo de los valores y conceptos vinculados a la realización de los procesos de cambio social surgidos en esa década y en la década de los ochenta. Originalmente, los historiadores que optaron por el desarrollo de la microhistoria fundamentaron su visión en el marxismo; intentando por esa vía adquirir una visión más realista del comportamiento humano y/o de sus intereses más concretos.  
Un aspecto trascendente en la conceptualización de la microhistoria y, quizás su esencia, es la reducción de la escala de observación y de análisis. Es decir, el análisis de la microhistoria sería “microscópico”; pero fundamentado en un estudio intensivo del material documental referido y vinculado al problema o hipótesis considerados en la investigación. Así, para este enfoque, un análisis a micro-escala del objeto o problema a estudiar serviría para medir (y valorar) sus distintos aspectos en el campo de las relaciones sociales y culturales más específicas.
Según Geovanni Levi, el principio unificador de toda investigación micro-histórica es la creencia que la observación microscópica develará aspectos no considerados antes, en ciertos problemas históricos. El tema de la reducción de la escala es un procedimiento analítico aplicable en cualquier lugar, con independencia del objeto analizado. La reducción en la escala de observación y análisis histórico supone la partida de un punto específico de la vida real que permitiría la ejemplificación de conceptos generales.
Cabe agregar que, los análisis realizados desde un enfoque basado en la microhistoria no estarían la margen de los conceptos generales y metodológicos de la Historia como ciencia, aunque se supondría una aplicación más flexible de los mismos. Aquí, es necesario acotar que la microhistoria por su particularidad y su enfoque microscópico requiere de una exhaustiva valoración documental para certificar la validez del relato histórico que elaborará el historiador a posteriori. Un ejemplo de esa valoración documental lo encontramos en la investigación titulada “El Queso y los Gusanos” de Carlo Ginzburg.
Otro aspecto resaltante de la microhistoria es su relación con el relato histórico. En realidad, esta relación representa un asunto crucial; pues en principio, el relato histórico constituye la conexión comunicacional entre el historiador (y su actividad investigativa) y el mundo académico y social donde se desenvuelve. En la Historia el relato histórico se fundamenta en las pruebas documentales, el recuento de ejemplos concretos y mediante el uso de adecuadas técnicas de exposición y presentación. En el binomio “Microhistoria y relato histórico" se identifican dos aspectos básicos; a saber:
1.- La intención de los investigadores de demostrar -mediante una relación de hechos consistentes-, el verdadero funcionamiento de ciertos aspectos de la sociedad o de algún hecho del pasado que pudieran ser distorsionados en su verdadera trascendencia bajo una óptica analítica general; y,
2.- La incorporación al cuerpo principal del relato de los procedimientos de la misma investigación, las limitaciones documentales y otros aspectos metodológicos que fortalezcan la veracidad del relato histórico. Así, la investigación (y sus facetas) se hacen explícitas en la narración histórica; estableciendo un nuevo tipo de relación entre el lector y la secuencia (acontecimiento, proceso) histórico presentado.
Un tercer asunto se relaciona con la forma de construcción de conocimiento empleado en la microhistoria. Al respecto, el autor nos indica que el enfoque microhistórico aborda la construcción del conocimiento; mediante la consideración de diversos “indicios, signos y síntomas” y de aspectos particulares e individuales ubicados en un contexto específico definidos de manera no convencional.
Esa nueva contextualización no convencional creada para el análisis microhistórico trascendería su definición clásica basada en la identificación de características comunes definidas previamente; mediante criterios de naturaleza lingüística o cuantitativa (por ejemplo). La nueva contextualización corresponde de manera directa a la aplicación de la escala observación y análisis micro-focalizado, propios del enfoque.
En otras palabras, la microhistoria crea espacios para el estudio e investigación fundamentados no solo en similitudes asociativas socio-culturales tradicionales; sino también con base a la actividad cotidiana, a las contradicciones e intereses específicos de mujeres y hombres que en un contexto subterráneo e invisibilizado también hicieron historia.
@migonzalezm

lunes, octubre 08, 2018

Breves apreciaciones “Sobre la República en el Brasil y el Positivismo”


El texto nos ofrece un balance, desde la óptica “positivismo brasileño” sobre los aportes iniciales que ofreció esa corriente filosófica al proceso de creación de la Republica de Brasil. El pensamiento positivista de Augusto Comte (1798-1857) significó en buena parte de Latinoamérica, una justificación para emprender la ruptura con el “antiguo régimen” heredado de la propia colonia europea (España y Portugal, fundamentalmente). En la región se trataba de alcanzar un nuevo estado de civilización, basado en la libertad que brindara el orden y que permitiera alcanzar el progreso.
En Brasil, la corriente positivista tuvo una gran relevancia de la mano de pensadores y prácticos como Benjamín Constant Bothelo, Raimundo Texeira, Miguel Lemos y Manuel Pereira; entre otros. De hecho, Benjamín C. Bothelo fue fundador de la Sociedad Positivista de Brasil y como profesor en la academia militar de Brasil desarrolló notable influencia entre los jóvenes de esa institución. También en Brasil surgió la Iglesia Positiva a partir de 1882 que, bajo la dirección de Lemos y Texeira contribuyó a la gestación del nacimiento de la República de esa nación.
Así pues que, el texto destaca como aportes del “pensamiento positivista” los siguientes aspectos:
1.       La influencia de esa corriente filosófica y política en la juventud; sobre todo en el ámbito militar, base social de apoyo para la fundación de la nueva República.
2.       La separación entre la Iglesia y el Estado, que de paso determinó el establecimiento del “casamiento civil” y la secularización de los cementerios.
3.       La inscripción del lema “Orden y Progreso” en la nueva bandera de la República de Brasil.
4.       El decreto que instituyó un nuevo calendario de fiestas nacionales en ese país, que recogía los postulados positivistas de fraternidad universal; por ejemplo.
Al margen de los logros específicos alcanzados por la Iglesia Positivista al momento del cambio republicano en Brasil, el grupo dirigido por Lemos y Texeira había elaborado un programa político más amplio que se fundamentaba en los postulados e idearios de su mentor Augusto Comte. Esas propuestas programáticas eran las siguientes:
A.      Conservación de la dictadura republicana surgida el 15 de noviembre de 1889.
B.      La abolición; por parte del gobierno provisional del parlamento e iniciar de inmediato la elaboración de una nueva Constitución que sería sometida al examen popular.
C.      El sometimiento del proyecto de Constitución elaborado a la aprobación de la población o de las municipalidades, con lo cual se incorporaría la opinión de instancias institucionales de base e intermedias entre el gobierno central y la ciudadanía.
D.      El proyecto Constitucional positivista implicaría; entre otros aspectos: el carácter vitalicio y la concentración de las funciones legislativas y judiciales en el ejecutivo, la separación de la Iglesia del Estado y la presencia de una asamblea unicameral encargada de las finanzas públicas (presupuesto) y del control del gasto.
En términos generales, las propuestas político-institucionales (salvo las señaladas supra) no pasaron la compleja trama de toma de decisiones de la época y quedaron relegadas. Cuestiones y debates en torno a asuntos públicos como el tratamiento de la inmigración, las relaciones internacionales con determinadas naciones como Austria, España, Francia, Gran Bretaña, Hungría, Italia y Portugal también tuvieron un tratamiento crítico de parte de los positivistas brasileños.
De igual manera, la implementación de ciertos programas públicos de naturaleza sanitaria como la higiene, como vacunar de manera obligatoria de los niños hasta los seis meses, recibieron así mismo su cuestionamiento político y fueron conceptuadas como decisiones de “pedantócratas” o de una “tiranía académica”
En Latinoamerica, el positivismo pudo sentirse orgulloso de su legado: su Apostolado Brasileño logró estampar en su bandera nacional, en su estandarte republicano el lema ideado por Augusto Comte: “Orden y Progreso”. Un logro que quedó marcado en la historia, para siempre.

@migonzalezm






E.         


viernes, julio 27, 2018

Importancia del estudio de la participación ciudadana (y II)

En nuestro país, los estudios sobre las ideas, propuestas e iniciativas vinculadas al tema de la participación ciudadana adquirieron particular relevancia, a partir de la aprobación popular y vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El interés sobre el tema participativo emergió al ser considerado como un rasgo distintivo esencial de la nueva democracia, la democracia participativa contemplada en la nueva Carta Fundamental.
A partir de 1999, la participación ciudadana captó el interés de académicos, de activistas comunitarios y sociales y por supuesto, de la dirigencia política independiente, oficialista y opositora. Pueden registrarse una notable cantidad de literatura (analítica y también  propagandística) que intentaba comprender y explicar la democracia participativa que se iniciaba en aquel momento. Sin embargo, la experiencia participativa anterior, esa experiencia teórica, documental y práctica no fue considerada en su verdadera dimensión y singularidad histórica; sino tan sólo como meros “antecedentes” a la propuesta de la recién inaugurada democracia participativa.
Y no cabe duda que, las experiencias de participación ciudadana realizadas durante el lapso 1958-1998 constituyen antecedentes de una propuesta de democracia participativa. Al aceptar esta valoración retrospectiva, la democracia participativa se ubicaría como la  continuación, o si se quiere, una evolución de la democracia de la IV República. Aún más, significaría que el rasgo participativo de esta nueva democracia sería un complemento de la democracia liberal y representativa, y no como una ruptura con ese modelo.
El tratamiento historiográfico de la participación ciudadana como parte del estudio; tanto de la democracia venezolana como de la evolución de su sociedad civil ha sido precario y casi inexistente. Al respecto, quizás haya una valoración académica inapropiada del “hecho participativo” como un asunto relevante para la investigación histórica. Aunque hay que destacar que las investigaciones de Amelia González de Pacheco, María Pilar García, Luis Salamanca y Luis Gómez Calcaño (entre otros investigadores) hacen aportes fundamentales para la comprensión de la evolución de los sujetos de la participación ciudadana en el país.
Para muchos el abordaje científico del movimiento participativo en Venezuela es un asunto más bien relacionado con las ciencias sociales y políticas que con la historia. En todo caso, emprender un estudio sobre el tema, constituye un reto pendiente para construir una visión de mayor amplitud y rigurosidad científica de nuestra historia.

@migonzalezm

jueves, julio 26, 2018

Una primera visión sobre los consejos ciudadanos


La figura de los consejos ciudadanos ha venido emergiendo durante los dos (2) últimos años; tanto en la zona centro-occidental del país como en la región andina. Inicialmente, la experiencia comenzó con los Consejos Consultivos de la Ciudad de Barquisimeto (Lara) y también del municipio Córdova del estado Táchira. La experiencia del municipio Iribarren, pareciera ser la más desarrollada.
Por otra parte, los municipios Jiménez y Palavecino fueron incorporados a la iniciativa de estas figuras que por su innovación y por el drástico cambio político electoral quedó en suspense en la mayoría de los casos. Sin embargo, habría que distinguir entre los Consejos Consultivos de la Ciudad tipo Barquisimeto y otros consejos ciudadanos que serían una derivación no gubernamental de los primeros.
Queda claro que la propuesta de los consejos ciudadanos intentaría erigirse como un mecanismo alternativo y autónomo de participación ciudadana en los municipios; lo cual es válido aunque habría que determinar con claridad, su perfil institucional. En realidad, a lo largo de estos 19 años de la administración gubernamental chavista se han emprendido una de serie de ensayos organizativos (de un lado y de otro), para uniformar la participación comunitaria.
En esa competencia (la uniformar la participación comunitaria), el gobierno central lleva las de ganar por dos (2) razones básicas: primero, tiene los recursos económicos (pues aún en plena crisis económico-financiera siempre tendrá más recursos que cualquier municipio), y segundo -hasta ahora-, ha logrado posicionar una “forma organizativa” en el ámbito comunitario, como es el consejo comunal. Por supuesto, no se trata de cesar en el empeño de proponer y crear mecanismos de organización local alternativos, pero hay que valorar estos dos factores.
Los consejos ciudadanos como mecanismos de organización social tendrían que ser innovadores y eficaces y para que puedan defender los intereses de sus comunidades e incidir en los asuntos locales de su verdadera incumbencia. En realidad, la participación ciudadana individual y hasta colectiva requiere de unos sujetos (individuales o colectivos) “cívicamente perfectos”. Es decir, unos sujetos participativos con pleno interés y conocimiento absoluto y completo, de cada posibilidad de participación que haya en el municipio; y ese sujeto participativo (individual o colectivo), no existe. Lo que sí existe son públicos temáticos, con intereses y conocimientos en áreas específicas de la vida social y de la municipalidad; como lo son: el ambiente, la cultura, el deporte, la economía local o los derechos humanos; entre otros. Por lo tanto, una “nueva estrategia” para la organización social y comunitaria alternativa en el municipio tendría que basarse en el reconocimiento de la diversidad y en los intereses específicos de los distintos “públicos temáticos” que cohabitan y que hacen vida en ese ámbito.
¿Pero es posible articular iniciativas y políticas en medio de la diversidad? Pensamos que sí. Y uno de los mecanismos para ello es la planificación local. Los planes de desarrollo local pueden servir como mecanismos de coordinación, integración y construcción de los consensos necesarios para gobernar y construir ciudadanía. Un plan debe recoger los distintos diagnósticos que hagan los públicos temáticos locales para construir una visión municipal adecuada, que oriente la gestión de gobierno y que contribuya a su desarrollo.
¿Dónde calzan los consejos ciudadanos en todo esto? Podrían calzar como instancias no gubernamentales (no estatales) basadas en el reconocimiento de su propia especificidad, en la defensa de sus intereses comunitarios inmediatos; pero con capacidad de participar en la gestión del municipio por medio de su incidencia en la elaboración del plan de gestión municipal. Por otra parte, el gobierno local tendría que prepararse para ello, en una doble función: como organismo promotor de la participación de los ciudadanos y de su organización autónoma, incluyente y responsable; y como organismo receptor de las acciones, proposiciones y recomendaciones de la sociedad civil local, por medio de los consejos ciudadanos.

@migonzalezm

martes, julio 10, 2018

Importancia del estudio de la participación ciudadana (I)


El tema de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos gubernamentales ha cobrado una importancia fundamental durante los últimos años del siglo XX y en los comienzos del recientísimo siglo XXI. Desde nuestro punto de vista, la participación en los asuntos públicos comprende un ejercicio de la ciudadanía ante el Estado de manera directa o a través de sus representantes; en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna. En tal sentido, ciudadanía y participación son condiciones unidas e integradas a una visión democrática de la sociedad, como espacio para la evolución plena de las personas en libertad, paz y solidaridad.
La participación ciudadana –es un derecho humano-, y se encuentra reconocida y recogida en distintos tratados internacionales del Derecho Internacional Público; tales como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), la Carta Democrática Interamericana (2001) y la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública (2009).
De la misma manera, la participación se encuentra contemplada como un derecho específico en la relación de las personas con su entorno social inmediato; es decir, con las ciudades con lo cual se refuerza el vínculo y la corresponsabilidad entre la ciudadanía y las autoridades gubernamentales locales en el tratamiento de los asuntos públicos. En ese contexto, podemos citar algunos tratados; a saber: Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en Ciudad (2000), la Carta Mundial al Derecho a la Ciudad (2001), la Carta de la Ciudad de México por el Derecho a la Ciudad (2010), la Carta Social de Las Américas (2012), la Carta de los Derechos Humanos en la Ciudad de Gwangju (2012), la Carta Ciudadana impulsada por las “Comunidades Democráticas” (2016) y también la Declaración de París para el Gobierno Abierto (2016).
En el caso venezolano, el derecho a la participación está contemplado en nuestro marco jurídico y en la práctica de movimientos comunitarios y sociales desde el año 1958. Es decir, la tradición participativa cuenta en el sistema político venezolano con una trayectoria de los últimos sesenta años; sin añadir las experiencias de organización popular iniciadas por las Ligas de Colonos en 1934.
En la actualidad y desde 1999, la participación ciudadana es un mandato transversal contenido en la Constitución de la República Bolivariana que determina la naturaleza participativa de la gestión del Poder Público, en tres niveles político-territoriales de la República. La Constitución Bolivariana reconoce el derecho a la participación en 37% de sus artículos; convirtiéndolo en un valor supremo y estratégico de su contenido.
En tal sentido, el estudio y la elaboración de la historia de la participación ciudadana en Venezuela representa una alternativa académica válida y socialmente necesaria para fortalecer el conocimiento cívico de nuestra sociedad; así como también para ampliar el horizonte analítico de nuestra historia. La elaboración de esta historia destacaría las raíces sociales de la democracia deliberativa y participativa que ahora se pregona. Esas raíces, en este caso, lamentablemente se encuentran ocultas y, de paso no lo suficientemente valoradas como parte del capital cultural de nuestra sociedad.

@migonzalezm


lunes, junio 11, 2018

16 años de la Ley de los CLPP: ¿otra oportunidad perdida?

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El 12 de junio del año 2002 se promulgó la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP). Con este acto gubernamental se daba cumplimiento a uno de los mandatos de la nueva Constitución Bolivariana de 1999, que mediante su artículo 182 creaba esta figura institucional de carácter local, con el propósito de favorecer la participación de las organizaciones y de los sectores vecinales en la planificación municipal, al lado de sus autoridades electas: el alcalde, los concejales y los presidentes de la juntas parroquiales.
Suponía pues el CLPP, una innovación institucional que pretendía democratizar la gestión de los gobiernos locales ampliando la representación y la participación de la ciudadanía en órganos públicos vinculados a los procesos de formulación, ejecución y control de los planes, programas y proyectos destinados al desarrollo del municipio. La propuesta inicial del CLPP era establecer mecanismos de gobernanza que permitieran recoger e incluir la diversidad de enfoques e intereses presentes y, así construir una mayor calidad de vida para todos.
Por otra parte, los CLPP fueron pensados como componentes de una nueva arquitectura institucional para el municipio venezolano. En efecto, la nueva Carta Magna trajo consigo un nuevo modelo para el Poder Público Municipal, fundamentado en una clara diferenciación de sus cuatro componentes funcionales: el ejecutivo municipal (alcalde o alcaldesa), la función legislativa (concejo municipal), la contralora (contraloría municipal) y la función de planificación (consejo local de planificación pública). Ese nuevo modelo significaba el relanzamiento del municipio en Venezuela; bajo unos nuevos parámetros de gestión.    
El proceso de creación y conformación de los CLPP en el país no fue sencillo, se caracterizó por un avance desigual en relación con el nivel de aceptación o resistencia de los actores locales. Inicialmente, correspondió la responsabilidad de impulsar su creación al gobierno nacional; mediante la acción de los ministerios de Interior y Justicia y el de Planificación y Desarrollo Social, en los que los Organismos Regionales de Desarrollo sirvieron de apoyo importante. De manera paradójica, esos órganos destinados a impulsar la descentralización nacieron de la mano y de la  guiatura del gobierno central.
Los primeros CLPP fueron creados a partir de 2003 en los municipios El Hatillo del estado Miranda y Valencia del estado Carabobo; mediante el esfuerzo combinado de los gobiernos locales de la época y de los movimientos vecinales y sociales. Cabe agregar que, en varios municipios los procesos de conformación de los CLPP fueron objeto de impugnaciones; alegando irregularidades legales (aprobación inadecuada de ordenanzas) y electorales (ventajismo partidista sobre las iniciativas ciudadanas). En resumen, su conformación no fue un proceso fluido; sino complejo y controvertido.
En realidad y, con el tiempo se demostró que los CLPP se convirtieron en un “objeto incómodo”; tanto para los actores políticos tradicionales del municipio (partidos políticos, burocracias locales) como para los movimientos vecinales, más pendientes estos de formar Consejos Comunales; bajo la falsa premisa de que las Asociaciones de Vecinos habían sido eliminadas que de hacer valer sus derechos a la participación ciudadana en la gestión de los asuntos públicos locales. Y de verdad, la implantación de los CLPP en la gestión local constituyó un recambio, frente a la forma de hacer política en los municipios; pues implicaba el impulso a la organización de las vecindades, la recopilación de propuestas de las comunidades organizadas, la elaboración de nuevos instrumentos de gestión como los mapas de necesidades, la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo, la evaluación y control social de planes y proyectos de inversión local y, por supuesto, el control y vigilancia de la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo. ¿Estaban preparados los agentes gubernamentales y de la sociedad civil para sumir este cambio? Indudablemente, no lo estaban y, aún parecen no estarlo.  
Para complicar un poco más la situación de los CLPP, a partir del año 2006, el gobierno del presidente Chávez inició (o quizás aceleró), un viraje de su administración hacia el socialismo. Ese viraje trajo consigo el consiguiente desmontaje del modelo federal y descentralizado que contemplaba la Constitución de 1999. Ese mismo giro produjo un rediseño de la conformación de los CLPP, que se realizó mediante sucesivas reformas legales.
En el 2006, ocurrió la primera reforma de su ley (Gaceta Oficial N° 38.591 del 26-12-2006) y cuyo objeto, fue más bien parco al plantear la regulación de la organización y funcionamiento y, su relación con las instancias de participación y protagonismo del pueblo. Esta reforma ocurrió justo después de que los Consejos Comunales fueran separados de la estructura del CLPP y, adscritos a una Comisión Presidencial. Esa decisión del Ejecutivo Nacional constituyó un duro golpe para estas instancias y para las competencias de organización comunitaria de los alcaldes y alcaldesas (Gaceta Oficial N° 5.806 del 10-04-2016).   
En el año 2010 se produjo una segunda reforma legal (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.017 del 30-12-2010). Dicha reforma trajo consigo varias novedades; tales como: el ejercicio de la tutela efectiva del derecho a la participación por parte del CLPP y la orientación de la gestión de ese organismo hacia la construcción de la sociedad socialista.
Ya en el 2015 se materializó una tercera reforma legal que ratificó el objeto de ejercer la tutela efectiva sobre la participación ciudadana y también el propósito de  construcción de una sociedad socialista. Además, en esta nueva versión de la LCLPP se borró todo vestigio de la libre participación vecinal y social al determinar que, los integrantes no gubernamentales de ese órgano fueran voceros de consejos de planificación comunal, de unidades socio-productivas y de movimientos sociales.  
Por último, mediante la Sentencia 335 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (de fecha 17 de mayo de 2017) se estableció que, los CLPP son espacios institucionales responsables para garantizar la integridad del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social, a nivel de las entidades locales. Esta sentencia se ubica en el contexto de las demandas por inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Gaceta Oficial Extraordinaria, del 28-09-2010) y que entre otras “innovaciones” supeditaba la planificación municipal a un plan centralizado y eliminaba la elección directa, universal y secreta de los miembros de las juntas parroquiales.
Mi experiencia como integrante del CLPP del municipio Baruta me indica que estas entidades están por encima del nivel de nuestra cultura política y, por debajo de la resistencia al cambio del modo de entender la gestión pública local. La gestión del alcalde Henrique Capriles dejó -al menos- un Plan Municipal de Desarrollo (el único hasta el presente). Por su parte, la gestión del alcalde Gerardo Blyde ofreció una eficaz  y transparente práctica de presupuesto participativo. El alcalde Darwin González recién empieza una gestión llena de incertidumbre. De igual manera, considero que el desinterés y/o debilidad del movimiento vecinal frente a la actividad del CLPP-Baruta ha sido determinante para que el rendimiento de ese Consejo haya venido decreciendo de manera paulatina. Me queda claro, que si los representantes vecinales y de la sociedad civil locales no lo asumen como suyo, los CLPP quedarán como un objeto decorativo e inútil en la vida municipal.
En Venezuela, aún hay municipios en los cuales el CLPP no sesiona ni funciona con la periodicidad establecida en su marco legal (debería sesionar, una vez al mes). Hay también municipalidades donde su funcionamiento es esporádico y para el cumplimiento de ciertas formalidades vinculadas a la aprobación del Plan de Inversión Municipal, la consideración de proyectos de inversión local y a la aplicación anual del presupuesto participativo. Pareciera que después de 16 años de la primera Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública y del nuevo modelo del Poder Público Municipal contemplado en la Carta Magna, queda poco o casi nada.
@migonzalezm

viernes, mayo 18, 2018

Posmodernismo, posverdad, historia y construcción de ciudadanía


La pretendida relación entre el posmodernismo, la posverdad y la historia nace de la preocupación sobre la creciente manipulación de los hechos y de la Historia que se percibe en la realidad socio-política y comunicacional actual. 

El posmodernismo; entre otros supuestos considera la historia desde un punto de vista poliédrico con la finalidad de liberarla de los tradicionales moldes académicos o metodológicos (Aurell y Burke, 2013). Y aunque no de manera necesariamente premeditada ese concepto poliédrico de la historia podría ser el germen de esa tendencia denominada “posverdad” que se basaría en que los hechos objetivos son menos influyentes en la formación de la opinión pública, que en la apelación a la emoción y a la creencia personal (Bianco, 2017).

¿Acaso la manipulación intencionada de hechos, documentos y textos históricos no correspondería al uso de criterios basados en la posverdad para influir en determinados públicos; a fin de obtener cierto provecho? ¿No contribuiría la posverdad a la reducción de la cientificidad y pertinencia de la historia? ¿Una historia manipulada no contribuiría a desconstrucción de una ciudadanía y una colectividad consciente de su pasado histórico? En tal sentido, el reconocimiento de la amenaza de la posverdad para la cientificidad del estudio de la historia, ofrece a su vez, una oportunidad formidable para rescatar la verdadera dimensión del conocimiento histórico y su utilidad transcendente en la construcción de una ciudadanía democrática.

@migonzalezm

lunes, abril 30, 2018

La invisibilidad de la oposición democrática



El único logro conseguido por los sectores democráticos del país; mediante la desmovilización popular y la abstención, ha sido desconectarse de la amplia mayoría de la población que aspira el cambio de gobierno en Venezuela. En el sector democrático se optó por ambas estrategias; bajo una falsa creencia de que así se desmontaría al régimen de Maduro. En realidad, el abstencionismo sólo benefició al bloque oficialista que obtuvo mayores espacios gubernamentales; además de propiciar la progresiva invisibilidad de la oposición democrática.    
La crisis que atraviesa Venezuela requiere de una fuerza de cambio identificada de manera plena con la defensa de los derechos sociales y los derechos políticos, que padece a diario la amplia mayoría de su población y, eso no está ocurriendo ahora mismo en nuestro país. De allí que, ante la ausencia de referentes democráticos vitales y creíbles, la ciudadanía se sienta huérfana y frustrada ante un régimen que utiliza cualquier medio ajeno a la moral pública para mantenerse en el poder. Se necesita una dirigencia opositora cercana a luchas populares y, que trascienda las redes sociales.
Lo más dramático; tanto para el país como para sus posibilidades de cambio, es el deterioro político-organizativo que han venido sufriendo los componentes de la alianza democrática. Ese deterioro ha debilitado -de manera notable-, la capacidad de convocatoria de la MUD (y del Frente Amplio); pero por encima de todo le ha quitado credibilidad a sus planteamientos. Si a esta situación se le agrega el inusitado llamado a la no participación (abstención) en las elecciones presidenciales del 20 de mayo, no es difícil imaginar que la oposición tal como la conocimos hasta el año 2015; pudiera desaparecer de la escena política del país.
En ese contexto, los movimientos sociales, gremiales y comunitarios también han visto muy mermada su capacidad de lucha. El movimiento estudiantil, por ejemplo, otrora vanguardia de las manifestaciones democráticas está desaparecido casi por completo. Igual ocurre con los gremios más combativos (el magisterio, el periodístico) cuyos perfiles de denuncia y combate bajaron de manera notable. Los sindicatos siguen atomizados y el movimiento vecinal ha venido siendo desarticulado por la “estrategia comunal” del régimen. Quedan las ONG’s defensoras de los DDHH que siguen su lucha, pero en términos generales el panorama del tejido socio-democrático no es alentador. Y eso es muy negativo para el restablecimiento de la democracia.
No cabe duda que, la reclusión y/o inhabilitación de líderes trascendentes del sector democrático del país ha sido determinante en la errática conducción de la oposición política venezolana y de sus aliados sociales; así como también la prevalencia de intereses más menudos sobre los verdaderos asuntos de interés colectivo. Eso es cierto ¿Pero es posible reconstruir el tejido socio-político del bloque democrático del país y ponerlo en sintonía con las precariedades de la ciudadanía? La respuesta más que afirmativa es imperativa, impostergable y vital. Porque Venezuela, esa Venezuela libre, esa Venezuela de la que todos conversamos y en la que todos soñamos, ha comenzado a agonizar. ¿Dejamos de ser invisibles?

@migonzalezm